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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1359125 2018


(CVE 1359125)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA COMUNIDAD CRISTIANA ALFA Y OMEGA EN PENCO
(Extracto)
Luis Armando Carrillo Caro, Notario Público Concepción, con oficio en O‘Higgins N° 820, suplente del Notario Titular de esta ciudad, don Carlos Alberto Miranda Jiménez, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de agosto del año 2017, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de constitución de la organización religiosa de derecho público, bajo el repertorio 5288-2017, la modificación se redujo a escritura pública con fecha 26 de diciembre de 2017, bajo el repertorio 8183-2017, denominada Iglesia Comunidad Cristiana Alfa y Omega en Penco, inscrita en Registro Público del Ministerio de Justicia N° 4.380 de fecha 26 de octubre de 2017. Constituyentes: Heraldo Israel Riffo González, RUT 8.611.222-1; doña Sofía Zunita Luengo Pino, RUT 8.353.191-6; Felipe Andrés Riffo Luengo, RUT 17.539.480-K; Luis Haroldo Belmar Fuentes, RUT 5.295.081-3; Flor María Madariaga Cerna, RUT 5.859.094-0; Carlos Alfonso Falcón Labra, RUT 4.937.931-5; Nelly del Carmen Concha Cabeza, RUT 5.256.198-1; Luis Humberto Martínez Soto, RUT 6.273.713-1; Gloria Magdalena Torres Navarrete, RUT 6.930.727-2; Rosa Elisa Manríquez Álvarez, RUT 8.834.450-2; Luis Alberto Figueroa Zavala, RUT 7.828.711-K; Inés del Carmen Cisterna Fernández, RUT 6.037.228-4; Ricardo Humberto Vivanco Riquelme, RUT 5.144.274-1; Isabel Angélica Vivanco Cisterna, RUT 13.137.856-4; Patricio Alejandro Gallardo Estay, RUT 13.737.684-9; Ricardo Patricio Vivanco Cisterna, RUT 11.957.823-K. Domicilio: Ciudad de Penco, calle Talcahuano N° 126, sin perjuicio de la habilitación de sedes en otros lugares de la República que el Directorio local pueda acordar. Elementos esenciales, Fundamentos y Principios: La Declaración de Fe que se consigna es una expresión en síntesis de nuestras creencias cristianas evangélicas. 1.- Creemos en la inspiración plenaria y verbal de las Escrituras del Antiguo y del Nuevo Testamento en sus documentos originales como la Palabra de Dios, auténtica y genuina, de acuerdo a las enseñanzas de nuestro Señor Jesucristo. Ellas constituyen una revelación completa de su voluntad para la salvación de los hombres, y son, por lo tanto, la única regla divina de la fe y la práctica cristiana. 2.- Creemos que hay un Dios, infinitamente perfecto, que existe eternamente en tres personas: El Padre, El Hijo y el Espíritu Santo. 3.- Jesucristo es verdadero Dios y verdadero hombre. Fue concebido por el Espíritu Santo y nació de María, virgen. Murió en la cruz, un sacrificio en sustitución por los injustos; y todos los que creen en Él son justificados a base de su sangre derramada. Resucitó de entre los muertos conforme a las Escrituras; está a la diestra de la majestad de Dios en las alturas como nuestro gran Sumo Sacerdote; de donde volverá otra vez a establecer en la tierra su reino de justicia y paz. 4.- El Espíritu Santo es una persona divina; Ejecutivo de la Trinidad; Consolador enviado por el Señor Jesucristo para habitar en el creyente, guiarlo e instruirlo; a redargüir al mundo de pecado, de justicia y de juicio. 5.- El hombre fue creado originalmente a imagen y semejanza de Dios; cayó por desobediencia, incurriendo así en muerte física y espiritual. Todos los hombres nacen con una naturaleza pecaminosa, hallándose, por lo tanto, desprovistos de la vida divina, y sólo pueden ser salvos mediante la obra expiatoria del Señor Jesucristo. El destino del impenitente e incrédulo es una existencia perpetua de tormento, y la del creyente de gozo y felicidad eterna. 6.- La salvación es una provisión hecha por Jesucristo para todos los hombres; aquellos que lo acepten a Él por la fe son renacidos del Espíritu Santo y reciben el don de la vida eterna, siendo hechos hijos de Dios. 7.- Habrá una resurrección corporal de los justos y de los injustos: los primeros resucitados para vida eterna, y los segundos para condenación. 8.- Creemos que la Iglesia es el Cuerpo de Cristo, un organismo más bien que una organización, formada por los redimidos durante la época de la gracia, desde Pentecostés hasta el Segundo Advenimiento del Señor. La edificación de esta iglesia es la obra preeminente de Cristo durante la dispensación actual, de acuerdo con sus propias palabras en Mateo capítulo dieciséis, versículo dieciocho: Sobre esta roca edificaré mi iglesia. Puesto que la iglesia es aquel Pueblo para su nombre (Hechos capítulo 15, versículo 14), escogido de entre gentiles y judíos, se requiere la mayor y más amplia predicación del Evangelio para la realización de dicho fin. Creemos que es de esencial importancia reconocer la unidad y la unión de la verdadera Iglesia como el Cuerpo de Cristo y el medio de su manifestación al mundo. 9.- Es la voluntad de Dios que cada creyente sea enteramente santificado mediante la obra del Espíritu Santo, siendo por ella separado del mundo y del pecado y plenamente consagrado a Dios para una vida santa y un servicio efectivo. 10.- En la redención del Señor Jesucristo se ha hecho también provisión para la sanidad del cuerpo mortal en conformidad con Su Palabra. Según lo expuesto en Santiago, capítulo Cinco versículo catorce, la unción con aceite ha de practicarse por la iglesia en el presente siglo. 11.- De acuerdo con las profecías de ambos Testamentos y las promesas a Israel, el reinado Mesiánico y Milenario de Cristo será establecido mediante su propio advenimiento personal y visible a la tierra en poder y gloria. Es esta una verdad práctica que debe estimular poderosamente la obra de la evangelización y la pureza de vida. 12.- Las Escrituras enseñan claramente el deber de todos los creyentes de vivir una vida de fe y de sacrificio, y de entregarse continuamente a la oración y la intercesión a favor de otros. La Iglesia tiene por finalidades básicas y principales: a) Divulgar la doctrina cristiana evangélica en sus principios integrales, establecidos en la Palabra de Dios, la Santa Biblia, y procurar por todos los medios que estén a su alcance, que sus miembros se sujeten a dichas enseñanzas y las practiquen, de tal manera que cada miembro de la Iglesia represente y testifique con su vida a Cristo, como Señor y Salvador. b) Promover el mejoramiento moral, intelectual y el bienestar de toda la sociedad, auspiciando cursos, conferencias, actos culturales, artísticos, charlas, alabanzas, sermones y otras manifestaciones activas públicas o privadas, en las que se resalte el mensaje divino y misión que nos impusiera Nuestro Señor id por todo el mundo y predicad el evangelio (Marcos capítulo 15, versículo 15). c) Crear y sostener iglesias, bibliotecas y centros de reunión, escuelas, hogares de ancianos, infantiles y juveniles y, en general, centros que permitan la difusión del Evangelio, a la vez que hacer obra social en beneficio de la comunidad. d) Crear y sostener iglesias, centros de reunión, bibliotecas, escuelas, hogares de infantiles y juveniles, de ancianos, imprentas, radioemisoras, periódicos, canales de televisión, y otros medios de comunicación social que permitan difundir de palabra, por escrito, visualmente y por medios electrónicos la palabra de Dios, pudiendo para ello contratar y producir programas de prensa, radiales y televisivos. e) Procurar el desarrollo de un espíritu de comunidad y solidaridad espiritual y social entre sus miembros y simpatizantes, pudiendo auspiciar la creación de sociedades mutualistas, cooperativas u otras manifestaciones similares. f) Promover el perfeccionamiento espiritual de sus miembros y pastores creando instituciones educativas que les permitan enfrentar con mayor eficiencia la misión evangélica que se les ha encomendado. g) Como entidad religiosa observar la más completa imparcialidad política, y practicar la más estricta separación de la Iglesia y el Estado. Órganos de Administración: La organización y funcionamiento de esta entidad religiosa estará constituida por un Directorio local conformado por el Pastor. Secretario/a, tesorero/a, Mesa de Oficiales y los directorios de departamentos, y la Asamblea General que estará constituida por todos los miembros activos que cumplan tal condición. Son atribuciones del Directorio Local: a) Dirigir la Iglesia y velar por que se cumplan sus estatutos, reglamentos y las finalidades de la Iglesia. b) Administrar los bienes de la Iglesia e invertir sus recursos. c) Citar a asambleas generales, tanto ordinarias como extraordinarias, en la forma y época que señala este estatuto. d) Proponer la creación de las personas jurídicas derivadas de derecho público y de derecho privado, de acuerdo al procedimiento que se establece en el artículo quincuagésimo para el cumplimiento de los fines y objetivos de la Iglesia. e) Crear los diversos departamentos que sean necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y el cumplimiento de sus fines, así como redactar los reglamentos por los cuales se han de regir. f) Nombrar y remover los directivos y demás personal de estos departamentos. g) Establecer las comisiones que sean necesarias para el funcionamiento de la Iglesia y avance de la obra, y designar y remover sus miembros. h) Rendir cuentas a la Asamblea General, tanto de la marcha de la Iglesia, como del movimiento de sus fondos, mediante la presentación de estados financieros, que en esa ocasión se someterán a la aprobación de sus miembros. i) Cumplir los acuerdos de la Asamblea General. j) Recibir legado, donación y herencia en dinero, bienes muebles e inmuebles. k) Cumplir y hacer cumplir los estatutos jurídicos, reglamentos internos y acuerdos de las Asambleas y las leyes, como también cuidará de los beneficios espirituales, sociales y materiales de sus miembros. l) Representar a la Entidad en asuntos judiciales, lo que lo hará a través del Pastor u otro miembro que el Directorio definiere. m) Resolver la Admisión de las Entidades que soliciten ingresar como miembro de dicha Entidad Religiosa. n) Corregir los posibles daños y desórdenes graves que dañen la imagen, prestigio e intereses de la Entidad, aplicando sanciones cuando ameriten. Obligaciones del Pastor: a) Dirigir a la Iglesia Local. b) Dar consejería a todos sus miembros. c) Realizar ceremonias tales como: matrimonio (entendido este acto como la unión entre un hombre y una mujer, sustentado en lo que establece la Palabra de Dios en el libro de Marcos capítulo 10 versículos seis al nueve), santa cena, bautismos, bendiciones de niños, servicios fúnebres, etc. d) Tratar junto a la Junta de Oficiales los problemas que presenten los miembros de la Iglesia Local. e) Estará a cargo de la enseñanza doctrinaria de la Iglesia Local. f) Deberá presidir las reuniones o Asambleas de la Iglesia Local. g) Tendrá toda la facultad en conjunto con la mayoría de los miembros de la Junta de Oficiales de cesar de sus funciones a todos aquellos predicadores y presidentes de las Instituciones que no cumplieren bien sus labores designadas o cuando estos incurrieren en una falta grave que amerite su destitución. h) El Pastor en conjunto con la mayoría de los miembros de la Junta de Oficiales tendrán la facultad de expulsar a los miembros que no se sometan a la doctrina y disciplina de la Iglesia Local, sin perjuicio a lo ya mencionado en el artículo décimo primero. i) Será el representante de los miembros de la Iglesia Local para todos los fines que se requiera. Secretario y sus obligaciones: a) Tendrá a cargo la elaboración de las actas de todas las Asambleas Ordinarias realizadas en la Iglesia Local, para lo cual deberá llevar dos libros de actas, uno para las Asambleas Ordinarias y otro para las Asambleas Extraordinarias. b) Tendrá a su cargo el despacho y recibo de la correspondencia de la Iglesia Local. c) Estará encargado de realizar los registros correspondientes en los libros de: Los Miembros, Bautismos, Matrimonios, Defunciones, Bendición de Niños. El Tesorero tendrá las siguientes obligaciones: a) Se encargará de la contabilidad de la Iglesia Local, para lo cual deberá llevar un libro de registro de ingresos y egresos donde se detallarán, tanto las salidas, como las entradas de dinero y un archivo donde guardará todas las boletas, facturas y documentos que acrediten los gastos mensuales en que incurriere la Iglesia Local. b) Deberá llevar un libro de inventario de todos los bienes muebles que posee la Iglesia Local. c) Disponer de los dineros en el momento oportuno para la cancelación de los gastos comunes de la Iglesia Local, tales como: agua, luz, útiles de aseo, arriendo y compras en general. Las Mesas o Juntas Oficiales tienen por función: a) Ayudar al Pastor en la administración, organización y toma de decisiones, en cuanto a la disciplina, trabajos espirituales y materiales a desarrollarse en la Iglesia Local. b) Velar por el crecimiento espiritual de los miembros. c) Reemplazar al Pastor cuando este no pueda asistir a la Iglesia. Los directorios de Departamento tienen por función: a) Realizar todo tipo de actividades de carácter espiritual dentro y fuera de la Iglesia Local. b) Promover actividades de carácter social en beneficio de la Iglesia Local y la comunidad. La Asamblea General estará constituida por todos los miembros activos de la Iglesia, se reunirá en Juntas Ordinarias y Extraordinarias, las primeras deberán celebrarse en el primer trimestre del año, en el día y lugar que para su efecto fije el Directorio Local: las Extraordinarias, en cualquier época del año pudiendo estas últimas reformar los estatutos o acordar la disolución de la Iglesia. Demás estipulaciones en escritura pública extractada.- Concepción, 21 de febrero de 2018.




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