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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1515007 2018


(CVE 1515007)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA EVANGÉLICA BAUTISTA EL ENCUENTRO
(Extracto)
Rubén Reinoso Herrera, abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de La Serena, con domicilio en calle Cordovez N° 405, La Serena, certifica: que con fecha 9 de enero de 2018, ante mí, se redujo a escritura pública acta de constitución y aprobación de los estatutos de la persona jurídica de derecho público denominada "Iglesia Evangélica Bautista El Encuentro" domiciliada en calle Islon N° 3065, comuna de La Serena, ciudad de La Serena, Región de Coquimbo. Con facultad de reunirse en cualquier lugar del país, su duración será indefinida y el número de miembros será ilimitado. Registro público N° 4546 de fecha 25 de abril de 2018. Constituyentes: Aldo Antonio Chea Ramírez, Lu-Yen Elías Chea Gajardo, Jessica del Carmen Quinzacara Varas, Gloria del Pilar Gajardo Gallardo, Yung Sam Chea Gajardo, Luis Humberto Ortiz Arroyo, Camila Ignacia Campusano Quinzacara, Jacqueline Rocío Solís Mancilla, Sylvia Flora Rojas Pizarro, Esteban Gabriel Abarca Carvajal, Nicolás Andrés Quinzacara Robledo, Victoria Daniela Zárate Bravo, Nicolás Benjamín Campusano Quinzacara, Raquel del Rosario Varas Miranda, Su-Lin Andrea Chea Gajardo, Sui-Mei Ester Chea Gajardo, Digna Gladys Quinzacara Toro, Eliu Ismael Chea Gajardo. Principio de fe y elementos esenciales: I. Creemos en la Biblia como única autoridad de doctrina y práctica para los creyentes e iglesias; II. Creemos en el Dios único, automanifestado para la salvación (en lo temporal y en lo eterno) de los seres humanos, como Padre Soberano, como Hijo Redentor y como Espíritu Santificador; III. Creemos que una iglesia se constituye por una comunidad de creyentes en Jesucristo, bautizados sobre la base de la fe personal en Él, y que como evidencia de esa fe manifiesta un cambio de conducta que se ajusta a las enseñanzas bíblicas cuyo modelo y meta es Jesús; que tiene como misión la adoración, el servicio bondadoso, la comunión fraternal, la evangelización integral, la educación formadora en su medio y la denuncia profética, extendiendo su misión a todo el mundo; IV. Creemos que la salvación del ser humano responde a la gracia de Dios y requiere de la sola fe en Jesucristo; es personal, comunitaria y escatológica; V. Creemos que las iglesias locales se rigen por el gobierno congregacional, que son autónomas respecto de otras iglesias o instituciones, pero que a la vez pueden asociarse libremente con otras iglesias o instituciones para la realización de proyectos especiales afines con la naturaleza de la misión cristiana en el mundo; VI. Creemos en el principio voluntario respecto de la fe y de la membrecía eclesial. Todo ser humano tiene el derecho inalienable de adorar a la Deidad dónde, cuándo y cómo su conciencia le dicte. La conciencia del cristiano está iluminada por los valores bíblicos del reino de Dios. Esta conciencia es garantía moral a favor de toda buena costumbre social; VII. Sustentamos el principio de la autonomía de la Iglesia respecto del Estado, y del Estado respecto de la Iglesia. El Estado es una institución legítima, que vela por el orden, la justicia y la salud de la sociedad temporal; la Iglesia es una sociedad escatológica, convive la fe que actúa por el amor, evangeliza, y educa sobre la base de la fe, según el Espíritu de Jesucristo. Objetivos: a) El ejercicio libre de su propio ministerio, practicar el culto, celebrar reuniones de carácter religioso y fundar y mantener lugares para esos fines; b) La comunicación y difusión, de palabra, por escrito o por cualquier medio, de su propio credo y la manifestación de su doctrina; c) La fundación, mantención y dirección de institutos de formación y de estudios teológicos o doctrinales, instituciones educacionales, de beneficencia o humanitarias; d) La creación, participación, patrocinio y fomento de asociaciones, corporaciones y fundaciones, para la realización de sus fines; y e) Los demás que determine la Asamblea General. Órganos de Administración y sus Atribuciones: Asamblea Ordinaria y Extraordinaria representan la voluntad de la Iglesia en los asuntos sometidos a su conocimiento, citada por el Equipo de Liderazgo. Este último estará compuesto por 12 miembros activos y será presidido por el pastor principal de la iglesia. Son atribuciones y deberes del Equipo de Liderazgo: a) Dirigir la Iglesia y velar por que se cumplan sus Estatutos y finalidades; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; c) Citar a Asambleas Generales de miembros activos, tanto Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que señalan estos estatutos; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos grupos de trabajo que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de los Concilios Generales; e) Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha de la Iglesia en lo espiritual, como de la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros activos; f) Preocuparse de la organización y dirección eclesiástica de cada Iglesia o circuito dependiente de la Iglesia; y g) Dictar los reglamentos internos de las Iglesias y células, con acuerdo y aprobación final de la Asamblea General. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada.- La Serena, 11 de diciembre de 2018.




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