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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1471158 2018


(CVE 1471158)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA APOSTÓLICA PENTECOSTAL DE MACHALÍ
(Extracto)
Jaime Bernales Valenzuela, titular 2° Notaría Rancagua, domiciliado en calle Bueras 359, Of. 102, certifico: que por instrumento privado del 9 de septiembre de 2017, reducido a escritura pública ante mí el 24 de abril de 2018, los siguientes mencionados, Víctor Hugo Hermosilla Peñaloza, Loida Ester Carrasco San Martín, María Dolores Arenas González, Elisa Inés Fuentes San Martín, Gladys Delfina Vásquez Corvalán, Enedina del Carmen Rodríguez Sáez, Lidia Rosa Valenzuela Carrasco y Nelson Iván Cornejo Cortés, constituyeron Entidad Religiosa de Derecho Público denominada Iglesia Apostólica Pentecostal de Machalí, registro 4562 del 16 de mayo de 2018, domiciliada en calle Gabriela Mistral número 911, Villa Santa María, comuna Machalí. Elementos esenciales, fundamentos y principios: Somos una Organización Religiosa, Educacional y Caritativa de fieles dirigidas por un Pastor Gobernante, autónoma e independiente de toda otra autoridad religiosa, que se rige por sus propios Estatutos y procedimientos, cuya Fe y doctrina se sustenta en la palabra de Dios, contenida en la Biblia, en virtud de la cual creemos: En un solo Dios, padre de todos, santo e infinito, vivo, verdadero y eterno, omnisciente y omnipotente, perfecto y justo, creador de todas las cosas visibles e invisibles; En la Trinidad de Dios; En la unidad de todos los creyentes verdaderos de la Iglesia; En la Salvación por Gracia; En el Arrepentimiento y Aceptación; En el Nuevo Nacimiento; En el cielo como un lugar de gozo y perfección, que será reposo para el cansado; En la inspiración divina de las Sagradas Escrituras; En el Plan de Redención; En la vigencia y actualidad de los dones del Espíritu Santo; En el Bautismo en las aguas; En las sanidades divinas obradas por Dios; En la Venida de Cristo; En la Santa Cena; En cielos y tierra nuevas; En el juicio final; En la importancia del Pacto Matrimonial entre un hombre y una mujer; En la consagración de los niños al Señor. La administración de la Iglesia estará a cargo del Pastor Gobernante, con las siguientes Atribuciones: Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; Administrar los bienes de la Iglesia; Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamentos y acuerdos; Designar los miembros del Equipo Pastoral y líderes ministeriales; Dar cuenta anualmente de la marcha y del estado financiero de la entidad en la Congregación a nombre y con acuerdo del Equipo Pastoral y las demás atribuciones que determinen estos Estatutos y los reglamentos presentes y futuros. Rancagua, 10 de septiembre de 2018.




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