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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1573638 2019


(CVE 1573638)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA MINISTERIO EVANGÉLICO CASA DE ORACIÓN Y PUERTAS DEL CIELO DE COLTAUCO
(Extracto)

Jaime Bernales Valenzuela, Notario Público Titular 2ª Notaría Rancagua, con oficio en Bueras 359, Of. 102, certifico: Con fecha 26 de enero de 2018, ante mí, Rep. N° 383-2018, se redujo a escritura pública el acta de constitución de la organización religiosa de derecho público denominada Iglesia Ministerio Evangélico Casa de Oración y Puertas del Cielo de Coltauco, cuyo domicilio principal se sitúa en Villa San José número 191, comuna y ciudad de Coltauco, la que se encuentra inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia bajo el N° 4484, de 19 de febrero del año 2018. Sus constituyentes: José Félix Fuentes Osorio, C.N.I. 9.532.451-7; Eugenia del Carmen Pérez Serrano, C.N.I. 9.415.310-7; Félix Jonathan Fuentes Pérez, C.N.I. 16.492.924-8; Héctor Andrés Pérez Vidal, C.N.I. 17.525.927-9; Fernanda Francisca Salgado Abarca, C.N.I. 20.026.938-1; Francisca del Carmen Abarca Meza, C.N.I. 13.302.860-9; Diana Belén Miranda Zamorano, C.N.I. 15.806.116-3; María Angélica Zamorano Miranda, C.N.I. 9.942.273-4; Mary Soledad Saldaña Pino, C.N.I. 10.465.904-7; Gerardo Gabriel Molina Pino, C.N.I. 11.752.279-2; Fernando Nolberto Vargas Arancibia, C.N.I. 9.525.343-1; Patricia del Carmen Gutiérrez del Prado, C.N.I. 15.777.782-3; Juana María Pérez Serrano, C.N.I. 10.183.390-9; Wilson Alexis Reyes Alvial, C.N.I. 17.787.835-9; Adriana del Carmen Paillalao Hualquil, C.N.I. 10.728.659-4; Luis Eugenio Ramos Cabello, C.N.I. 14.200.029-6; Cecilia de las Mercedes Pérez Serrano, C.N.I. 11.171.832-6; Misael Bernardo Zamorano Arce, C.N.I. 10.647.820-1; Ana María Correa Lorca, C.N.I. 8.748.347-9; María Lorena Martínez Rubio, C.N.I. 13.777.870-K; César Adolfo Muñoz Gómez, C.N.I. 10.157.484-9; Jaime Augusto Gálvez Rojas, C.N.I. 6.833.315-6; Carolina Verónica Orellana Miranda, C.N.I. 15.124.464-5; los elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que la iglesia profesa son: Creemos en Dios Padre, Hijo y Espíritu Santo como un solo Dios; Creemos en la inspiración divina de las Sagradas Escrituras, La Biblia como palabra de Dios, única regla de fe y conducta, que contiene todo lo establecido para la salvación; Creemos en el traslado de la iglesia al cielo y en la segunda venida de nuestro señor Jesucristo. Su objetivo es predicar el evangelio, cobijar a todos los creyentes, fundar templos, escuelas, institutos, universidades cristianas, centros de rehabilitación, casa de acogida, jardines, centros esparcimientos y asistencia social. Los órganos de administración, sus atribuciones y número de miembros que la componen son los siguientes: La Asamblea General, El Directorio, El Presidente y Representante Legal, El Obispo y Presbiterio. La Asamblea General: Habrá Asambleas Generales Ordinarias, divididas en conferencia semestral, anual y extraordinaria. En la Semestral se revisarán y corregirán diferentes programas. En la Anual rendición de cuenta de gestión administrativa por medio de informes de todos los integrantes. En la extraordinaria se trabajará reforma de estatutos, disolución de la personalidad jurídica, reclamaciones en contra de autoridades, asociación a otras instituciones, hipoteca o venta de bienes raíces. El Directorio: Son los miembros activos de la iglesia, representados por un presidente, un secretario, un tesorero y dos directores. Sus deberes: Dirigir la iglesia, administrar los bienes, citar asambleas, formar filiales, redactar estatutos y reglamentos, cumplir acuerdos, rendir cuentas, calificar incapacidades de miembros, resolver todo lo previsto en estatutos. El Presidente y Representante Legal: Representar extrajudicial y judicialmente a la iglesia, presidir reuniones del directorio y asambleas, convocar reuniones, ejecutar acuerdos, organizar los trabajos y proponer plan de actividades, nombrar comisiones, firmar documentación propia y de la iglesia, rendir cuentas. El Obispo y Presbiterio: Las facultades del obispo velar por que se aplique la doctrina pentecostal, ungir, ascender y degradar ministros espirituales, forma y supervisa comisiones de trabajo, asistir a asambleas, promover candidatos para cargo administrativo, representar extrajudicial y judicialmente a la iglesia. El presbiterio estará formado por todos los pastores, junto a obispo y bajo su autoridad. Responsabilidades del presbiterio: Asesorar al obispo en materias eclesiásticas, educar nuevos obreros, revisar métodos de enseñanza, formar nuevas iglesias, diseñar, promover y organizar talleres, cursos y seminarios. Supervisar e informar estados de locales designados. Todo lo anterior consta en la reducción a escritura pública del acta de constitución y aprobación de los estatutos de la iglesia mencionada precedentemente, que se celebró con fecha 26 de enero del año 2018 cuyo número de repertorio es el 383-2018, la que fue complementada mediante escritura pública cuyo repertorio corresponde al número 4047-2018 de fecha 2 de agosto de 2018. Ambos instrumentos públicos se llevaron a efecto en la Segunda Notaría de Rancagua, del Sr. Jaime Bernales Valenzuela, con oficio en calle Coronel Santiago Bueras número trescientos cincuenta y nueve, oficina ciento dos. Rancagua, 31 de enero de 2019.




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