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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1606631 2019


(CVE 1606631)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
CENTRO CRISTIANO BENDECIDOS PARA RESTAURAR
(Extracto)

Jaime Bernales Valenzuela, Titular 2ª Notaría Rancagua, domiciliado en calle Bueras 359, Of. 102, certifico: que por instrumento privado del 17 de abril de 2017, reducido a escritura pública ante mí el 21 de enero de 2019, los siguientes mencionados, Yolanda del Carmen Díaz Vergara, Marcela del Carmen Véliz Díaz, Freddy Rodrigo Contreras León, Jorge Ernesto Cavieres Díaz, Raúl Eliecer Morales Bitterlich, constituyeron Entidad Religiosa de Derecho Público denominada "Centro Cristiano Bendecidos para Restaurar", registro número 4.860 del 21 de marzo de 2019, domiciliada en calle Mario Muñoz con pasaje Humberto Albornoz sin número, Paine, Región Metropolitana. Elementos esenciales, fundamentos y principios: Somos una Organización Cristiana Evangélica de fieles de Derecho Público, autónoma e independiente de toda otra autoridad religiosa, regida por sus Estatutos y demás normas pertinentes, cuya Fe y doctrina se funda en la palabra de Dios, contenida en los sesenta y seis libros que componen la Biblia, como fuente final de nuestra fe y práctica, en virtud de lo cual profesamos: Un solo Dios, padre de todos, santo, vivo, verdadero y eterno, de infinito poder y sabiduría, lleno de bondad y misericordia, omnisciente y omnipotente e inmutable, perfecto y justo, creador de todas las cosas visibles e invisibles. La Trinidad de Dios, Padre, Hijo y Espíritu Santo. La unidad de todos los creyentes. La Salvación por Gracia. El Arrepentimiento. El Nuevo Nacimiento. La vigencia de los dones del Espíritu Santo. El Bautismo del Espíritu Santo. Las sanidades divinas. El Arrebatamiento y Segunda Venida de Cristo. Cielo y tierra nueva. El juicio final. La importancia del Pacto Matrimonial entre un hombre y una mujer. La consagración de los niños al Señor. La administración de la Iglesia estará a cargo del Pastor Presidente, con las siguientes atribuciones: Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; Ejercer su dirección y administración; Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamentos y acuerdos de la Iglesia; Presidir, convocar y ejecutar los acuerdos de las conferencias ordinarias y extraordinarias; Nombrar las comisiones que estime convenientes; Dar cuenta anualmente de la marcha de la Iglesia; i) Las demás atribuciones que determinen estos Estatutos y demás normas y reglamentos presentes y futuros.- Rancagua, 24 de mayo de 2019.




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