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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1469086 2018


(CVE 1469086)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MINISTERIO PENTECOSTAL INTERNACIONAL DIOS DE LOS EJÉRCITOS
(Extracto)
Juan Carlos San Martín Molina, Notario Público Titular Primera Notaría de Coyhaique, oficio en calle 21 de Mayo 551, certifica: Por escritura de 24 de abril de 2018, ante mí, se redujo a escritura pública, el acta de constitución y aprobación de estatutos de la entidad religiosa de derecho público Ministerio Pentecostal Internacional Dios de los Ejércitos anotada en el Repertorio N° 1214-2018, y fue complementada por escritura pública de 25 de julio de 2018, anotada en el Repertorio N° 2297-2018, cuyo extracto es el siguiente: Nombre y domicilio: Ministerio Pentecostal Internacional Dios de los Ejércitos, domicilio calle Divisadero N° 1920, Coyhaique, sin perjuicio de que pueda desarrollar sus actividades en otros lugares del país. Fecha y N° de Registro: Inscrita en el Registro Público de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos bajo el N° 4560 de fecha 14 de mayo de 2018. Constituyentes: Eugenia Necul M., Lindana Cayul, Nephi Vega Jiménez, Margarita Guineo Mercado, Juanita Millacahuin Guinao, Marta Inés Güeicha Díaz, Mauricio Ruiz Henríquez, Luisa Ivone Rogel Maldonado, María Igor Chiguay, Luz Sandaña Bustos, Pedro Lepio Ch, Germán Guarategua A., Arturo Cristian Paredes M., Francisca Huenchur Q. María Isabel Águila B, Antonio Enrique Ruiz M. Manuel Quiñel Bórquez, Elisabet Ñancupel Saldivia, Juana Mariman Nahuelquin, Paz Quedimán Millalonco, Ida del Carmen Henríquez Lepio, Eliecer Torres Mercado, Osvaldo Rogel Quintul, Carmen San Martín Calderón, Carlos Elian Jaramillo C., Yanet Acevedo Gavilán, Daniela Quedimán M. Alicia Peña Millalonco, Natalia Peña Millalonco, José Silva Ruiz, Remolcoy Mancilla Erwin, Juan Quedimán Aguilar, Marta Millalonco Rain, María Teiguel Levican, Gricelda Cabezas Millaqueo, Claudia Chiguay Peña, Gonzalo Fuenzalida Cid, Juan Maldonado Ruiz, María Millalonco Rain, Juan Ñancul Manquemilla, Marcia Santana Castillo, Ismenia Mancilla Ojeda, Jaqueline Jerez Moya. Elementos esenciales, fundamentos y principios en que sustenta la fe que profesa: Dios único, creador y Señor del universo, existente eternamente, auto manifestado en tres personas, El Padre, El Hijo y El Espíritu Santo; Jesús de Nazaret, Jesucristo, es efectivamente el Cristo, el Mesías, anunciado en el antiguo testamento, concebido por el Espíritu Santo, nacido de la Virgen María, Dios manifestado en carne, vivió sin pecado, agradó al Padre en todo, murió en la cruz del calvario en sustitución de la humanidad, derramando su sangre para expiación de los pecados del mundo y redención de la humanidad, sepultado, resucitó al tercer día, se sentó a la diestra de Dios, Verdadero Dios y verdadero Hombre; las Sagradas Escrituras o la Biblia, tanto Antiguo como Nuevo Testamento, son registro inspirado e infalible de la revelación de Dios para el hombre, cuyo contenido es Jesucristo y cuyo intérprete es el Espíritu Santo dado a la iglesia; y que son, así entendidas, regla suprema de fe y conducta; Jesucristo, es el Hijo de Dios que vino al mundo para salvar a los pecadores, entendiendo que la humanidad entera cabe dentro de esta consideración, siendo perdonados de todos sus pecados gratuitamente, por el sacrificio expiatorio de Jesucristo en la cruz, quienes aceptan tal hecho, recibiéndole y creyendo en Él; El mismo Jesús que ascendió y fue recibido arriba en el cielo, volverá a la tierra y reinará sobre ella. Creemos, asimismo, que un día todos los hombres tendrán que dar cuenta a Dios el Creador, por la forma en que vivieron sus vidas presentes; En el matrimonio ordenado por Dios entre un hombre y una mujer; En el Ungimiento a pastores; La justificación; Transformación de nuestro cuerpo; En el infierno; Arrebatamiento; Lago de Fuego; Bautismo en agua por inmersión. La entidad tiene por finalidad proclamar y difundir la palabra del Señor Jesucristo, como se encuentra en las Sagradas Escrituras, con el fin de que todos los seres humanos la conozcan y poniéndola en práctica, alcancen la vida eterna. Que es una entidad que no persigue fines de lucro ni sindicales, no pudiendo desarrollar bajo ninguna forma actividades político partidario ni propagar ideologías políticas partidistas de ninguna clase. Para el cumplimiento de sus objetivos la entidad religiosa podrá: Difundir el evangelio, mediante predicas, charlas, conferencias, libros, folletos, revistas y todo otro tipo de medio audiovisual; Preparar y sostener predicadores y Pastores; Levantar y mantener templos y lugares destinados al culto como también escuelas bíblicas, refugios de desamparados y centros de ayuda social; Realizar campañas de evangelización, salvación, sanidad divina, derramamiento del Espíritu Santo, bautismo en aguas por inmersión, Santa cena, lavamientos de pies, presentación de infantes, casamientos y demás actividades religiosas evangélicas; Visitar cárceles, hospitales, asilos y hogares de menores y llevar consuelo espiritual y ayuda material; Promover y desarrollar programas de orientación y asistencia socioeconómica, proporcionando ayuda a personas necesitadas, huérfanos y viudas, rehabilitando personas marginadas, como drogadictos, alcohólicos, convictos y ex convictos; Promover la educación tanto cristiana como secular creando y manteniendo, institutos bíblicos, jardines infantiles, colegios de enseñanza básica, media y superior; Promover valores culturales, éticos y religiosos, creando bibliotecas, editoriales, radioemisoras, publicaciones y todo otro medio oral, visual o escrito que sirva para cumplir los propósitos señalados; Promover y practicar la fraternidad entre miembros de la Iglesia y entre todos los hombres de buena voluntad. Órganos de administración, atribuciones y número de miembros que la componen: Directorio General compuesto de 5 miembros, que durarán 4 años en sus funciones pudiendo ser reelegidos indefinidamente, le corresponde la administración y dirección superior de la entidad religiosa en conformidad a los estatutos y a los acuerdos de las Asambleas Generales. Atribuciones y deberes: Dirigir la entidad Ministerio Pentecostal Internacional Dios de los Ejércitos y velar porque se cumplan sus estatutos y las finalidades perseguidas por ella. Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos. Crear toda clase de ramas, sucursales, filiales, anexos, oficinas y departamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la entidad. Redactar los reglamentos necesarios para la entidad y las ramas y organismos que se creen para el cumplimiento de sus fines, y someter dichos reglamentos a la aprobación de la Asamblea General, como asimismo todos aquellos asuntos y negocios que estime necesario. Cumplir los acuerdos de la Asamblea Generales. Rendir cuenta en la Asamblea General Ordinaria del año, tanto de la marcha de la institución como de la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario que en esa ocasión se someterán a la aprobación de sus miembros. Calificar las imposibilidades de sus miembros para desempeñar el cargo a que se refiere el artículo veintiuno. Pronunciarse acerca de las medidas disciplinarias aplicables a los miembros que incumplan sus obligaciones en conformidad a lo estipulado en el artículo nueve de estos estatutos. Como administrador de los bienes sociales está facultado para comprar, vender, permutar, dar y tomar en arrendamiento y administración, ceder y transferir toda clase de bienes muebles y valores mobiliarios; dar y tomar en arrendamiento bienes inmuebles; constituir, aceptar, posponer y cancelar hipotecas, prendas, garantías, servidumbres y prohibiciones de gravar y enajenar sobre bienes raíces, otorgando cancelaciones y recibos por un período no superior a tres años; celebrar contratos de trabajos, fijar sus condiciones y poner términos a ellos; celebrar contratos de mutuo y cuentas corrientes; abrir y cerrar cuentas corrientes de depósitos, de ahorro y de crédito y girar sobre ellas, retirar talonarios y aprobar saldos; endosar y cancelar cheques y reconocer saldos; percibir, contratar, alzar y posponer prendas, constituir, modificar, prorrogar, disolver y liquidar sociedades y comunidades, asistir a juntas con derecho a voz y voto, conferir mandatos especiales; delegar y revocar poderes y transigir, aceptar, toda clase de herencias, legados y donaciones; contratar seguros, pagar las primas, aprobar liquidaciones de los siniestros y percibir el valor de las pólizas, firmar, endosar y cancelar pólizas, delegar sus atribuciones en uno o más miembros o funcionarios de la institución, solo en lo que diga relación con la gestión económica de la entidad o su organización administrativa interna; estipular en cada contrato que celebre los precios, plazos y condiciones que juzgue convenientes; anular, rescindir, resolver, revocar y terminar dichos contratos; poner término a los contratos vigentes por resolución, desahucio o cualquier otra forma; contratar créditos con fines sociales y ejecutar todos aquellos actos que tiendan a la buena administración de la entidad. Tratándose de bienes inmuebles, será requisito de validez para dar o tomar en arrendamiento, constituir, aceptar, posponer y cancelar hipotecas, prendas, garantías, servidumbres y prohibiciones de gravar y enajenar por un período no superior a tres años, que el acuerdo sea aprobado por la mayoría absoluta de los directores activos. Comisión Revisora de Cuentas: Compuesta de 3 miembros que durarán 4 años en sus funciones, siendo sus obligaciones: Revisar trimestralmente los libros de contabilidad y los comprobantes de ingresos y egresos que el Tesorero debe exhibirle como asimismo inspeccionar las cuentas bancarias y de ahorro; Informar en Asamblea Ordinaria o extraordinaria sobre la marcha de la tesorería y el estado de las finanzas y dar cuenta de cualquier irregularidad que notare; Elevar a la Asamblea ordinaria anual, un informe escrito sobre las finanzas de la institución, sobre la forma que se ha llevado la tesorería durante el año y sobre el balance del ejercicio anual que confiere el tesorero, recomendando a la asamblea la aprobación o rechazo total o parcial del mismo; Comprobar la exactitud del inventario. Asamblea General: es el órgano colectivo principal de la institución y se integra por el conjunto de sus miembros activos. Sus acuerdos obligan a los miembros presentes y ausentes, siempre que hubieran sido tomados en la forma establecida por estos estatutos y no fueran contrarios a las leyes y reglamentos. Corresponde exclusivamente a la Asamblea General extraordinaria tratar las siguientes materias: De la reforma de los estatutos de la entidad; de la disolución de la entidad; de las reclamaciones en contra de los Directores y miembros de la comisión revisadora de cuentas para hacer efectiva la responsabilidad que les corresponde por transgresión grave a la ley, a los estatutos o al reglamento, mediante la suspensión o la destitución si lo fueran comprobados, sin perjuicios de las acciones civiles y criminales que la entidad tenga derecho a entablarles; la asociación o federación de la entidad con otras instituciones similares en una asociación, federación o confederación de ellas; comprar, vender, permutar, ceder y transferir bienes raíces; constituir, aceptar, posponer y cancelar hipotecas, prendas, garantías, servidumbres y prohibiciones de gravar y enajenar y dar o tomar arrendamientos de inmuebles por un plazo superior a tres años. Se suscribió escritura pública complementaria con fecha 25 de julio de 2018, ante don Luis Alejandro Contreras Pavez, Notario suplente del titular de la Primera Notaría de Coyhaique don Juan Carlos San Martín Molina, oficio en calle 21 de Mayo N° 551. Demás estipulaciones en escrituras públicas extractadas. Coyhaique, 29 de agosto de 2018.




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