GobiernoTransparente

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1410626 2018


(CVE 1410626)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA EVANGÉLICA PENTECOSTAL MONTE HOREB
(Extracto)
Juan Roberto Arias Garrido, Notario Público Titular y Archivero Judicial de Talcahuano, con oficio en calle Covadonga N° 55, de esta ciudad, certifica: Ante mí se constituyó la persona jurídica de derecho público de acuerdo a la ley N° 19.638, por escritura de 19 de enero de 2018, cuyo extracto es el siguiente: a. Nombre y Domicilio: Iglesia Evangélica Pentecostal Monte Horeb, con domicilio en calle 6 Poniente N° 825, Población El Roble, Chillán, Provincia de Ñuble, Octava Región; b. Registro Público: Se encuentra inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia bajo el N° 4.478, de fecha 12 de febrero de 2018; c. Constituyentes; Cristian Pablo Meza Contreras, Carmen Luz Venegas Seguel, Elena del Carmen Suazo Sáez, Rubén Marcos Espinoza Romero, Juan Antonio Romero Cerda, Ana María Ortega Gatica, Elizabeth Macarena Venegas Toledo, Paula Katherine Aguilera Venegas, Cristian Pablo Meza Venegas, Paul Ángel Romero Lagos; d. Son elementos esenciales que la caracterizan, fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa: La Biblia es la Palabra de Dios; Que hay un solo Dios manifestado en tres personas: Padre, Hijo y Espíritu Santo; Que Jesucristo es verdadero Dios y verdadero hombre; Que la salvación se obtiene por el arrepentimiento y la fe en el perdón que Dios da por medio de Jesús; Que el Espíritu Santo mora en el creyente; Que la iglesia está formada por aquellos que han nacido de nuevo y son obedientes a la Palabra; Que el arrebatamiento de la Iglesia ocurrirá cuando Jesucristo regrese por los cristianos; Que su Segunda Venida traerá paz y cumpliendo las promesas hechas a Israel, hechas en el Antiguo Testamento; Que todas las personas resucitarán unas para vida junto a Dios y otras a juicio y separación de Él; Que la iglesia tiene dos ordenanzas, bautismo por inmersión y la Santa Cena; Que la sanidad divina se recibe por fe, y que el matrimonio es solamente entre un hombre y una mujer; e. Para el cumplimiento de sus fines la Iglesia podrá: Predicar el Evangelio de Jesucristo y defender el Reino de Dios; Ser una Iglesia religiosa, educacional y caritativa de fieles, dirigida por un Pastor, Predicar el Evangelio de Jesucristo, Ser una Misión de fieles predicadores, Propender a fundar escuelas, institutos de carácter social y de beneficencia, templos, hospitales, asilos u otros, sujetándose en todo a las leyes chilenas y a estos Estatutos, así como a las Ordenanzas Internas en lo religioso; Difundir la fe en forma impresa, digital y audiovisual, estableciendo imprentas, radioemisoras, canales de televisión y así contribuir a la formación integral de sus miembros y de la sociedad en general; Promover el desarrollo de los pastores y miembros de la Iglesia, fortalecimiento de los principios bíblicos, la unidad, la comunión, la convivencia y la búsqueda del bien común de todos; Representar y asumir la defensa de pastores y de las congregaciones locales de nuestra Iglesia cuando agentes del Estado o particulares coarten, desconozcan o impidan el libre ejercicio de la proclamación del Evangelio, garantizado por las leyes de la República, y procurar el bienestar de sus miembros, en logros para ellos o a quienes representan, provengan estos del Estado, del Municipio, entidades privadas o personas naturales, nacionales o extranjeras; f) Duración: Será indefinida; g) Los órganos de administración que regulan su actuar, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son los siguientes: (uno) Las Asambleas Generales que son la primera autoridad, la que será ordinaria y extraordinaria, tendrán derecho a voz y voto todos los miembros de la Entidad y representa al conjunto de los miembros; (dos) El Directorio, quien administra la iglesia a través de 5 miembros, duran 3 años en el cargo y dirigen, ordenan y administran los fondos, dictan los reglamentos, aceptan o rechazan a postulantes a miembros de la iglesia y otras materias que tengan que ver con el buen funcionamiento de la iglesia, acordadas en la Asamblea General, y (tres) Los Pastores y la Junta Oficial de cada congregación; g) El Directorio: Presidente: Cristian Pablo Meza Contreras, Vicepresidenta: Carmen Luz Venegas Seguel, Secretaria: Elena del Carmen Suazo Sáez, Tesorero: Rubén Marcos Espinoza Romero y Director: Juan Antonio Romero Cerda; h) Disolución: Acordada la disolución, sus bienes pasarán a la entidad religiosa denominada Iglesia El Poder del Evangelio de Chile, Registro Público N° 02736, del 20 de julio de 2012.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Talcahuano, mayo 18, 2018.




VolverTamaño de Fuente