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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1466978 2018


(CVE 1466978)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA LA GRAN COMISIÓN
(Extracto)
Por Escritura Pública 12 enero 2012 ante Notario Jorge Elías Tadres Hales, Temuco, se redujo a Escritura Pública Acta Constitución de 14 noviembre 2011 Iglesia La Gran Comisión, rectificada y complementada Acta 4 noviembre 2013, reducida escritura pública ante mismo notario 30 diciembre 2013, domiciliada en calle San Matías sitio número dieciocho, Villas Copihues de Labranza, comuna de Temuco, Inscrita 18 abril 2012, Registro N° 2654 Ministerio de Justicia.- Constituyentes: José Patricio Álvarez Villarroel, Jorge Alejandro Álvarez Villarroel, Pedro Arnoldo Álvarez Villarroel, Verónica Solange Carvajal Negrete, Carmen Orfelina, Curaqueo Dugolef, María del Carmen Canío Curaqueo, Andrea Alejandra Arriagada Soto, Lorena Cecilia Iturra Figueroa, Liliana Iturra Figueroa, Jacquelin Waleska Jara Rodríguez, Orlando Enrique Prado Ortiz, Oscar Fabián Ponce Cifuentes, Marjorie Rosset Fuentes Sanhueza, Carol Eugenia Alvarado Vásquez, Gladys Amy Rodríguez Arias, Ingrid Susana Morales Medel, Jova Medel Cuevas.- Conforme Ley 19.638. Elementos esenciales, principios básicos y objeto están contenidos en artículo 3° y son: Certeza y convicción de la existencia de un solo Dios existente eternamente en tres personas, El Padre, El Hijo y El Espíritu Santo. El hombre fue creado a imagen de Dios pero pecó trayendo sobre sí la muerte física y espiritual, más todos quienes reciben por fe a nuestro Señor Jesucristo son salvos eternamente.- Sus objetivos principales son los de ganar almas para Cristo que se encontraren pérdidas.- Velará por mejoramiento moral, intelectual, y social de sus miembros y simpatizantes. La Iglesia La Gran Comisión, manifiesta que contrarían los principios de la fe que sustenta, la existencia de grupos sectarios, personalistas que atenten contra la libertad religiosa, personal, contra la unidad de la familia, la unidad y fidelidad en el matrimonio, la salud, seguridad física y síquica de las personas.- Es deber de todos sus miembros combatir y denunciar actos de corrupción, abuso administrativo y religioso y en especial los que arriesguen la salud física y síquica de menores e incapaces.- La Administración corresponde al Directorio cuyas atribuciones y la de sus integrantes están señaladas para cada cargo en su estatuto aprobado. Certifica extracto Notario Jorge Elías Tadres Hales.- Antonio Varas N° 976, Temuco. Temuco 12 septiembre 2018.




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