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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1406153 2018


(CVE 1406153)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA EVANGÉLICA PENTECOSTAL NUESTRO SEÑOR EL ALFARERO
(Extracto)
Jaime Bernales Valenzuela, Notario titular 2 a Notaría Rancagua, domiciliado en calle Bueras 359, Of. 102, certifico: que por instrumento privado del 10 de noviembre de 2016, reducido a escritura pública ante mí el 1 de febrero de 2017, y rectificatoria del 20 de febrero de 2018, los siguientes mencionados, Juan Francisco Oyarce Bustos, Samuel Elías Yáñez Vásquez, Nilza Verónica Berrios Carreño, Alejandro Enrique Pailahueque Maripe y Mariana Andrea Pozo Riquelme, constituyeron Entidad Religiosa de Derecho Público denominada Iglesia Evangélica Pentecostal Nuestro Señor el Alfarero, registro 4189 del 7 de abril de 2017, domiciliada en pasaje Til Til número 01267, población René Schneider Rancagua, Región del Libertador Bernardo O‘Higgins. Elementos esenciales, fundamentos y principios: Divulgar la doctrina cristiana evangélica y la Palabra de Dios establecida en la Santa Biblia procurando que sus miembros se sujeten a dichas enseñanzas y las practiquen, de tal manera que cada uno testifique con su vida a Cristo como Señor y Salvador, pudiendo realizar ceremonias, prédicas, cultos, y otras manifestaciones activas públicas o privadas en las que se resalte el Mensaje Divino y misión que nos impusiera Nuestro Señor, fundándose en principios Bíblicos tales como: que Dios es uno y trino, infinito, eterno e inmutable en su ser, sabiduría, poder, santidad, justicia, bondad y verdad. La administración de la Iglesia estará a cargo del Pastor de la misma, con las siguientes Atribuciones: Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; Presidir y convocar a conferencia ordinaria y extraordinaria; Ejercer la dirección y administración de la Iglesia, velando por el cumplimiento de sus estatutos; Nombrar las comisiones de trabajo; Dar cuenta anualmente en conferencia ordinaria de la marcha de la institución; y las demás que determinen estos Estatutos. Rancagua, 3 de mayo de 2018.




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