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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1307037 2017


(CVE 1307037)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA RESTAURACIÓN VIDA NUEVA
(Extracto)
José Manuel Cifuentes Guerra, Notario Público reemplazante de la Titular Valeria Ronchera Flores, de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil doscientos treinta y cinco, segundo piso, comuna de Santiago, ante mí, con fecha diez de febrero del año 2016, bajo repertorio N° 1.291-2016, don Óscar Oliver Cáceres Contreras, chileno, casado, separado totalmente de bienes, abogado, cédula nacional de identidad número trece millones cuatrocientos sesenta y cinco mil ciento cuarenta guion siete, redujo a escritura pública Acta de Constitución y estatutos de la entidad religiosa evangélica Iglesia Restauración Vida Nueva número de registro púbico 3927 de fecha 20 de mayo del año 2016, otorgado por el Ministerio de Justicia, de cuyos estatutos extracto: Nombre, Iglesia Restauración Vida Nueva, Domicilio: Comuna de Cerrillos y ciudad de Santiago, constituida por Ana Luisa López García, José Ignacio Muñoz Hormazábal, Miriam Magdalena Díaz Poblete. Los Artículos de Fe en los que se funda la Doctrina de la Iglesia Restauración Vida Nueva, son los siguientes: Uno.- Cree en un Dios Trino: Padre, Hijo, Espíritu Santo. Todos iguales, en cuanto a su perfecta y suprema divinidad. En un solo Dios y Padre de todos, santo, infinito, vivo, verdadero, eterno, de infinito poder y sabiduría, lleno de amor, bondad y misericordia, omnisciente, omnipotente e inmutable, perfecto, justo, creador de todas las cosas visibles e invisibles. Dos.- Cree en Jesucristo como hijo de Dios Padre, verdadero hombre concebido por el Espíritu Santo en el vientre de la Virgen María, y a quien según las escrituras le ha sido dada toda potestad en el cielo y en la tierra, y que está a la diestra de Dios Padre, colocado sobre todo principado y potestad, potencia y señorío y sobre todo nombre que se nombre, no sólo en este siglo sino en el venidero, y que todas las cosas están debajo de sus pies, y que Él es la cabeza de la iglesia. Él, es nuestro Señor, Salvador y Redentor, que murió crucificado, pero que resucitó de entre los muertos y ascendió a los cielos. Él, es nuestro intercesor entre Dios y los hombres. Tres.- Cree en el Espíritu Santo que procede y es de una misma sustancia del Padre y del Hijo, que es verdadero y eterno, omnisciente, omnipresente, que consuela, enseña y santifica. Cuatro.- Cree en la Iglesia Universal, compuesta por todos los creyentes que han aceptado a Cristo Jesús como Salvador y Redentor de sus vidas según lo establece las Sagradas Escrituras. Quinto.- Cree en la inspiración divina de las Sagradas Escrituras (La Biblia). La aceptamos como la Palabra infalible de Dios y que contiene en el Antiguo Testamento con sus treinta y nueve libros y el Nuevo testamento con los veintisiete libros, todas las enseñanzas necesarias para la salvación de la humanidad. Seis.- Cree, que todos han pecado y están destituidos de la Gloria de Dios y que el único medio para alcanzar la paz con Dios y la salvación, son por los méritos, muerte y sangre de Jesucristo, nuestro Señor Jesucristo. Siete.- Cree en el bautismo del Espíritu Santo como una gracia y promesa para todos los creyentes en Cristo Jesús, acompañada de diversas manifestaciones expresada en los dones del Espíritu Santo, que producen un efecto regenerador y transformador en la vida del creyente, conforme está establecida en las Sagradas Escrituras. Ocho.- Cree en la segunda venida de Cristo en forma visible y personal, donde todo ojo humano lo verá y cree en la resurrección de los cuerpos para vida eterna de todos los salvados en Cristo Jesús. Nueve.- La Iglesia Restauración Vida Nueva, reconoce los siguientes sacramentos: a.- El Bautismo con agua para niños y adultos por aspersión; como acto introductorio a la fe cristiana y símbolo de la incorporación al cuerpo de Cristo. b.- Santa Cena; como sacramento instituido por el Señor Jesucristo, que simboliza su muerte redentora, en la cual participa el creyente de los elementos: pan y vino. c.- El Matrimonio como institución creada por Dios la cual estipula que solo un hombre y una mujer tienen validez para unirse en el sagrado vínculo matrimonial lo que Dios unió no lo separe el hombre. La Iglesia Restauración Vida Nueva, será dirigida y administrada por el Directorio, el que estará compuesto por cuatro miembros, correspondientes a Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero cuyas atribuciones son: a. Colaborar con el Presidente en la dirección superior de la Iglesia Restauración Vida Nueva, velando por su afianzamiento, desarrollo y perfeccionamiento, ajustándose a normas que al efecto fije la Asamblea Ordinaria. b. Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia Restauración Vida Nueva, acordando normas generales del caso, pero en sus relaciones con terceros, tendrá la representación el Presidente, quien procederá conforme a los acuerdos del Directorio. Sin perjuicio de ello, el Presidente podrá delegar sus facultades en otro miembro del Directorio otorgándole un poder especial para tal efecto. c. Exigir a los Pastores de Iglesia Local que tuvieran a su cargo bienes pertenecientes a la Iglesia, un inventario general de todos ellos, con dos copias. De todo lo que se haya adquirido en transcurso de cada año se presentará un informe a la Asamblea Ordinaria respectiva, firmado por el Pastor de su Iglesia, quedando uno en poder de la Iglesia local. d. Organizar todo lo relacionado con la situación económica y financiera de la Iglesia a nivel Nacional. e. Aceptar donaciones de entidades públicas y privadas nacionales y extranjeras. f. Acordar erogaciones ordinarias o extraordinarias de sus miembros y hacer depósitos de los mismos en cuentas corrientes bancarias, asimismo disponer en beneficio de la Iglesia los fondos que estarán a plazo o en cuentas corrientes en alguna Institución financiera, abrir cuentas corrientes bancarias, girar y sobregirar en ellas, endosar y cancelar cheques, acordar la compra de bienes raíces, muebles o valores mobiliarios a nombre de la entidad religiosa, y en general, resolver acerca de la inversión que debe darse a dichos fondos. También acordar préstamos a las Iglesias locales y fijar condiciones y plazo de los mismos. g. El Directorio podrá otorgar, de acuerdo a la situación económica de la Iglesia Restauración Vida Nueva, ayuda económica a los Pastores ancianos, cuya Iglesia local no pueda sustentar y a viudas necesitadas de Pastores. h. Exigir al Tesorero una cuenta o informe documentado de la Tesorería o situación de la caja de la Iglesia y demás antecedentes que se estimen necesarios. i. Redactar un reglamento en que se regulen los pormenores del régimen interno, administrativo y financiero de la Iglesia el cual será sometido a la Asamblea Ordinaria para su aprobación. Santiago, a 16 de noviembre de 2017.




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