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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1283114 2017


(CVE 1283114)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA CRISTIANA COLUMNA Y DEFENSA DE LA FAMILIA
(Extracto)
Clovis Toro Campos, Titular 13° Notaría Santiago, Compañía 1312, certifico: Escritura 10 abril 2017, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de constitución de la organización religiosa de derecho público denominado Iglesia Cristiana Columna y Defensa de la Familia, inscrita en Registro Público del Ministerio de Justicia N° 4258, del 9 junio 2017. Constituyentes: don Shandor Pierre Droguett Saavedra, cédula de identidad N° 13.063.195-9 y don Alejandro Andrés Puga Hermann, cédula de identidad N° 14.045.279-3. Domicilio: Circulación Interior 18516, casa N° 15, Condominio Los Álamos, San Bernardo, Chile, sin perjuicio de la habilitación de sedes en otros lugares de la República que el directorio pueda acordar. Elementos esenciales, fundamentos y principios: Será una comunidad espiritual y familiar de creyentes en Jesucristo, que se identifican con los principios y valores contenidos en la Biblia, teniendo como propósito común mostrar y enseñar el reino de Dios, a hombres y mujeres, sirviendo a la comunidad a través de sus ministerios y actividades. Órganos de Administración: a) Un Equipo Pastoral conformado por dos pastores, responsable por la visión, dirección y salud espiritual de la membresía, a través de reuniones de adoración, enseñanza, predicación, conserjería y visitación. Sus funciones en el cargo serán de carácter indefinido sometido a evaluaciones de desempeño cada tres años por la Asamblea General de Miembros, dirigida por el Diaconado, b) un Equipo de Diáconos (Directorio) responsables de la administración en general, Presidencia, Secretaría, Tesorería y Servicios quienes también velarán por la salud espiritual y material de la Iglesia, conformado por un mínimo de tres integrantes. Al Presidente Diácono se le atribuirá la representación judicial y extrajudicial de la Iglesia Cristiana Columna y Defensa de la Familia. Corresponde, especialmente, al Equipo de Diáconos de la Iglesia: a) Administrar los bienes de la iglesia, manteniendo al día el inventario de todos los bienes de la iglesia. b) Organizar los trabajos de administración y servicio. c) El Diácono-Presidente, firmará conjuntamente con el Diácono encargado del Departamento de Finanzas, los cheques, giros de dinero, letras de cambio, balances y, en general, todos los documentos relacionados con el movimiento de fondos de la Iglesia. d) El Diácono-Presidente o a quien este designe dentro de su equipo, dará cuenta anualmente en la Asamblea General Ordinaria de miembros la situación de los estados financieros de la Iglesia, además tendrán la obligación de dirigir, administrar y velar por que se cumplan los estatutos y finalidades perseguidas por la Iglesia, citar a asambleas, entre otros y c) Asamblea General, órgano colectivo de la Iglesia, conformada por el conjunto de los miembros de la Iglesia Cristiana Columna y Defensa de la Familia. Habrá Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. Las Asambleas Generales sesionarán en Reuniones Administrativas en virtud de las reglas que siguen: A) La Reunión Administrativa anual se hará en el mes de marzo de cada año. En ella el Presidente de Diáconos y demás responsables del equipo de Diáconos (Directorio) Interno de la Iglesia presentarán los Informes Financieros, Inventarios, Presupuesto Anual y otros. El equipo Pastoral entregará su memoria anual del trabajo espiritual desarrollado, resultado y nuevo programa anual. Además los líderes de los diferentes ministerios, harán lo propio informando resultados de su gestión anualmente y programa anual del ejercicio venidero. Durante esta Asamblea se efectuarán las elecciones anuales que correspondan, conforme al Estatuto. B) Reuniones Administrativas Extraordinarias, se celebrarán cada vez que el equipo de Diáconos (Directorio) lo decida, o lo soliciten al menos cinco de los miembros activos por escrito, indicando los motivos. Para la celebración de tales reuniones, se dará aviso con un mínimo de dos semanas de anticipación, salvo las extraordinarias. El quórum en todas las reuniones será de un mínimo de sesenta por ciento de los miembros que tienen derecho a voto, con excepción de la aprobación o desaprobación de autoridades de la Iglesia o de cualquier cambio propuesto a los Estatutos. En tales casos el quórum será los dos tercios de los miembros activos y con derecho a voto. Las decisiones se adoptarán, salvo norma especial, con el voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes en la sesión. No se aceptarán votos de miembros ausentes ni aún mediante delegación o poder de representación. La Escritura pública que contiene los estatutos es de fecha 5 junio 2017, ante Notario Público de Santiago, don Clovis Toro Campos, Compañía N° 1312, Santiago. Demás estipulaciones escritura.- Santiago, 21 septiembre 2017.




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