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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1437236 2018


(CVE 1437236)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA PENTECOSTAL BONDAD DE DIOS
(Extracto)
María Loreto Zaldívar Grass, Notario Interino 18° Notaría Santiago, Bandera N° 341, of. 857, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 13 de febrero de 2018, ante mí y en mi calidad de Notario Suplente de don Patricio Zaldívar Mackenna, titular de la 18° Notaría de Santiago, mismo domicilio antes señalado, se redujo a escritura pública acta constitución y estatuto entidad religiosa denominada Iglesia Pentecostal Bondad de Dios, complementada por escritura de fecha 14 de mayo de 2018, ante mí, en mi calidad de Notario Interino: inscrita Registro Entidades Religiosas Ministerio de Justicia 22 febrero 2018. Registro 4.486. Constituyentes: Hernán O‘Higgins Soto Nilo. Desiderio Eduardo Muñoz Recabarren. Bernardita de Lourdes Venegas Castro. Samuel Ernesto Huerta Contreras. Celinda Rosa Gaete Gaete. Marta Francisca Alvayay Gaete. Alfonso Elías Milchio Milchio. Nadine Romulus Bonheur. Yasna Carolina Villalobos Fuentes. Miriam Elizabeth Fuentes Rivas. María Eugenia Villalobos Fuenzalida. Andrea del Carmen Villalobos Fuentes. Miguel Ángel Sandoval Morales. Fernando Eliazar Moyano Cáceres. Pamela Andrea Muñoz Venegas. José Luis Lazo Jaque. Eliana del Carmen Bravo Navia. Carlos Armando Hinojosa Castillo. Juana Luisa Orellana Guzmán. Millaray Estefanía Villalobos Fuentes. Valeska Andrea Burdiles Espíndola. Johanna Elizabeth Villalobos Fuentes. Jorge Iván Villalobos Fuenzalida. Jaime Francisco Silva Camus. María Luz Villar Villar y Maxine Matías Casimir. Fundamento Declaración de fe Efesio 4:32. Antes sed benignos unos con otros, misericordiosos, perdonándose unos a otros, como Dios también os perdonó a vosotros en Cristo. Elementos esenciales: Orientar a los hermanos con el propósito de experimentar el amor y la gracia de Dios. Enfatizar la importancia de la relación interpersonal como medio de comunicar el evangelio de salvación. Objetos Iglesia: a) El ejercicio libre de su propio ministerio, practicar el culto, evangelizar, celebrar reuniones de carácter religioso y fundar y mantener lugares para esos fines; b) La comunicación y difusión, de palabra, por escrito o por cualquier medio, de su propio credo y la manifestación de su doctrina: c) La fundación, mantención y dirección de institutos de formación para estudios teológicos o doctrinales, instituciones educacionales, de beneficencia o humanitarias; d) Los demás, que determine la Asamblea General. Órganos de administración, atribuciones y número miembros. Dirección superior Iglesia Asamblea General compuesto totalidad de miembros iglesia. Será ordinaria o extraordinaria. Las Ordinarias deberán celebrarse mes de noviembre. Las Asambleas Generales Extraordinarias se celebrarán cada vez que el Directorio acuerde convocar a ellas por estimarlas necesarias para la marcha de la Institución o cada vez que la soliciten al Pastor de la Iglesia, por escrito, un tercio de los miembros, indicando el objeto de la convocatoria. En Asamblea General Ordinaria se presentará balance, inventario y memoria ejercicio anterior y se procederá a elecciones determinadas en los Estatutos, además, podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses sociales, a excepción de los que corresponden exclusivamente a las Asambleas Generales Extraordinarias. En Asambleas Extraordinarias podrán tratarse únicamente las materias para las cuales fueron convocadas. Cualquier acuerdo que se tome sobre otras materias será nulo. Corresponde exclusivamente a la Asamblea General Extraordinaria tratar las siguientes materias: a) De las reformas de los Estatutos de la Iglesia; b) De la disolución de la Iglesia; c) De las reclamaciones presentadas en contra de los Miembros del Directorio para hacer efectivas las responsabilidades que por la Ley o los Estatutos les correspondan; y d) De las adquisiciones, hipotecas y rentas de los bienes de la Iglesia. Directorio. Al Directorio le corresponde la administración y dirección superior de la Iglesia, en conformidad de los Estatutos. Estará formado por 4 miembros activos y será presidido por el Pastor de la Iglesia. Directorio, en su primera sesión, deberá designar, por lo menos, al encargado de finanzas y al secretario del Directorio, de entre sus miembros. El Pastor de la Iglesia, será también presidente del Directorio y representará judicial y extrajudicialmente a la primera, teniendo las demás atribuciones que estatutos le señalen. Son atribuciones y deberes del Directorio: a) Dirigir la Iglesia y velar porque se cumplan sus Estatutos y finalidades; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; c) Citar a asambleas Generales de miembros activos, tanto Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que señalan estos estatutos; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos grupos de trabajo que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de los Concilios Generales; e) Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha de la Iglesia en lo espiritual, como de la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros activos; f) Preocuparse de la organización y dirección eclesiástica de cada Iglesia o circuito dependiente de la Iglesia; y g) Dictar los reglamentos internos de las Iglesias y grupos caseros, con acuerdo de cada Iglesia y grupo casero y aprobación final de la Asamblea General. Deberes específicos miembros Directorio, siguientes: Secretario: Le corresponde participar de todas las reuniones del Directorio y en todo lo relacionado con el desarrollo de la Iglesia a nivel Nacional como Ministro de fe y tiene las funciones siguientes: a) Redactar y protocolizar todas las actas y documentos de secretaría; b) Conservar bajo su custodia los libros de actas y comunicar sus acuerdos a cada miembro activo. c) Recibir y despachar correspondencia del Directorio y enviar las citaciones que le encomendare éste. Del Tesorero: como miembro del Directorio, le corresponderá participar en todas las reuniones de éste y todo lo que esté relacionado con la marcha administrativa superior de la Iglesia, tendrá las siguientes funciones: a) Llevar un libro de caja general de entradas y salidas de la Iglesia; b) Recibir y depositar los dineros de la Iglesia en una Institución Bancaria; c) Organizar, vigilar y responder de la Contabilidad de la tesorería; d) Firmar junto con el Presidente los giros o egresos de la tesorería central; e) Presentar a la Conferencia Anual todo el movimiento financiero de la Iglesia por escrito, con la aprobación de los miembros del Directorio y cumplir con todo lo que se le encomiende relacionado con sus funciones. De los directores: son deberes de estos cooperar en la dirección de la Iglesia y asumir todas las funciones que el Directorio le encomienda y deberán asistir a todas las reuniones y para el mejor cumplimiento de las responsabilidades de la Iglesia y desafíos podrá el Directorio formar las comisiones que estime conveniente tales como: comisión revisora de cuentas, comisión revisora de títulos, comisión de ética y otras. Pastor de la Iglesia. Corresponde especialmente al Pastor de la Iglesia: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; b) Presidir las reuniones del Directorio y de las Asambleas Generales de miembros; c) Convocar a Asambleas Ordinarias o Extraordinarias cuando corresponda de acuerdo a los estatutos; d) Ejecutar los acuerdos del Directorio, sin perjuicio de las funciones que los estatutos encomienden a otros funcionarios que designe el Directorio; e) Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general anual de actividades de la Iglesia. Este plan deberá ser presentado en la primera Asamblea anual que realice el Directorio y una copia del mismo se deberá hacer llegar a cada miembro del Directorio, con a lo menos tres días de anticipación a la fecha de la sesión en que se debatirá y aprobará. El Directorio, por mayoría de votos, podrá hacer modificaciones a este plan y deberá continuar sesionando hasta que se alcance el acuerdo; f) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la Iglesia; g) Nombrar las Comisiones de Trabajo que estime convenientes; h) Firmar la documentación propia de su cargo y aquellas en que deba representar a la Iglesia; i) Dar cuenta anualmente en las Asambleas Generales, de la marcha de la iglesia y del estado financiero de la misma; y j) Las demás atribuciones que determinen Estatutos y los reglamentos. Santiago, 24 de julio de 2018.




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