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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1192397 2017


(CVE 1192397)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MINISTERIO APOSTÓLICO APOSENTO ALTO DE JESUCRISTO
(Extracto)
Patricio Hernán Cathalifaud Moroso, Titular 12 Notaría, Teatinos 331, certifica: Que por escritura pública de 6 de febrero de 2007, ante don Sergio Henríquez Silva, se redujo a escritura pública acta constitución y estatutos sociales "Ministerio Apostólico Aposento Alto de Jesucristo", constituyentes Ramiro del Tránsito Poblete Araneda, Isaías del Carmen Cáceres Castillo, María Mercedes Roa Roa, Rodrigo Bernardo Poblete Roa, Ramiro Andrés Poblete Roa, Blanca Nelisa Morales Bórquez, Carlos Heriberto Silva Navarro, María Magdalena Figueroa Fernández, Alicia Jara Painen, Abraham Godoy Godoy, Esperanza de Las Mercedes Labra Salinas, José Miguel Ortega Canales, Eliana Rita Riffo Esparza, Evelyn del Carmen Báez Zúñiga, Marisol Calderón Pimentel, David Alejandro Muñoz Necuñir, Moisés Alejandro Vallejos Morales, Marlen Isabel Necuñir Espinoza, Cristian David Muñoz Hormazábal, Luis Andrés Almarza Torres, Margarita del Rosario Figuieroa Vásquez, María Isabel Muñoz Necuñir, Cristopher Eliecer Martínez Delgado, José Heraldo Ramos Cid, Laura Rosa Rojas Cofré, Mónica Aurora Ramos Rojas, Lorena Eliana Ramos Rojas, Miguel Ángel Lastra Arias, María Elena Morales Venegas, Miguel Ángel Garay Morales, Priscila Marianela Garrido Barraza, Juan Segundo Garay Morales. Nombre: Ministerio Apostólico Aposento Alto de Jesucristo. Domicilio: Padre Luis Espinol Campos 1313 Villa Las Torres, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana. Registro público: 1469 de fecha 30 de julio de 2007. Principios: Creemos que la Biblia es la única Palabra de Dios inspirada, infalible y de autoridad; Creemos que hay un solo Dios, eternamente existente en tres personas: el Padre, el Hijo y Espíritu Santo; Creemos en la divinidad de Jesucristo, su nacimiento virginal, en su vida libre de pecado, en sus milagros, en su muerte en la cruz, en su resurrección corporal, en su ascensión a la diestra del Padre; Creemos en la persona del espíritu Santo, su actuación como divino guiador, consolador de la Iglesia la que Él prepara para el servicio de testimonio y puesta en condición para la aparición de Cristo y la Comunión con Él; Creemos en el pecado original y la perdición de la humanidad y como consecuencia de la muerte física y eterna, no pudiendo el hombre por lo tanto salvarse a si mismo de la perdición; Creemos en la salvación y la justificación del hombre se deben única y exclusivamente a la gracia divina y al acto de la reconciliación de Jesucristo; Creemos en la necesidad de la fe en Jesucristo como único Salvador y el renacimiento del pecador como única salvación; Creemos en el actual Ministerio del Espíritu Santo, mediante el cual morando dentro del cristiano, permite que viva una vida pura; Creemos en la personal e inminente segunda venida de Cristo; Creemos en la unidad espiritual de los creyentes en nuestro Señor Jesucristo; Creemos en la resurrección de todos los salvados como de los perdidos los que son salvados alcanzando la resurrección de vida y los que se hallan perdidos, alcanzando la resurrección de la condenación; Creemos en la realidad y personalidad de Satanás. Duración: Indefinida. Objeto: a) Proclamar el Evangelio Eterno de Nuestro Señor Jesucristo; b) Mantener y propagar los principios de la Iglesia; c) Velar por el perfeccionamiento espiritual de sus fieles e instruirlos en la confesión de fe de la Iglesia; d) En concordancia con la letra a) de este artículo, difundir las enseñanzas de nuestro Señor Jesucristo y que se encuentran contenidas en las Sagradas escrituras, a través de todos los medios legalmente permitidos con la finalidad de llevar un mensaje de salvación espiritual, física, social y material a quienes lo necesiten pudiendo para ello a modo de ejemplo, abrir templos, capillas o locales de culto, funcionar en casas particulares, hacer uso de los sitios y vías públicas, de los medios de comunicación en todas las áreas ya mencionadas; e) Realizar labores de educación y enseñanza, ya sea a través de las escuelas, colegios, institutos y universidades existentes, como así también crear y sostener sus propias escuelas, colegios, institutos y universidades que le permitan a la Iglesia alcanzar sus fines; f) Realizar actividades de ayuda, asistencia social y rehabilitación, tales como hogares de ancianos, hogares de menores, comedores abiertos y hospederías, de acuerdo a los planes y programas que puedan desarrollarse para tal efecto; g) Desarrollar su actividad de evangelización en los hospitales, cárceles e instituciones de las fuerzas armadas y de orden, pudiendo establecer las capellanías correspondientes sujetas a la reglamentación de dichas instituciones; h) Crear dispensarios, policlínicos, clínicas y hospitales; i) Crear otras corporaciones de derecho público o privado y otras entidades ya sean con fines de carácter social, cultural, filantrópicas y otros que le permitan a la Iglesia alcanzar sus fines propuestos. Demás acuerdos escritura extractada. Santiago, 28 febrero 2017.




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