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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1269130 2017


(CVE 1269130)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA CENTRO EVANGELÍSTICO REAL SACERDOCIO
(Extracto)
René Marcelo Arriagada Basaur, abogado y Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Coronel, con oficio en calle Cochrane 130, 2° piso, Coronel, certifica: que por escritura pública ante mí, de fecha 26 de enero de 2015, anotada en el repertorio de Instrumentos Públicos N° 194/2015, se reduce a escritura pública acta de constitución y estatutos de la Iglesia Iglesia Centro Evangelístico Real Sacerdocio, con fecha 18 de febrero de 2015. Cuyo extracto es el siguiente: Nombre: Iglesia Centro Evangelístico Real Sacerdocio; Domicilio: Calle Lientur N° 159, Población 18 de Septiembre, comuna y ciudad de Coronel; Constituyentes y Directorio: Presidente: Manuel Domingo Quilapi Tapia, Secretario: Juan Enrique Zambrano Martínez, Consejero: Mariana Erica Meza Torres, Primer Suplente: Ema Fabiola Avello Aroca, Segundo Suplente: Nancy Eugenia Avello Alveal. Los elementos esenciales, los fundamentos y principios de fe, son los siguientes: a.- Creemos que hay un Dios en tres personas, Padre, Hijo y Espíritu Santo; b.- Creemos en Jesucristo como el verdadero salvador y redentor del hombre; c.- Creemos en la Biblia como nuestra única regla de Fe y conducta; d.- Creemos en el bautismo en agua, como testimonio público de la fe en Jesucristo. El directorio estará compuesto de 7 miembros. Los miembros del Directorio durarán en sus cargos 2 años. Los miembros del Directorio podrán ser reelegidos por un máximo de dos veces, totalizando un máximo de seis años en el cargo reelegidos indefinidamente. El Directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Dirigir I.C.E.RS y velar porque se cumplan sus Estatutos y las finalidades del mismo; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; c) Citar a Asambleas Generales de miembros, tanto Ordinarias como Extraordinarias, en la forma y época que señalan estos Estatutos; d) Redactar los reglamentos que estimen necesarios para el mejor funcionamiento de I.C.E.RS y de los diversos departamentos que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de la Junta General; e) Cumplir los acuerdos de las Asambleas generales; f) Rendir cuentas en la Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha de la Iglesia, como de la inversión de sus fondos, mediante una Memoria, Balance e Inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros. Administración del patrimonio: Para atender a sus fines, la Corporación dispondrá de las ventas que produzcan los bienes que posea, y además, de las ofrendas ordinarias y extraordinarias que donen sus miembros, y de las donaciones, herencias, legados, erogaciones y subvenciones que obtenga de personas naturales o jurídicas, de las Municipalidades o del Estado, y demás bienes que adquiera a cualquier título.- Corresponde a la Junta Ejecutiva, dentro de sus facultades de administración, determinar la inversión de los fondos sociales para el cumplimiento de sus fines. En todo caso, los fondos recaudados en campañas en que se señalan fines específicos, no podrán ser destinados a otro fin que el objeto para el cual fueron recaudados, a menos que una Junta General especialmente convocada al efecto, o la Junta General Ordinaria, resuelvan darle un destino diverso, dentro de los fines de I.C.E.RS.- La escritura de fecha 26 de enero de 2015, suscrita ante el Notario de Coronel, René Arriagada Basaur, fue complementada mediante escritura de fecha 25 de mayo de 2016, suscrita ante el Notario de Concepción, Ramón García Carrasco, con oficio en Rengo N° 444, Concepción, comuna de Concepción, anotada en el repertorio de Instrumentos Públicos N° 427/2017, y que se redujo a escritura pública, con fecha 16 de enero de 2017. Esta entidad religiosa se encuentra inscrita en el Registro Público N° 3822, de fecha 1 de febrero de 2016. Doy fe. Coronel, 7 de agosto de 2017.




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