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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1251840 2017


(CVE 1251840)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MINISTERIO PROFÉTICO BAJO LA NUBE DEL PADRE
(Extracto)
Germán Rousseau del Río, Notario de Santiago, reemplazante del titular Humberto Santelices Narducci, Avenida El Bosque Norte N° 047, Las Condes, certifico: Que por escritura pública de fecha 6 de octubre de 2016, ante mí, y escritura rectificatoria de fecha 27 de febrero de 2017, ante esta misma notaría, se constituyó la entidad religiosa denominada Ministerio Profético Bajo la Nube del Padre, regida por la ley N° 19.638, cuyo extracto es el siguiente: Nombre: Ministerio Profético Bajo la Nube del Padre. Domicilio Principal: pasaje Zeus 491, Villa Carlos Condell, San Bernardo, Región Metropolitana de Santiago. Registro: 4062 de fecha 2 de noviembre de 2016. Constituyentes: Carlos Barra Bonilla (presidente); José Guillermo Suazo Pino (vicepresidente); Ester Trujillo Lai (secretaria); Sonia Cecilia Araya Parraguez (tesorero); Iris Margarita Aravena Cofré (consejera). Elementos esenciales: a) Se trata esta entidad religiosa de una iglesia cristiana evangélica; b) es absolutamente apolítica, sin perjuicio de la observancia particular de cada uno de sus miembros; c) propiciará la fraternidad entre iglesias e instituciones evangélicas hermanas, tanto a nivel nacional como internacional; d) Es profética. Cree en la palabra profética de Dios para la Iglesia actual. Fundamentos de fe: La base doctrinaria profesada por la presente Iglesia está constituida única y exclusivamente por las Sagradas Escrituras (la Biblia, en su Antiguo y Nuevo Testamentos), interpretada y aplicada sobre la base de los principios teológicos evangélicos. Se excluye cualquiera otra fuente doctrinaria. Órganos de administración: La Asamblea General estará constituido por todos los miembros Activos de la entidad. Le corresponde: a) La elección de los Revisores de cuentas; b) ser informada de todas los acuerdos y decisiones adoptadas por el Directorio Nacional; c) Hacer todo tipo de peticiones al Directorio Nacional o a su Presidente; d) Presentar proyectos y propuestas al Directorio Nacional; y e) aprobar o rechazar las adquisiciones, enajenaciones y gravámenes de los bienes de la entidad. El Directorio Nacional se compone de 5 miembros: el Presidente, el Vicepresidente, el Secretario, el Tesorero y un consejero. Durarán un año en sus funciones, el presidente es de duración indefinida. Le corresponde a la Dirección General de esta Entidad Religiosa: Administrar sus recursos materiales y humanos; así como establecer las políticas de crecimiento y desarrollo de la misma. Todo de acuerdo a las directrices del Consejo Ministerial. Revisores de cuentas, serán 2, elegidos por el Consejo Nacional. 1 año en funciones.




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