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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1377321 2018


(CVE 1377321)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
CENTRO DE ADORACIÓN ESPERANZA
(Extracto)
Fernando Coloma Amaro, Notario Público Titular de las Comunas San Javier y Villa Alegre, domiciliado en su oficio de calle Sargento Aldea número 2625, San Javier, certifica: Por escritura pública de fecha 9 de noviembre de 2017, Repertorio N° 1753, otorgada ante el Notario Suplente don Samuel Orellana Valdés, se redujo a escritura pública Acta Constitución Entidad Religiosa denominada Centro de Adoración Esperanza, entidad religiosa domiciliada en calle Emilio Alonso, Población San Gerónimo, comuna San Javier, Región del Maule, inscrita Registro Entidades Religiosas Ministerio Justicia con fecha 20 noviembre 2017, Número de Registro 4401. Nombre de los Constituyentes: Juan Alberto Orellana Quiroz, Rudy Braulio Pérez Osses, Pedro Alfonso Villalobos Orellana, Franchesca Estrella Herrera Jaque, Lorena del Carmen Espinace Gutiérrez, Daniel Mauricio Rodríguez Albornoz, Orlando Antonio Orellana Quiroz, Adriana Inés Villar Ávila, María Teresa Loaus Vallejos, Nancy de las Mercedes Jara Albornoz, Fernando Agustín González Muñoz, Jorge Eduardo Zagal Carrasco, Manuel Reinaldo Rojas Salgado, Rosa Cristiana Bravo Astudillo, Tabita José Quero Orellana, Gladys de las Rosas Orellana Quiroz, Evelyn Andrea Orellana Loaus, Saúl Antonio Quero Orellana, Nelly de Carmen Orellana Quiroz, Melquisedec Jesús Muñoz Bravo, Olga Aydee Gutiérrez Muñoz, Oriana del Rosario Orellana Quiroz, Pablo Antonio Andrades Villagra, Luis Alberto Espinace Maureira, Adriana Mercedes Bravo Rojas, Ana Irene Bravo Rojas, Yolanda de las Mercedes González Benavides, Rubén Enrique Orellana Quiroz, Yonny Cristian Quero Orellana, Rodrigo Alejandro Orellana Loaus. Es de la esencia de la entidad los siguientes principios fundamentales: I. Creemos en Jesucristo, autor y consumador de la fe, el Gran Yo soy, el Alfa y la Omega, principio y fin, el que es y que era y que ha de venir, el Dios Todopoderoso, Señor de señores y Rey de reyes. II. Creemos que la iglesia se constituye por una comunidad de creyentes en Jesucristo y su evangelio, bautizados sobre la base del fundamento de apóstoles y profetas siendo el cimiento principal Jesucristo mismo y que tiene como misión la Adoración a Jesucristo, la evangelización integral de su palabra, el servicio bondadoso, la comunión fraternal, la educación formadora en su medio y la denuncia profética, extendiendo su misión a todo el mundo. III. Creemos que la salvación del ser humano responde a la gracia de Dios por medio de la Fe en Jesucristo siendo esta salvación personal y comunitaria. IV. Creemos que las iglesias locales se rigen por el gobierno congregacional, que son autónomas respecto de otras iglesias o instituciones, pero que a la vez pueden asociarse libremente con otras iglesias o instituciones para la realización de proyectos especiales afines con la naturaleza de la misión cristiana en el mundo. V. Creemos en el principio voluntario respecto de la fe y de la membresía eclesial. Todo ser humano tiene el derecho inalienable de adorar a la Deidad dónde, cuándo y cómo su conciencia le dicte. La conciencia del cristiano está iluminada por los valores bíblicos de la incorruptible la palabra de Dios que vive y permanece para siempre. Esta conciencia es garantía moral a favor de toda buena costumbre social, siendo hacedores de la palabra, y no tan solamente oidores. VI. Sustentamos el principio de la autonomía de la Iglesia respecto del Estado, y del Estado respecto de la Iglesia. El Estado es una institución legítima, que vela por el orden, la justicia y la salud de la sociedad temporal; la Iglesia es una sociedad organizada, que evangeliza y educa sobre la base de su la fe, según el evangelio de Jesucristo. La entidad Centro de Adoración Esperanza tiene por objeto: a) Predicar y divulgar las enseñanzas del Evangelio del Señor Jesucristo, según lo establecido en la Biblia, la Palabra de Dios escrita; b) Promover un conocimiento y relación personal íntima de cada miembro con Dios, por medio de la oración y la adoración, así como el estudio y la obediencia a su Palabra; c) Desarrollar el ejercicio libre de su propio ministerio, practicar el culto a Dios, celebrar reuniones de carácter religioso y fundar y mantener lugares para esos fines; d) Comunicar y difundir, por escrito o por cualquier medio, su propio credo y la manifestación de su doctrina; e) Fundar, mantener y dirigir institutos de formación y de estudios teológicos o doctrinales, como también instituciones educacionales, de beneficencia o humanitarias; f) Crear, participar, patrocinar y fomentar asociaciones, corporaciones y fundaciones, para la realización de sus fines; g) Promover el bienestar espiritual, la unión y el desarrollo integral de sus miembros y sus familias en todas las áreas de su vida, entre otras: Desarrollo social, educacional, económico, laboral, de salud y formas de vida saludables, de relaciones familiares y matrimoniales, así como el bien común de la congregación y la comunidad; h) Interpretar y expresar los intereses de sus miembros a través de acciones sociales, intelectuales, artísticas, deportivas, culturales, ambientalistas, comunitarias, educacionales y eclesiásticas que sean acordes a su finalidad; i) Los demás que determine la Asamblea General. Órganos de administración, atribuciones y número miembros: Son órganos de administración de la entidad Centro de Adoración Esperanza: 1) Las Asambleas Generales: La Asamblea General representa al conjunto de los miembros de la Iglesia y se compone por la totalidad de los miembros de la iglesia. La Asamblea General Ordinaria conocerá de la presentación que realice el Presidente del Directorio en relación al balance, inventario y memoria del ejercicio anterior de la Iglesia y de cualquier asunto relacionado con intereses sociales. La Asamblea General Extraordinaria conocerá exclusivamente de las materias señaladas en el artículo 12 de los Estatutos de la entidad contenidos en escritura pública extractada. 2) El Directorio: Al Directorio le corresponde la administración y dirección superior de la Iglesia. Está formado por cinco miembros activos que se desempeñan en las siguientes funciones: a) Presidente, función ejercida por el Pastor Líder, quien represen judicial y extrajudicial a la entidad; b) Secretario; c) Tesorero General; d) Director Auxiliar de Tesorería; e) Director Auxiliar de Secretaría. Serán atribuciones y deberes Directorio: a) Dirigir la Iglesia y velar que se cumplan sus Estatutos y finalidades; b) Administrar bienes pertenecientes a la entidad e invertir sus recursos; c) Citar a Asambleas Generales, tanto Ordinarias como Extraordinarias en forma y época que señalan los estatutos; d) Redactar circulares necesarias para el mejor funcionamiento administrativo de la Iglesia y de los diversos grupos de trabajo; e) Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha de la Iglesia, como de inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario, la que se someterá a la aprobación de sus miembros activos; f) Preocuparse de la organización y dirección de la Iglesias hijas o campus dependiente de esta. El nombramiento, facultades y demás atribuciones de los cinco miembros que conforman el Directorio de la Entidad Centro de Adoración Esperanza, esto es, Presidente, Secretario, Tesorero General, Director Auxiliar de Tesorería y Director Auxiliar de Secretaría constan plenamente en el Título Tercero, Sección Segunda, artículos 18 al 31 de los Estatutos de la entidad contenidos en la escritura extractada. Los Estatutos de la entidad se encuentran contenidos en escritura pública de fecha 09 noviembre 2017, anotada en el Repertorio de Escrituras Públicas bajo el número 1753 del año 2017, autorizada por Samuel Orellana Valdés, Abogado, Notario Suplente del Titular de las comunas de San Javier y Villa Alegre, don Fernando Coloma Amaro, con oficio en calle Sargento Aldea N° 2625, Comuna de San Javier, complementada por escritura pública de fecha 09 de febrero de 2018, anotada en el Repertorio de Escrituras Públicas bajo el número 221 del año 2018 y autorizada por Patricio Muñoz Leyton, Abogado, Notario Suplente del Titular de las comunas de San Javier y Villa Alegre, don Fernando Coloma Amaro. Demás estipulaciones escritura extractada.- San Javier, 23 de marzo de 2018.




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