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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1463767 2018


(CVE 1463767)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA METODISTA PENTECOSTAL NUEVO REMANENTE DE FLORIDA
(Extracto)
1. En Florida, 20 agosto 2017, se efectuó asamblea constitutiva persona jurídica derecho público Iglesia Metodista Pentecostal Nueva Vida en Cristo, hoy Iglesia Metodista Pentecostal Nuevo Remanente de Florida, en adelante la Iglesia. 2. Domicilio principal: Los Arrayanes 71, Población El Esfuerzo, comuna de Florida. 3. El 20 marzo 2018, el Ministerio de Justicia asignó a la Iglesia N° 4508 del Registro Público de Iglesias, confesiones e instituciones religiosas. 4. Asistieron asamblea constitutiva y firmaron acta respectiva: José Ascencio Suárez, Luis Vera Pino, José Ascencio Espinoza, José Espinoza Ramos, Nancy Espinoza Peña, Ramona Peña Fuentealba, Luz Espinoza Peña, Sonia Ojeda Huichicoy, Elisa Díaz Venegas y Lorena Vera Pino. 5. Principios o artículos de fe: i. Hay un Dios Trino: Padre, Hijo y Espíritu Santo, ii. Jesucristo, único Salvador de la Humanidad, es Hijo de Dios, murió en la Cruz del Calvario y resucitó al tercer día, ascendió al cielo y está a la diestra del Padre para interceder ante Él por los que le invoquen en espíritu y en verdad, iii. Las Sagradas Escrituras son nuestra única regla de fe y conducta, iv. Se reconoce como Sacramentos: El Bautismo por aspersión para arrepentimiento; el Bautismo de los niños para consagración; la Santa Cena instituida por el Señor, v. El Bautismo del Espíritu Santo es un revestimiento de poder para servir al Señor y cumplir con el mandato de evangelizar y discipular a los creyentes. vi. Creemos en la resurrección de los muertos y en la Segunda Venida de Cristo; y en la Justificación por la Fe en Jesucristo y no por las obras de la Ley. 6. Órganos de administración (principales) a. Obispo. Es la máxima autoridad espiritual de la Iglesia y presidirá de pleno derecho el Directorio y las Conferencias. Durará diez años en funciones, pudiendo ser reelecto indefinidamente. Mientras no se designe Obispo, todas sus funciones serán ejercidas por el Presidente. b. Conferencias, son reuniones de todos los miembros de la Iglesia. En ellas se tratarán todas las materias que dispongan el estatuto o que determine el Directorio. Las Conferencias serán anuales y extraordinarias. La Conferencia Anual se reunirá en el lugar y fecha que el Directorio determine. Las Conferencias Extraordinarias se efectuarán, a requerimiento del Obispo, del Directorio o de la mayoría absoluta de los miembros de la Iglesia. En las Conferencias extraordinarias sólo podrán tomarse acuerdos relacionados con los asuntos indicados en la citación. c. Directorio: Está integrado por cinco miembros: El Obispo, un Secretario, un Tesorero y dos directores. El Obispo designará al Secretario y Tesorero del Directorio. Los restantes serán electos por la Conferencia Anual, por mayoría simple de votos. El Obispo durará diez años en funciones y los integrantes demás del Directorio dos años en funciones. Atribuciones: a) Colaborar con el Obispo en la dirección superior de la Iglesia; y b) Administrar la Iglesia y organizar todo lo relacionado con su situación económica y financiera. 7. Acta constitución reducida escritura pública, 5 marzo 2018 y modificación de estatutos, 12 junio 2018, ambas otorgadas en la Notaría de don Ramón García Carrasco, domiciliado en Rengo 444, Concepción.




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