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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1531853 2019


(CVE 1531853)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
LA IGLESIA COMO EL RECOBRO DEL SEÑOR
(Extracto)
Federico Antonio Oyarce Birchmeier, Notario Público, domicilio Confederación Suiza 1070
Victoria, certifica: Con fecha 13 de octubre de dos mil diecisiete, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de constitución de la organización religiosa de derecho público denominada La Iglesia como el Recobro del Señor, inscrita Registro Público del Ministerio de Justicia número cuatro mil trescientos setenta y siete de fecha veinticinco de octubre del año dos mil diecisiete. Constituyentes: José Guillermo Ortega Lagos, Cédula de identidad Número cinco millones setecientos cincuenta y cuatro mil ochocientos veintiséis guion seis, hay Firma ilegible, María Corina Campos Toro, Cédula de Identidad Número cinco millones quinientos treinta y nueve mil setecientos veintinueve guion cinco, hay Firma ilegible, Rosa Elena Mardones Benavides, Cédula de Identidad Número ocho millones doscientos sesenta mil setecientos setenta y seis guion cinco, hay firma ilegible, Milena Eugenia Palma Sepúlveda, Cédula de Identidad Número dieciséis millones ochocientos setenta mil doscientos setenta y cinco guion dos, hay firma ilegible, Carmen Gloria Cerda Caamaño, Cédula de Identidad Número once millones ciento sesenta mil ciento treinta y dos guion uno, hay firma ilegible, José Danilo Cid Mora, Cédula de Identidad Número siete millones cuatrocientos cincuenta y seis mil trescientos cincuenta y cuatro guion seis, hay firma ilegible, Carmen Luz Aravena Vásquez, Cédula de Identidad Número siete millones ciento treinta mil seiscientos sesenta y uno guion cinco, hay firma ilegible. Alicia Edith García Catalán, Cédula de Identidad Número seis millones setecientos noventa mil setecientos ochenta y cuatro guion uno, hay firma ilegible, Omar Humberto Garrido Cisterna, Cédula de identidad Número diez millones seiscientos treinta y ocho mil setenta y dos guion cuatro, hay firma ilegible, Sergio Javier Oliva Venegas, Cédula de Identidad Número diez millones quinientos ochenta mil seiscientos quince guion nueve, hay firma ilegible, Cristian Rodrigo Cid Henríquez, Cédula de Identidad Número dieciocho millones trescientos veinte mil ochocientos veinticuatro guion uno, hay firma ilegible, Héctor Eduardo Molina Rivas, Cédula de Identidad Número ocho millones trescientos noventa y uno quinientos sesenta y seis guion ocho, hay firma ilegible, Víctor Samuel Parra Hormazábal, Cédula de Identidad Número siete millones veinte mil seiscientos veintinueve guion tres, hay firma ilegible, José Eugenio Palma Sanhueza, Cédula de Identidad Número diez millones ciento treinta y tres mil setenta y dos guion nueve, hay firma ilegible, Liliana Elizabeth Vallejos Vallejos, Cédula de Identidad Número dieciséis millones trescientos cincuenta y tres mil doscientos dieciséis guion seis, hay firma ilegible, Bernarda Alicia Herrera Recabarren, Cédula de Identidad Número ocho millones ciento ochenta y tres mil cuatrocientos ochenta y ocho guion uno, hay firma ilegible, Rodrigo Alejandro Cid Seguel, Cédula de identidad Número once millones trescientos cincuenta y cuatro mil novecientos setenta y cinco guion cero, hay firma ilegible, Gerardo Alan Méndez Pérez, Cédula de Identidad Número once millones novecientos seis mil doscientos dieciocho guion siete, hay firma ilegible, Christian Fernando Candia Aedo, Cédula de Identidad Número once millones trescientos veintidós mil ochocientos sesenta guion uno, hay firma ilegible, Rodrigo Abner Fuentes Cerón, Cédula de Identidad Número doce millones trescientos noventa y cuatro mil doscientos noventa y seis guion cinco, hay firma ilegible, Geissy Lehnys Sepúlveda Sepúlveda, Cédula de Identidad Número once millones quinientos cuarenta mil cincuenta y cuatro guion uno, hay firma ilegible, Evelyn Libeth Jara Vidal, Cédula de Identidad Número doce millones trescientos ochenta y seis mil doscientos ochenta y cuatro guion ocho, hay firma ilegible, Raquel Sofía Monsalves Bravo, Cédula de Identidad Número diecisiete millones ochocientos dos mil treinta y ocho guion dos, hay firma ilegible, Valentina Isidora Poblete Temer, Cédula de Identidad Número veinte millones ochenta y un mil doscientos sesenta y tres guion ocho, hay firma ilegible, Betsaida Shuyen Aguiar Fuentes, Cédula de identidad Número diecisiete millones cuatrocientos sesenta y siete mil doscientos dieciocho guion cero, hay firma ilegible, Marianela Alejandra Venegas Arias, Cédula de Identidad Número doce millones setecientos seis mil quinientos sesenta y uno guion seis, hay firma ilegible, Lilian Jacqueline Fuentes Ortega, Cédula de Identidad Número seis millones ochocientos ochenta y un mil cuatrocientos sesenta y seis guion nueve, hay firma ilegible, Elisa del Carmen Aedo Curaqueo, Cédula de Identidad Número ocho millones novecientos setenta y cinco mil quinientos treinta y uno guion k, hay firma ilegible, Christian Alejandro Candia Campos, Cédula de Identidad Número diecinueve millones setecientos noventa y cinco mil ciento sesenta y nueve guion nueve, hay firma ilegible, René Fernando Gutiérrez Villalobos, Cédula de Identidad Número cinco millones trescientos ochenta y tres mil ciento treinta y cinco guion cuatro, hay firma ilegible, Carlos Fernando Ramón Aguiar Sanhueza, Cédula de Identidad Número ocho millones doscientos cincuenta y cuatro mil trescientos treinta y cuatro guion uno, hay firma ilegible, Mabel del Carmen Campos Moyano, Cédula de Identidad Número doce millones setecientos diecisiete mil novecientos cuarenta y cuatro guion uno, hay firma ilegible, Shepherd Seth Caro Olave, cédula de identidad número diecisiete millones quinientos noventa y dos mil seiscientos noventa y cuatro guion uno, hay firma ilegible, Daniela Elizabeth Balboa Villena, Cédula de Identidad Número diecisiete millones trescientos sesenta y cinco mil seiscientos ochenta y cinco guion ocho, hay firma ilegible, Alex Mauricio Espinoza Caro, Cédula de Identidad Número diecisiete millones sesenta y siete mil treinta y ocho guion ocho, hay firma ilegible, Elsa Margarita Arias Cabrera, Cédula de Identidad Número ocho millones doscientos setenta y nueve mil veintiséis guion ocho, firma ilegible, Patricio Omar Garrido Aedo, Cédula de Identidad Número diecinueve millones setecientos noventa y cinco mil sesenta y tres guion tres, hay firma ilegible. Domicilio calle Chorrillos número ochocientos cuarenta y cuatro, ciudad y comuna de Victoria, sin perjuicio de la habilitación de sedes en otros lares de la República que el directorio pueda acordar. Elementos esenciales, fundamentos y principios: La iglesia está compuesta por personas que profesan la fe en Jesucristo como Hijo de Dios, Señor y Salvador, y que de libre y espontánea voluntad se proponen vivir corporativamente en la localidad, guardando con solicitud la unidad del Espíritu, en el vínculo de la paz, reconociendo y declarando como elementos esenciales que la caracterizan los siete aspectos básicos bíblicos de la unidad: que el Cuerpo de Cristo es solo uno, que es uno el Espíritu, hay una sola Esperanza, hay un Señor, una Fe, un Bautismo, y, un Dios y Padre de todos; por ello, la Iglesia de Dios que está en la Comuna de Victoria, incluye y recibe a todo creyente genuino, comprado por la preciosa sangre de Jesús. Órganos de administración, El Presidente, El Directorio y Las asambleas Generales. El Presidente representará a la Iglesia como el Recobro del Señor judicial y extrajudicialmente con las facultades señaladas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil y demás facultades que señala el artículo siguiente de estos estatutos, pudiendo delegar sus facultades en alguno de los otros directores, cuando lo estime necesario. Son también facultades del Presidente: a) Dirigir las reuniones de directorio y las asambleas generales; b) Designar al Director Subrogante, que deba reemplazar al que cese en sus funciones hasta la siguiente Asamblea General; c) Designar con el acuerdo del Directorio, pastores y misioneros para representar a la Iglesia, evangelizar y predicar las verdades bíblicas, conforme lo dispuesto en la facultad quinta del artículo Décimo Noveno; d) Dar en arriendo inmuebles de la iglesia por un plazo no superior a los dos años; e) Autorizar el pago de los gastos necesarios al funcionamiento de la comunidad; f) Suscribir actos y contratos que se celebren. Se establece que en caso que la iglesia decida tener cuentas corrientes bancarias, de depósito de ahorro o cualquier otra figura que implique giro de dinero, las cuentas que se abran en alguna institución Bancaria a nombre de La Iglesia como el Recobro del Señor para fines de administración y finanzas deberán ser bipersonales, designándose al efecto al presidente y al tesorero y efectuar todas la operaciones para darle movimiento; g) Firmar junto con el Tesorero cheques de la cuenta corriente bancaria de la comunidad, giros en las cuentas de ahorro, y demás documentos bancarios y de crédito que fueren necesarios; h) Otorgar Certificado de Idoneidad para que algún miembro suficiente y debidamente capacitado, imparta clases de religión en enseñanza básica, media o de nivel superior profesional o universitaria; i) Supervisar todos los servicios administrativos de la comunidad, auxiliado por los directores; y j) La facultad de realizar matrimonios religiosos conforme al artículo 20 de la ley 19.947. El Directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: Uno) Dirigir la Iglesia junto con el Presidente y administrar sus bienes, velando que se cumplan los Estatutos, reglamentos y las finalidades perseguidas por la entidad; Dos) Citar a Asamblea general ordinaria y extraordinaria en la forma y época que señalen los Estatutos; Tres) Redactar y someter a la aprobación de la asamblea general el reglamento interno y demás reglamentos que sea necesario dictar para el funcionamiento de la Iglesia y sus diferentes áreas de servicio; Cuatro) Cumplir los acuerdos de Asamblea General;
Cinco) Sugerir al Presidente la designación de pastores y misioneros, conforme al artículo veintiuno letra c; Seis) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; Siete) Rendir cuenta anual por escrito ante la Asamblea General, de la inversión de los fondos y de la marcha de la Iglesia, mediante memoria, balance e inventario, cuenta que se someterá a la aprobación de los miembros; Ocho) Proponer a la Asamblea el hipotecar, poner a la venta, permutar, ceder o transferir los bienes raíces de la Iglesia, constituir servidumbres y prohibiciones de gravar y enajenar sobre estos mismos, y, arrendar inmuebles por un plazo superior a dos años. En cualquiera de estos casos del número ocho, se requerirá la ratificación del acuerdo por Asamblea Extraordinaria, con el voto conforme de la unanimidad de los asistentes; Nueve) Informar a la Asamblea sobre la exclusión de un miembro, por causa de alguna práctica pecaminosa grave, de las señaladas en el artículo octavo; Diez) Proponer la disolución de la entidad; Once) Conocer de la solicitud de otorgamiento de Certificado de Idoneidad para impartir clases de religión, a nivel de enseñanza básica, media profesional o universitaria; y, Doce) Definir los contenidos de los cursos de preparación para el matrimonio y la persona idónea para impartirlos. La Asamblea General de miembros activos, sean ordinarias o extraordinarias, está conformada por todos los creyentes que reúnen las condiciones señaladas en el artículo séptimo de estos Estatutos, que se reúnen regularmente, sirviendo y contribuyendo financieramente a las necesidades de la congregación y a la expansión del evangelio. Son materias a ser tratadas en las Asambleas generales Ordinarias: a) Conocer la Cuenta Anual del Directorio y el Informe de la Comisión Revisora de Cuentas. Son materias a ser tratadas en Asamblea General Extraordinarias: La modificación de los Estatutos; la Disolución de la Entidad; la designación de Director Titular, en los casos referidos en el Art. Décimo primero letras A y B; conocer de la remoción de un Director y su reemplazo; y, ratificar acuerdo de Directorio, en el caso exigido en el artículo treinta y tres. Son materias a ser tratadas indistintamente tanto en Asamblea General Ordinaria como en Asamblea General Extraordinaria la designación en calidad de Titular de uno o más Directores que falten.- Victoria, 8 de enero de 2019.




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