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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1521909 2019


(CVE 1521909)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MINISTERIO EVANGELÍSTICO TENEMOS LA PALABRA MÁS PROFÉTICA Y MÁS SEGURA, A LA QUE HACÉIS BIEN AL ESTAR ATENTOS
(Extracto)
Eduardo Roco Campos, Notario Público titular, Santa Rosa 8850 C, La Granja, certifico: Por escritura pública fecha 19 de octubre de 2018, anotada bajo Rep. 605/2018, se redujo acta constitutiva de entidad religiosa Ministerio Evangelístico Tenemos La Palabra Más Profética y Más Segura, a la que Hacéis Bien al estar Atentos, de su domicilio en calle Plaza de Armas número 02940, Villa Lautaro Oriente, comuna de La Pintana, ante Notario Público que suscribe, cuyo registro se produjo con fecha 25 de julio de 2018 bajo el N° 4630 del Registro Público del Ministerio de Justicia. Constituyentes (6) Mónica Carmen Ortega Barriga, Mirza Paola Nilo Contreras, José Francisco Mora Cerda, Jacqueline Margarita Pizarro Espinoza, Héctor Osvaldo Arriagada Bustos, Pamela del Carmen Vivar Pizarro. Órganos de Administración: a) Directorio 6 miembros elegido en asamblea General Ordinaria, citada para tal efecto cada dos años. Órganos de Administración: a) Directorio 6 miembros elegido en asamblea General Ordinaria, citada para tal efecto cada dos años. Atribuciones Directorio: Dirigir y administrar los bienes e invertir sus recursos. Aprobar los proyectos y programas que se encuentren ajustados a los objetivos de la entidad religiosa. Citar a Asamblea General de miembros tanto ordinaria como extraordinaria. Crear toda clase de ramas. Redactar los Reglamentos necesarios para la Corporación. Cumplir los acuerdos de las Asambleas Generales. Rendir cuenta en la Asamblea General ordinaria del año. Calificar la ausencia e imposibilidad de sus miembros para desempeñar el cargo. Las demás atribuciones que señalen estos Estatutos y la legislación; Objeto de la misión: predicar y difundir el Santo Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo y la Santa Biblia. Principios de fe: Difundir sus principios mediante prédicas, charlas, conferencias, folletos, revistas, libros, tratados, radio, televisión y prensa, y cualquier otro medio audiovisual; Preparar y sostener miembros activos de la iglesia; Levantar, mantener y administrar, templos y lugares destinados al culto y a labores asistenciales tales como refugios de desamparados y centros de ayuda social; Realizar campañas de salvación, sanación divina, presentación de infantes, casamientos o matrimonios solo varón y hembra; bautismos; Visitar cárceles, hospitales, asilos y hogares de menores y llevar consuelo espiritual y ayuda material; Colaborar con autoridades públicas y privadas en campañas de bien social y cultural; Crear establecimientos educacionales, policlínicos, talleres de capacitación y recintos deportivos, debiendo contar en cada caso con el permiso de la autoridad competente y sujetarse a las disposiciones legales vigentes; Asociarse transitoria o permanentemente con otras corporaciones o entidades religiosas nacionales o extranjeras que persigan fines análogos a ella. La entidad religiosa no persigue ni se propone fines de lucro ni sindicales, estándole expresamente prohibido desarrollar actividades de carácter político partidario, ni propagar ideologías político partidistas. La Granja, 21 de diciembre de 2018.




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