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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1311725 2017


(CVE 1311725)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA PENTECOSTAL CAMINO A SION
(Extracto)
José Gerardo Bambach Echazarreta, Notario Público de Concepción, con oficio en calle San Martín N° 906, certifica: Por escritura pública ante mí, de 6 de julio de 2017, complementada por escritura pública de fecha 25 de septiembre de 2017, se constituyó una entidad religiosa de derecho público, de acuerdo a la ley N° 19.638, y decreto supremo N° 303 del Ministerio de Justicia, y cuyo extracto es el siguiente: Nombre: Iglesia Pentecostal Camino a Sion. Domicilio: El domicilio principal de esta Entidad será Camino Coronel número tres mil seiscientos treinta y siete, Villa Pablo Agreen San Pedro de la Paz, Región del Bío-Bío. Registro: N° 4291, de 11 de julio de 2017. Directorio: Presidente, pastor don Diego Patricio Muñoz González; Secretaria Alejandra Paola Dinamarca Mora; Tesorera Margarita del Carmen Jara de la Vega. Constituyentes: Diego Patricio Muñoz González; Alejandra Paola Dinamarca Mora; Margarita del Carmen Jara de la Vega; Sandra Isabel Sandoval Castro; Yesenia Orlanda Sáez Pradena; Joaquín Marcelo Recabaren Esparza; Luis Humberto Jara Lagos; Gabriela Nova Constanzo; Alexis Raúl Villagra Balboa; Jessica Paola Mellado Ulloa. Elementos Esenciales: Es una iglesia cristiana evangélica; es absolutamente apolítica, sin perjuicio de la observancia particular de cada uno de sus miembros; propiciará la fraternidad entre iglesias e instituciones evangélicas hermanas, tanto a nivel nacional como internacional; es una iglesia Cristocéntrica, Cristo Es el único Salvador de la humanidad; es Bibliocéntrica. Sólo la Biblia es fuente doctrinaria; siendo la principal base Jesucristo mismo. Principios: La base doctrinaria profesada por la presente Iglesia está constituida única y exclusivamente por las Sagradas Escrituras (Biblia, en su Antiguo y Nuevo Testamentos), interpretada y aplicada sobre la base de los principios teológicos evangélicos. Se excluye cualquiera otra fuente doctrinaria. Su credo: 1.- Un solo Dios manifestado en tres personas, El Padre, El Hijo y El Espíritu Santo; 2. Cristo Unigénito del Padre, verdadero Dios. En su obra Redentora; 3.- La autoridad de la Biblia, en su antiguo y nuevo Testamento; 4.- La Iglesia cuerpo visible de Cristo en la tierra; 5.- El sacerdocio universal; 6.- La autoridad eclesiástica y magisterio provienen de Dios; 7.- La Obra regeneradora del Espíritu Santo, impartiendo dones y ministerios a los miembros de la Iglesia; 8.- La Salvación es por gracia y no por obras; 9.- El fruto del Espíritu Santo, manifestándose en las buenas obras que el creyente debe demostrar luego de la salvación; 10.- La Segunda venida de Cristo en forma literal y personal a la tierra; 11.- El Cielo e infierno eternos, cuyas existencias son literales; 12.- El Bautismo de arrepentimiento en aguas por inmersión; 13.- La Santa Cena, como institución sagrada y de observancia periódica. Órganos de administración: Miembros. Los miembros son activos y pasivos. Asamblea General: Está constituida por todos los miembros activos de la entidad, será presidida por el Presidente de la entidad. Se constituyen con la asistencia de los miembros en ejercicio que asistan a ella. Las Asambleas generales ordinarias deberán celebrarse una vez al año, y le corresponde: a) La elección de los Revisores de cuentas; b) Ser informada de todas los acuerdos y decisiones adoptadas por el Directorio; c) Hacer todo tipo de peticiones al Directorio o a su Presidente, pudiendo éstos aceptarlas o rechazarlas, pero siempre fundadamente; d) Presentar proyectos y propuestas al Directorio, sobre cualquier tipo de materias; e) Aprobar el acuerdo de creación de personas jurídicas, y f) Aprobar las enajenaciones de bienes de la entidad. La extraordinaria se celebrará por convocatoria del Presidente, o cuando lo solicite por escrito, a lo menos, la cuarta parte de los miembros del Ministerio. Directorio: Corresponde al Directorio la Dirección General de esta Entidad Religiosa; administrar sus recursos materiales y humanos; así como establecer las políticas de crecimiento y desarrollo de la misma. Se compondrá de 3 miembros: Presidente, secretario y tesorero. Durarán un año en sus funciones, con excepción del presidente que será permanente; celebrará 4 sesiones al año; sus atribuciones son, en general, dirigir administrativamente la Iglesia en general, procurando por todos los medios el cumplimiento de los objetivos de la entidad y velar por la recta observancia de la creencia que sus miembros profesan. Concepción, 22 de noviembre de 2017.




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