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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1480843 2018


(CVE 1480843)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA EVANGÉLICA PENTECOSTAL VOZ DE RESTAURACIÓN
(Extracto)
Carlos Horacio Guzmán Baigorria, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas, Titular de la 2ª Notaría de San Fernando, con oficio en calle Chillán N° 595-A, certifico: Por escritura pública de constitución de fecha 4/12/2017, Repertorio N°3267-2017, y escritura pública de complementación de fecha 7/08/2018, Repertorio 2418-2018, ambas otorgadas en esta Notaría y ante mí, don Sergio Alejandro Huerta Guerrero, chileno, abogado, casado, CI N° 8.859.895-4, domiciliado en calle Quechereguas N°888, ciudad de San Fernando, redujo a escritura pública el Acta de Constitución y Aprobación de los Estatutos de la Persona Jurídica de Derecho Público denominada: "Iglesia Evangélica Pentecostal Voz de Restauración", N° de Registro 4.505, de fecha 11/09/2018. Domicilio: Población Santa Isabel, San Juan de la Sierra, comuna de Chimbarongo, Región del Libertador Bernardo O’Higgins, sin perjuicio de constituir fundamentales de esta iglesia estarán en su domicilio principal a disposición de los miembros. Son principios y/o artículos de fe de la Iglesia Evangélica Pentecostal "Voz de Restauración" los siguientes: Aceptar como única fuente de verdad y enseñanza pura en nuestras vidas y por ende en toda nuestra Iglesia Evangélica Pentecostal "Voz de Restauración", solamente la palabra de nuestro único y todopoderoso Señor y Dios de la Santísima Trinidad. Hay un solo Dios vivo y verdadero, eterno, de infinito poder y personas y cada una de ellas es Dios y manifestación plena de la Naturaleza Divina: El Padre, el Hijo y el Espíritu Santo. Del Verbo o Hijo de Dios que fue hecho verdadero Hombre. El Hijo, que es Verbo del Padre, verdadero y eterno Dios, de una misma substancia con el Padre, de manera que dos naturalezas, a saber: La Divina y la Humana, se unieron en una sola persona, para jamás ser separadas, de lo que resulta un solo Cristo, verdadero Dios y verdadero Hombre, que realmente padeció, fue crucificado, muerto y al tercer día resucitó para reconciliarnos con su Padre, no solamente por la culpa original, sino también por los pecados actuales de todos los hombres. Del Espíritu Santo. El Espíritu Santo, que procede del Padre Santo, que procede del Padre y del Hijo, es una misma substancia, majestad y gloria con el Padre y con el Hijo, siendo un verdadero y eterno Dios. En el ejercicio de su divina majestad, bautiza y obra con poder en los creyentes, sellándolos según la promesa para el día de la redención. De la suficiencia de las Santas Escrituras para la Salvación. La Santa Biblia contiene todas las cosas necesarias para la salvación, de modo que no debe exigirse que hombre alguno reciba como artículo de fe, ni considere como requisito necesario para la salvación, nada que en ellas no se lea, ni pueda por ellas probarse. Administración: La Directiva que la constituye el Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y 3 suplentes. El Presidente, como cada uno de los integrantes de la directiva, durará 5 años en funciones y sus cargos, además, quedarán vacantes por las mismas circunstancias descritas en el artículo décimo quinto. Duración: Indefinida. Constituyentes: Daniela del Rosario López Casanova, CI N° 15.119.462-1, Deisy Lorena López Casanova, CI N° 15.120.347-7, Margarita Isabel Sepúlveda López, CI N° 15.119.770-1, Georgina de las Mercedes Cabello Guajardo, CI N° 6.849.471-0, Georgina Antonia Valenzuela Cabello, CI N° 11.069.490-3, Waldo Rafael Gajardo Cabello, CI N° 12.782.303-0, Jeannette Beatriz Quiroga Andrades, CI N° 13.100.639-K, Teresilda del Carmen Ramírez Allendes, CI N° 5.742.710-8, Víctor Eugenio Vergara Vergara, CI N° 8.588.896-K, Patricia Josefina Canales Valdivia, CI N° 10.194.203-1, María Beatriz Vergara Canales, CI N° 15.916.187-0, Ana Luisa Salinas Guzmán, CI N° 7.466.889-5, Roberto Enrique Escalona Avendaño, CI N° 10.308.016-9, Marcelo Ignacio Barra Escalona, CI N° 20.179.896-5, Dennisse Andrea Barra Escalona, CI N° 21.622.235-0, Paola Macarena González Escalona, CI N° 18.989.167-9, Herminia de las Mercedes López Santander, CI N° 5.655.189-1, Tabita Magdalena López Santander, CI N° 6.547.756-4, Javier Alejandro Gajardo Escalona, CI N° 19.875.266-5, Juana Luisa Escalona Salinas, CI N° 12.369.269-1, Beatriz del Carmen Escalona Salinas, CI N° 13.100.695-0, Sonia Gicenia Escalona Salinas, CI N° 13.572.501-3, María Verónica Escalona Salinas, CI N° 13.783.111-2, Rita Cecilia Bustos Peña, CI N° 10.964.799-3, Geraldine Alejandra Escalona Bustos, CI N° 19.875.727-6, Jorge Agustín Verdejo Fuenzalida, CI N° 8.820.259-7, Gabriel Adolfo Montenegro Medel, CI N° 9.819.641-2, Fanny Johanna Garrido Ortega, CI N° 13.439.344-0, Rosa Inés Becerra Muñoz, CI N° 14.261.257-7, José Manuel Figueroa Díaz, CI N° 14.532.007-0, Esaul Antonio Gómez Alcántara, CI N° 19.874.365-8, Graciela Rebeca úbeda Ramírez, CI N° 9.918.626-7, Luis Alejandro Caro Rodríguez, CI N° 13.003.289-3. Complementación: Y agregándose y teniéndose como parte integrante de la escritura pública de complementación de fecha 7/08/2018, Repertorio 2418-2018, otorgada en esta Notaría y ante mí, la siguiente cláusula: "Quinto: De las normas para la validez de la adquisición y enajenación de los bienes de la "Iglesia Evangélica Pentecostal Voz de Restauración": Para la enajenación de bienes, tanto muebles como inmuebles, que sean de propiedad de la "Iglesia Evangélica Pentecostal Voz de Restauración" será necesario que comparezcan en el acto el Presidente del Directorio actualmente en ejercicio, así como uno de los directores. En cuanto a la adquisición de bienes para la Iglesia, sean muebles como inmuebles, deberá comparecer el Presidente del Directorio. Sin dichos requisitos estos actos no tendrán validez". Demás estipulaciones en escrituras extractadas.- San Fernando, 10 octubre 2018.




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