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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1278924 2017


(CVE 1278924)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA EVANGÉLICA PUEBLO ESCOGIDO PARA SALVACIÓN
(Extracto)
Juan Espinosa Bancalari, Notario Público Titular de Concepción, con oficio calle O’Higgins número quinientos veintiocho, certifica: Por escritura pública de 24 octubre 2016, ante mí, se constituyó la Persona Jurídica de Derecho Público de acuerdo a la ley N° 19.638, "Iglesia Evangélica Pueblo Escogido para Salvación", cuyo extracto es el siguiente: a. Nombre y Domicilio: Iglesia Evangélica Pueblo Escogido para Salvación, con domicilio calle Los Escritores número quinientos cuarenta y seis, Villa Acero, comuna de Hualpén, provincia de Concepción, Octava Región; b. Registro Público: Se encuentra inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia bajo el N° 4090 de fecha doce de diciembre del año dos mil dieciséis; c. Constituyentes: Pastor Arnaldo Octavio Aranzaes Salazar, Priscilla Elena Fica Rifo, Enrique Rafael Espinoza Curifil, Ester Salazar Fica, Claudia Andera Cruces Salazar, Ruth María Fica Delgado, Eliseo Isaac Cifuentes Bernales, Javier Andrés Urízar Caro, Margarita Andrea Becar Riquelme, María Irene Vilugrón Troncoso, Sandra Silvana Campos Medina, Sigfredo Manuel Garrido Paredes; d. Son elementos esenciales que la caracterizan, fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa: Primero: Que la Biblia es la Palabra de Dios.- Segundo: En el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo; Tercero: En Jesucristo como único Redentor de la Humanidad; Cuarto: En la Iglesia como casa de Dios; Quinto: En la presentación de niños al Señor Jesucristo; Sexto: En el Bautismo por inmersión en agua después del arrepentimiento; Séptimo: En la Cena del Señor; Octavo: En el lavamiento de pies; Noveno: En el Bautismo del Espíritu Santo; Décimo: En la diversidad de los dones que el Espíritu Santo reparte a los creyentes para la edificación espiritual de la Iglesia; Undécimo: En la resurrección de los muertos; Décimo segundo: En el Juicio Final; Décimo tercero: En el cielo nuevo y una Tierra nueva; Décimo cuarto: En la Institución del Matrimonio por Dios entre un Hombre y una Mujer; Décimo quinto: En el Ministerio de la palabra de Dios por rangos eclesiásticos; Décimo sexto: En el nombre de nuestra Iglesia que fue revelado por Dios y con fundamentos bíblicos; Décimo séptimo: En el arrebatamiento de la Iglesia y en la segunda venida de Jesucristo en gloria con todos sus santos Ángeles; Sin perseguir fines de lucro, la Iglesia Evangélica Pueblo Escogido Para Salvación, tiene por objeto divulgar la Doctrina Cristiana Evangélica en sus principios integrales establecidos en la palabra de Dios, la Biblia, procurando por todos los medios que estén a su alcance que sus miembros se sujeten libre y espontáneamente a dichas enseñanzas y practiquen promover el mejoramiento integral de sus miembros y adherentes, tanto moral, intelectual y social, mediante el fortalecimiento de los principios bíblicos, la unidad de la comunión, la convivencia y la búsqueda del bien común de todos sus miembros y de la sociedad, organizando y realizando seminarios, congresos, cursos, conferencias, recitales cristianos, actos culturales y artísticos, charlas, alabanzas, sermones, ceremonias, predicaciones, cultos, cánticos, plegarias, campañas, cruzadas de beneficencia y otras manifestaciones públicas o privadas en las que se resalte el Mensaje Divino. Fundar y sostener, templos, salas cuna, jardines infantiles, escuelas y colegios, comedores y centros abiertos, centros deportivos y recreativos, hospederías, hogares de menores, de estudiantes universitarios y de ancianos, y en general todo tipo de instituciones de beneficencia orientada a los más necesitados, sujetándose para ello a las leyes vigentes. Crear y sostener medios de comunicación escritos y electrónicos que permitan la difusión de las ideas y el pensamiento cristiano evangélico. e. Duración: Será indefinida y el número de sus miembros ilimitado; f. Los órganos de administración que regulan su actuar, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son los siguientes: Las Asambleas Generales que son la primera autoridad la que será ordinaria y extraordinaria, tendrán derecho a voz y voto todos los miembros de la Entidad y representa al conjunto de los miembros; el Directorio quien administra la iglesia a través de 5 miembros, duran 5 años en el cargo y dirigen, ordenan y administran los fondos, dictan los reglamentos, aceptan o rechazan a postulantes a miembros de la iglesia y otras materias que tengan que ver con el buen funcionamiento de la iglesia acordadas en la Asamblea General y los Pastores de cada congregación. g. El Directorio: Presidente: Arnaldo Octavio Aranzaes Salazar, Vice-presidente Priscilla Elena Fica Riffo, Secretaria Claudia Andrea Cruces Salazar, Tesorero Enrique Rafael Espinoza Curifil y Director Eliseo Isaac Cifuentes Bernales; h. Disolución: Acordada la disolución, sus bienes pasarán al hogar de niños, Centro Residencial Carlos Macera, pertenecientes a la Fundación Ciudad del Niño Ricardo Espinoza, ubicada en la comuna de Talcahuano, Avenida Aviación sin número, sector Medio Camino, Octava Región. Concepción, 6 septiembre 2017.




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