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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1355976 2018


(CVE 1355976)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA DE CRISTO AGAPE
(Extracto)
Luis Zapata Chavarría, abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Primera Notaría de Maipú-Santiago, don Manuel C.P. Cammas Montes, con oficio en calle Monumento N°2070, comuna de Maipú, que con esta fecha se redujo a escritura pública: Acta de Reunión de Directorio. Iglesia de Cristo Agape. En Santiago, de 12 de febrero de 2018, siendo las veinte horas en domicilio ubicado en Av. Los Pajaritos N°4549, comuna de Maipú, se reúnen los miembros para aprobar el siguiente extracto: Con fecha 27 de septiembre de 2017, se constituyó la Iglesia de Cristo Agape, reducida a escritura pública con fecha 6 de octubre de 2017, otorgada en la Notaría de Santiago ante don Luis Zapata Chavarría, notario suplente de don Manuel C.P. Cammas Montes; posteriormente con fecha 27 de diciembre de 2017, se rectificó y redujo a escritura pública con fecha 12 de enero de 2018, ante el Notario de Santiago don Manuel C.P. Cammas Montes, inscrita bajo Registro Público del Ministerio de Justicia N°4362, de fecha 6 de octubre de 2017. Constituyentes: Marcos Osvaldo Cortez Zamorano RUT: 12.056.968-6, Susana de Lourdes Pizarro Arias RUT: 6.875.813-0, Mario Iván Salgado Mochizuki RUT: 12.255.400-7, Ramón Richard Cid Cortez RUT: 7.217.483-6, Michael Henry Valenzuela Cid RUT: 15.534.084-5, Soledad Gladys Cid Cortez RUT: 7.465.918-7, María Luisa Garay Gutiérrez RUT: 16.545.730-7. Iglesia de Cristo Agape domiciliada en Avenida Los Pajaritos N° 4549, Villa Los Pajaritos, comuna de Maipú, Región Metropolitana. Fundamentos y principios: La Entidad de derecho público religioso que se constituye no persigue fines de lucro, sino como una entidad religiosa esencialmente cristiana y apolítica con proyección cristiana de servicio a Dios y a la comunidad, los fundamentos y principios que se sustenta la fe que nosotros profesamos son las siguientes: 1) Las Sagradas Escrituras, 2) La Eterna Trinidad, 3) El Plan de Redención, 4) Arrepentimiento y nuevo nacimiento, 5) Vida cristiana diaria llena del espíritu, 6) Bautismo y Cena del Señor, 7) Los Dones y fruto del espíritu, 8) Sanidad divina, 9) Gobierno civil y Juicio Final, 10) Diezmos y ofrendas. Órganos de Administración: el Pastor, el Directorio y las Asambleas Generales. El Pastor tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; b) Presidir las reuniones del Directorio y de las Asambleas Generales de miembros; c) Convocar a Asambleas Ordinarias o Extraordinarias cuando corresponda de acuerdo a los estatutos; d) Ejecutar los acuerdos del Directorio; e) Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general anual de actividades de la Iglesia; f) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la Iglesia; g) Nombrar las Comisiones de Trabajo que estime convenientes; h) Firmar la documentación propia de su cargo y aquellas en que deba representar a la Iglesia; i) Dar cuenta anualmente en las Asambleas Generales, de la marcha de la Iglesia y del estado financiero de la misma; j) Las demás atribuciones que determinen estos Estatutos y los reglamentos. El Directorio es un grupo de personas integrado por cuatro miembros activos y será presidido por el Pastor. El Directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Dirigir la Iglesia y velar por que se cumplan sus Estatutos y finalidades; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; c) Citar a las Asambleas Generales de miembros activos, tanto Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que señalan estos estatutos; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos grupos de trabajo que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de los Concilios Generales; e) Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha de la Iglesia en lo espiritual, como de la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros(as) activos; f) Dictar los reglamentos internos de la Iglesia y grupos caseros, con acuerdo de cada Iglesia y grupo casero y aprobación final de la Asamblea General. La Asamblea General es la primera autoridad de la Iglesia y representa al conjunto de sus integrantes. Se compone por la totalidad de los miembros de la iglesia. Habrá Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. En la Asamblea General Ordinaria se presentará el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior y se procederá a las elecciones determinadas en los Estatutos, además, podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses sociales, a excepción de los que corresponden exclusivamente a las Asambleas Generales Extraordinarias. Corresponde exclusivamente a la Asamblea General Extraordinaria: a) De las reformas de los Estatutos de la Iglesia; b) De la disolución de la Iglesia; c) De las reclamaciones presentadas en contra de los miembros del Directorio para hacer efectivas las responsabilidades que por la ley o los Estatutos les correspondan; d) De las adquisiciones, hipotecas y rentas de los bienes de la Iglesia. Se confiere poder a don Ramón Cid Cortez 7.217.483-6 para que reduzca a escritura pública la presente acta y su respectivo extracto y publicación en el Diario Oficial. Se faculta para todo tipo de trámites, ingresar y retirar todo tipo de documentos y cumplir lo encomendado en el Ministerio de Justicia. Santiago, 14 de febrero de 2018.




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