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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1336576 2018


(CVE 1336576)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA MINISTERIO DE LA RECONCILIACIÓN CRISTIANA
(Extracto)
María Soledad Santos Muñoz, abogado, Notario Público de la Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1161 local entre pisos de la comuna de Santiago. Certifica por escritura pública de 06.10.2017, ante mí, se constituyó la entidad religiosa, según Ley 19.638 denominada Iglesia Ministerio de la Reconciliación Cristiana que también podrá usar como nombre de fantasía IMIRCRIS con domicilio en calle Vilcún N° 1368, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana. Registro Público N°4366 de 13.10.2017. Constituyentes: Pedro Stuardo Cid, Rosa Gavilán García, María Santana Inostroza, Susana Caro Macaya, Jaime Diego Escalante y Roberto Zagal Bustos. Los elementos principales de sus principios son: La creencia en un solo Dios en esencia y en existencia Padre, Hijo y Espíritu Santo, en la Biblia como la regla de fe, en la práctica de los sacramentos: bautismo por inmersión y la cena del Señor, en el casamiento bíblico entre hombre y mujer en su forma natural y en la segunda venida de Cristo a la Tierra con poder y gloria. Los objetivos principales son: La predicación del evangelio, guardar la doctrina y velar por la capacitación y formación de sus miembros. Los órganos de administración con sus atribuciones son: La Conferencia anual que se reúne una vez al año para recibir el informe y balance anual; el Directorio Mayor está integrado por 5 personas, con los cargos de Pastor Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y un Director, con el deber de administrar, custodiar el patrimonio de la Iglesia y organizar sus actividades anuales; y el Tribunal de ética y protocolo que administra el orden y asesora al Directorio Mayor, integrada por tres personas. El pastor Ricardo Cabrera debidamente facultado redacta este extracto. Las demás disposiciones se encuentran contenidas en la referida Escritura Pública. Es todo. Doy fe.




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