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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1293260 2017


(CVE 1293260)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
CENTRO CRISTIANO CASA DE ORACIÓN RANCAGUA
(Extracto)
Daniel V. Mondaca Pedrero, abogado, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Rancagua, con oficio en General José de San Martín N° 255, de Rancagua, certifico: Por escritura pública de fecha 03 de agosto de 2016, ante mí, don Reinaldo Andrés López Vergara, CI N°15.408.650-1, domiciliado en Avenida El Sauce 1264, Villa El Trigal, Rancagua, redujo a escritura pública el Acta de Constitución y Aprobación de Estatutos del Centro Cristiano Casa de Oración Rancagua, Repertorio N°1973/2016. Nombre, Domicilio y Duración: Centro Cristiano Casa de Oración Rancagua. Domicilio Avenida La Compañía N°0628, Rancagua, sin perjuicio de las demás filiales, templos o misiones que puedan establecerse en otros puntos del país o en el extranjero. Duración indefinida.- Objetivos: Son principios o artículos de fe del Centro Cristiano Casa de Oración Rancagua los siguientes: a) Creemos en la Biblia como única regla de fe y práctica por la excelencia para el cristiano, en ella basamos nuestras decisiones espirituales y morales; b) Creemos en un Dios Trino, Omnipresente, Omnisciente, Omnipotente, manifestado en tres personas coiguales y coeternas, El Padre, El Hijo Jesucristo, El Espíritu Santo; c) Creemos que Dios es el creador de todo lo que existe, que creó al hombre y a la mujer a su imagen y semejanza, para que sean uno en la institución del matrimonio tal como lo establece el artículo 102 del Código Civil de Chile El matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen actual e indisolublemente y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, de procrear y auxiliarse mutuamente, en el cual sostenemos es la base de la familia; d) Creemos en la caída del hombre, el cual se rebeló contra los mandamientos de Dios y cayó en pecado, perdiendo los privilegios dados por Dios; e) Creemos que la Salvación es solo por Gracia de Dios, por medio de Jesucristo, y que la fe como don de Dios le permite alcanzar este regalo a través del sacrificio de Cristo Jesús en la cruz, único mediador entre Dios y el ser humano y el único camino a Dios; f) Creemos que el fin principal del creyente es glorificar a Dios tanto en su vida personal, como en el desarrollo de la vivencia congregacional y gozar de Él para siempre; g) Creemos que el arrepentimiento y el bautismo por inmersión son una ordenanza instituida por el Señor Jesucristo, que exterioriza el testimonio personal de una nueva vida en Cristo; h) Creemos en el regreso personal y visible de Jesucristo por su Iglesia; i) Creemos en la doctrina de Jesús y sus apóstoles que resume nuestras principales creencias y prácticas. Dicha creencia es parte integrante de nuestros artículos de fe y se entenderá formar parte de estos estatutos a La Palabra de Dios para todos los efectos legales. La Iglesia, consecuente con su naturaleza religiosa y espiritual basada en la Santa Biblia; jamás podrá abanderizarse o comprometerse con doctrinas, partidos políticos o filosofías filantrópicas, racionalistas, agnósticas y/o librepensadoras.- Administración: Al Directorio corresponde la administración y dirección superior de la iglesia, y estará constituido por presidente, vicepresidente, secretario y tesorero. Se designó integrantes del Directorio y respectivos cargos Presidente a don Reinaldo Andrés López Vergara, Vicepresidenta a doña Verónica Silvana López Miranda, Secretaria a doña Silvia Margarita López Vergara, y Tesorera a doña Cindy Natacha Hernández Galleguillos.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Rancagua, 13 de octubre de 2017.




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