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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1306296 2017


(CVE 1306296)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MINISTERIO ABUNDANTES RIQUEZAS DE SU GRACIA, EFESIOS 2; 7
(Extracto)
Jaime Andrés Bernales Larraín, Abogado, Notario Público Titular Santiago, con oficio en Vicuña Mackenna Oriente N° 7163, La Florida; certifico: con fecha 11/05/2017, ante mí, se redujo a escritura pública acta de constitución, siendo modificada con fecha 17/08/2017, en esta Notaría, correspondiente a la organización religiosa de derecho público denominada Ministerio Abundantes Riquezas de su Gracia, Efesios 2;7, inscrita Registro Público del Ministerio de Justicia N° 4217 del 12 de mayo de 2017. Constituyentes: 1.- Alex David Martínez Álvarez. Rut: 12.653.779-4. 2.- Juan Enrique Ulloa Guerrero. Rut: 9.906.790-K. 3.- Lidia Carmen Cumilao San Martín. Rut: 12.037.290-4. 4.- Joselyn Elisa Ulloa Cumilao. Rut: 16.392.948-1. 5.- María Curihual Lizama. Rut: 6.421.037-8. 6.- María Angélica Paillal Curihual. Rut: 11.405.796-7. 7.- Miguel Ángel Parra Muñoz. Rut: 10.283.388-0. 8.- Alejandro Jesús Guerrero Sánchez. Rut: 17.149.091-K. 9.- Jenifer Valeria Parra Ramírez. Rut: 16.953.329-6. 10.- Clorinda Curihual Lizama. Rut: 7.437.333-K. 11.- José Gerónimo Carilao Ancapi. Rut: 10.006.256-9. 12.- Mariela Alejandra Bravo. Rut: 10.670.482-1. 13.- Gabriela Andrea Zurita Nahuelñir. Rut: 18.698.654-7. 14.- Cynthia Daniela Rivera Paillal. Rut: 18.292.925-5. 15.- Madeleine Camila Rivera Paillal. Rut: 18.837.375-5. 16.- Marcos Danilo Villalobos Rojas. Rut: 10.169.066-0. 17.- María Ellen Schilling Aracena. Rut: 11.596.124-1. 18.- Neda Elizabeth Ramírez Polanco. Rut: 10.404.911-7. 19.- Patricio John Paillal Curihual. Rut: 12.462.056-2. Domicilio: Calle Gabriela Mistral 365, comuna Lo Prado, ciudad Santiago, Región Metropolitana, República de Chile, sin perjuicio de otros domicilios celulares a lo largo del país y en el extranjero que el Directorio pueda acordar. En el domicilio principal de la Iglesia, se encontrarán sus estatutos, reglamentos y demás documentos en los que funda su fe. Elementos esenciales, fundamentos y principios: a.- Que la Biblia es la Palabra de Dios, inspirada por el Espíritu Santo, la única autoridad doctrinal, constituye una inagotable fuente de enseñanza, aprendizaje, corrección y guía de salvación para todos los hombres. b.- Cree en un solo Dios que es espíritu, creador y conservador de todas las cosas, así visibles como invisibles. c.- La Trinidad de Dios, Padre, Hijo y Espíritu Santo. d.- Cree que la salvación se adquiere por gracia por medio de la fe. e.- Cree que la justificación es por fe, la santificación, la redención y regeneración. f.- En el nacimiento virginal de Jesús. g.- Y todos los demás principios de fe inspiradores de las sagradas escrituras. La entidad religiosa consecuente con los principios que la inspiran, será eminentemente espiritual, benéfica y apolítica. Jamás podrá abanderizarse o comprometerse con doctrinas agnósticas, organizaciones sindicales, partidos políticos o cualquier otro tipo de ideas contrarias al Evangelio de Jesucristo. Principalmente la oración intercesora y predicar el evangelio de nuestro Señor Jesucristo, difundiendo sus enseñanzas contempladas en las Sagradas Escrituras a todo el mundo. Difundiendo la fe cristiana y realizar cultos de adoración a Dios en lugares públicos y privados. Órganos de Administración: El Pastor, El Directorio y las Asambleas Generales. El Pastor tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; b) Presidir las reuniones del Directorio y de las Asambleas Generales de miembros; c) Convocar a Asambleas Ordinarias o Extraordinarias cuando corresponda de acuerdo a los estatutos; d) Ejecutar los acuerdos del Directorio; e) Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general anual de actividades de la Iglesia; f) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la Iglesia; g) Nombrar las Comisiones de Trabajo que estime convenientes; h) Firmar la documentación propia de su cargo y aquellas en que deba representar a la Iglesia; i) Dar cuenta anualmente en las Asambleas Generales, de la marcha de la Iglesia y del estado financiero de la misma; j) Las demás atribuciones que determinen estos Estatutos y los reglamentos. El Directorio es un órgano colegiado integrado por siete miembros activos y será presidido por el Pastor. El Directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Dirigir la Iglesia y velar por que se cumplan sus Estatutos y las finalidades de la Iglesia; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; c) Citar a las Asambleas Generales anuales de miembros activos, tanto Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que señalan estos estatutos; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos ministerios que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de las Asambleas Generales anuales; e) Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha de la Iglesia en lo espiritual, como de la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros activos; f) Dictar los reglamentos internos de las Iglesias y grupos caseros, con acuerdo de cada Iglesia y grupo casero y aprobación final de la Asamblea General. La Asamblea General es la primera autoridad de la Iglesia y representa al conjunto de sus miembros. Está compuesta por la totalidad de los miembros de la iglesia. Habrá Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. En la Asamblea General Ordinaria se presentará el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior y se procederá a las elecciones determinadas en los Estatutos, además, podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses sociales, a excepción de los que corresponden exclusivamente a las Asambleas Generales Extraordinarias. Corresponde exclusivamente a la Asamblea General Extraordinaria: a) De las reformas de los Estatutos de la Iglesia; b) De la disolución de la Iglesia; c) De las reclamaciones presentadas en contra de los Miembros del Directorio para hacer efectivas las responsabilidades que por la Ley o los Estatutos les correspondan; d) De las adquisiciones, hipotecas y rentas de los bienes de la Iglesia. Santiago, 17 de agosto de 2017.




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