GobiernoTransparente

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1391664 2018


(CVE 1391664)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA EVANGÉLICA RESTAURACIÓN Y FE EN JESUCRISTO
(Extracto)
Francisco José Hollmann Ovalle, Notario Público Titular de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera 5382, certifico: Con fecha 11 de noviembre de 2016, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Constitución de Entidad de Derecho Público, celebrada con fecha 30 de mayo de 2016, modificada por Acta de Directorio de 19 de diciembre de 2016, reducida a escritura pública con fecha 14 de febrero de 2017 ante mí, cuyo extracto es el siguiente: Nombre:Iglesia Evangélica Restauración y Fe en Jesucristo. Domicilio: Arturo Alessandri N° 6083, comuna Pedro Aguirre Cerda, Santiago. Registro Público: Inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia bajo el N° 4.164, fecha 3 de marzo de 2017. Constituyentes: Presidente:Pastor César Antonio Riveros Baeza. Vicepresidente: Luis Guillermo Riveros Pozo. Secretaria:Jeanette del Carmen Baeza Vásquez. Tesorera: Jessica Pamela Lefian Contreras; Primer Director: Luis Mauricio Riveros Baeza; Segundo Director: Bernarda Eugenia Soto Zúñiga;Tercer Director: Rosa Trinidad Oporto Sepúlveda.- Principios y doctrinas: La difusión del mensaje del Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo, de acuerdo a lo prescrito en las Sagradas Escrituras, dirigida a una formación cristiana integral de todos sus miembros. También tendrá como objeto realizar trabajos sociales de reinserción en medio de personas adictas a drogas y alcohol, más toda clase de actividades educacionales, tanto en favor de sus miembros como a favor de personas ajenas a esta Entidad.- Órganos de administración y atribuciones: Directorio:Compuesto de Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y tres Directores. Directores: a)Integrar las comisiones de trabajo que acuerde designar el Directorio o la Asamblea General, b)Asistir con puntualidad y regularidad a las sesiones del Directorio y a las Asambleas Generales;c) Cooperar al cumplimiento de los fines de la Corporación y a las obligaciones que incumben al Directorio, y d) En los casos de ausencia del Presidente, presidir las sesiones del Directorio o de las Asambleas Generales previa designación de entre los Directores presentes, hecha en la misma sesión o Asamblea a requerimiento del Secretario. Presidente: a) Presidir sesiones Directorio y Asambleas Generales. b) Fiscalizar la marcha de la Institución; c) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Directorio y de las Asambleas Generales y las disposiciones de los Estatutos y de los Reglamentos; d) Firmar juntamente con el Tesorero los cheques, balances y, en general, todos los documentos relacionados con el movimiento de fondos de la Corporación; e) Firmar juntamente con el Secretario toda la correspondencia oficial de la institución; f) Resolver cualquier asunto urgente que se presente y dar cuenta de ello en la primera sesión de Directorio para los efectos de ratificación de lo actuado, y g) Controlar la constitución y funcionamiento de las comisiones de trabajo. Vicepresidente: Subrogará en su cargo, funciones y atribuciones al Presidente en caso de ausencia o impedimento de este. Secretario: a) Desempeñarse como ministro de fe en todas las actuaciones en que le corresponda intervenir y certificar como tal la autenticidad de las resoluciones y acuerdos del Directorio y de la Asamblea General; b) Redactar y despachar, bajo su firma y la del Presidente toda la correspondencia relacionada con la Corporación; c) Llevar al día el archivo de toda la documentación de la institución, d) Contestar personalmente y dar curso a la correspondencia de mero trámite; e) Tomar las actas de las sesiones del Directorio desde las Asambleas Generales, redactarlas, incorporarlas a los libros respectivos, bajo su firma y certificar la ausencia o impedimento del Presidente para su subrogación. Tesorero: a) Rendir Fianza a satisfacción del Directorio al hacerse cargo de sus funciones de conformidad con las disposiciones del Reglamento. Los gastos de constitución de la garantía serán de cargo de la Corporación; b) Llevar al día los libros de Contabilidad de conformidad a lo que dispongan los reglamentos al respecto; c) Mantener depositados en cuentas corrientes en la Institución bancaria que acuerde el Directorio, los fondos de la Entidad; d)Efectuar juntamente con el Presidente, todos los pagos, cancelaciones relacionadas con la Entidad, debiendo al efecto firmar cheques, giro y demás documentos necesarios; e) Organizar la cobranza de cuotas y de todos los recursos de la Corporación; f) Exhibir a las comisiones correspondientes todos los libros y documentos relacionados a la Tesorería que le sean solicitados para su revisión y control; g) Presentar en forma extraordinaria, cada vez que lo acuerde el Directorio, o la Asamblea General y anualmente a la Asamblea General Ordinaria un balance general de todo el movimiento de la Corporación durante el período; h) Llevar el inventario de los bienes de la institución. Demás estipulaciones en estatutos contenidos en escritura extractada.- San Miguel, 5 de septiembre de 2017.




VolverTamaño de Fuente