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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1551450 2019


(CVE 1551450)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MINISTERIO CASA RAÍCES DE NUESTRA FE BÍBLICA A TODAS LAS NACIONES
(Extracto)

En Quilpué, República de Chile, 30 de julio del dos mil dieciocho, ante mí, Jorge Acuña Pérez, Abogado Titular de la Primera Notaría de Quilpué, con oficio en Andrés Bello cuatrocientos cincuenta y tres, se redujo a escritura pública el acta de constitución del Ministerio Casa Raíces de Nuestra Fe Bíblica a Todas las Naciones, inscrita Registro Público del Ministerio de Justicia N° 4676, de fecha 4 de septiembre de 2018. Nombre y domicilio principal de la Entidad: La entidad religiosa denominada Ministerio Casa Raíces de Nuestra Fe Bíblica a Todas las Naciones tiene su domicilio principal en la ciudad de comuna de Villa Alemana, domiciliado en el pasaje El Belloto 1353, Población Avellanos 1, Troncos Viejos, Región Valparaíso, sin perjuicio de poder desarrollar sus actividades en otros puntos del país. Fecha y número de registro: La entidad religiosa denominada Ministerio Casa Raíces de Nuestra Fe Bíblica a Todas las Naciones, y cuyos estatutos por este acto se extractan, se encuentra inscrita en el Registro Público de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia bajo el N° 4676, de fecha 4 de septiembre de 2018. Nombre de los constituyentes: 1. Erik Aurelio Vásquez Riquelme, RUN 13.427.376-3, 2. Paola de las Mercedes Salinas Miranda, RUN 15.557.501-8, 3. Carmen Paz del Pilar Céspedes Cataldo, RUN 10.443.620-k, 4. Siegried Lilibeth Enita Schoess Jiménez, RUN 13.331.890-9, 5. Mercedes Georgina Miranda Madariaga, RUN 6.904.188-4, 6. Siegried Steffi Ratsch Schoess, RUN 19.130.395-4, 7. Paula Stefanía Aguirre Reyes, RUN 18.564.144-9. Los elementos esenciales que la caracterizan: La finalidad del Ministerio Casa Raíces de Nuestra Fe Bíblica a Todas las Naciones es Restaurar Isaías Cap. 58:12, Santiago 1:1, Evangelizar, Discipular, Afirmar, Equipar, Entrenar y Enviar, conforme a los principios contenidos en la Biblia, llevando las Buenas Nuevas de Salvación a todos los gentiles que quieran aceptar a Jesucristo como su Salvador Personal, conforme a lo estipulado en la palabra de Dios en el Libro de Mateo Cap. 28:18-20 y Marcos Cap. 16:15-18 y Hechos Cap. 1:8. Jeremías 31:31 Nuevo Pacto con la Casa de Israel y con la Casa de Judá. Mateo 15:24 Fui enviado a las ovejas perdidas de la Casa de Israel. Efesios 2:12-13. Romanos 9:1-5. Romanos 11:1-7. Salmos 1:2. Deuteronomio 6:4-5. Isaías 58:13-14. Levítico 23. Fundamentos y principios en que se sustenta nuestra fe: Los fundamentos bíblicos en concordancia con el artículo N° 7 de la ley 19.638 en relación a llevar a cabo los objetivos que son: a) Evangelizar y llevar la palabra de Dios a toda persona; b) Predicar el Evangelio eterno del Señor Jesús el Mesías, en templos, locales de predicación, Institutos, Escuelas y Hogares; c) Contribuir a la formación ética, espiritual e intelectual de hombres y mujeres, para que sean fieles y leales proclamadores de las Escrituras y celosos administradores de las Ordenanzas instituidas por nuestro Señor Jesucristo; d) Propender a la fundación y mantención de Templos, Concilios o Redes Apostólicas, Institutos Teológicos, Escuelas, Hospitales, Clínicas, Asilos en general, Instituciones Filántropas y de beneficencia y de asistencia social; y e) Efectuar toda clase de obra de extensión cultural y de investigación teológica y espiritual, en beneficio de sus miembros de la comunidad y en general; podrá publicar y difundir literatura, sean estas de carácter cristiano, cultural o de investigación, ya sea en forma de folletos, revistas, libros, grabaciones, o mediante cualquier sistema de transmisión oral, visual, mecánico, cibernético u otro sistema tecnológico. Principios de fe: a) Cree en un único y Soberano Dios, quien se ha revelado así mismo como el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo; b) Cree en el señorío absoluto y la deidad de Cristo, incluyendo su preexistencia, nacimiento virginal, su vida sin pecado, su muerte expiatoria, su resurrección corporal y su eventual retorno a la tierra en gloria y Poder; c) Cree en la completa autoridad espiritual, infabilidad y divina inspiración de la Escritura; d) Cree que la tarea de la Iglesia en la Evangelización mundial; e) Cree que la entrada de la Iglesia es a través del nuevo nacimiento, el cual llega por un genuino arrepentimiento del pecado y la confesión de fe; f) Cree en la resurrección de los muertos al retorno de Jesús el Mesías, y en la certeza del juicio de Dios; g) Cree que la comisión de hacer discípulos, debe ser realizada hasta que sea el retorno de nuestro Señor Jesús el Mesías y en la certeza del Juicio de Dios; h) Cree en el bautismo del Espíritu Santo; i) Cree en los Ministerios y Dones espirituales, dados por Dios a la Iglesia para su edificación; j) Cree en el perdón de los pecados, en la salvación perfecta y en la justificación del alma gratuitamente de Dios por fe en Nuestro Señor Jesucristo. Sus órganos de administración: El Ministerio administrativamente estará organizado por un Directorio Nacional, que cumpla los siguientes requisitos: a) Ser apóstol, pastor, evangelista, maestro y profeta, nacido Espiritualmente en este organismo eclesiástico (Ministerio), sino fuese así podrán postular los que han ingresado externamente con más de un año de antigüedad, en esta organización. b) El pastor que se retire del Ministerio por motivos particulares, entregará su credencial, ordenamiento y sede religiosa a cargo. Sus atribuciones: Del Directorio Nacional: a) El Directorio Nacional está constituido por tres personas en los cargos de un Presidente, un Secretario y un Tesorero. b) Podrán ser elegidos por un período de cuatro años por la conferencia nacional, y tendrán el grado eclesiástico de Pastor como mínimo, pudiendo ser reelectos. c) Las elecciones internas y los nombramientos, serán nombrados además por un reglamento interno de elecciones. d) El Directorio nacional sesionará con la periodicidad que el mismo determine. e) El Presidente podrá convocar a reuniones especiales, por iniciativa propia o por petición de dos de sus miembros, con indicaciones de las materias a tratar, si se aceptan los temas en cuestión. El Quórum para sesionar será de la mayoría de los votos de los asistentes. f) El Directorio nacional podrá utilizar los medios modernos de comunicación para agilizar las gestiones administrativas. El Directorio Nacional tendrá las siguientes atribuciones: a) Representar al Ministerio judicial y extrajudicialmente, conforme al Estatuto del Ministerio Casa Raíces de Nuestra Fe Bíblica a Todas las Naciones. b) El Directorio Nacional, administrará el patrimonio del ministerio con amplias facultades y sus acuerdos los cumplirá por medio del Presidente o por la o las personas a quienes se comisione para ejecutarlas. La adquisición o venta de bienes raíces requieren acuerdo previo del Directorio adoptado por la mayoría absoluta de sus miembros. Número de sus miembros: Ilimitado. Fecha de la escritura pública que contiene los estatutos: 30 de julio de 2018, en repertorio N° 931 con igual fecha y sus modificaciones en repertorio N° 1478, de fecha 10 de diciembre del año 2018. Nombre y domicilio del notario que la otorgó: Jorge Acuña Pérez, abogado, Titular de la Primera Notaría de Quilpué, con oficio para estos efectos en calle Andrés Bello cuatrocientos cincuenta y tres, de la misma ciudad.




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