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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1618988 2019


(CVE 1618988)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA MISIÓN EVANGÉLICA PENTECOSTAL ADMIEL (TIERRA DE DIOS)
(Extracto)

Pedro José Valenzuela Vargas, Notario Público Interino de San Miguel, con asiento en la comuna de Lo Espejo, con oficio en Pasaje Osa Menor 03506, Lo Espejo, de esta ciudad, certifico: Con fecha 11 de febrero de 2019, ante Notario suplente don Rodrigo Daniel Fernández Dillems en reemplazo del titular Hernán José Retamal Grimberg, se redujo a escritura pública el acta de constitución de la organización religiosa de derecho público denominada Iglesia Misión Evangélica Pentecostal Admiel (Tierra de Dios), complementada por escritura pública de 2 de mayo de 2019, inscrita Registro Público del Ministerio de Justicia N° 4841 de fecha 4 de marzo de 2019. Constituyentes: Daniela Johanna Rivas Rosales, Priscila Noemí Rosales Martínez, Juana del Carmen Coñuelef Manquecura, Jorge Patricio Pinto Oro, Juan Carlos Lovera Martínez, Berta Adriana Troncoso Olmedo, Juana de las Mercedes Rosales Machuca. Domicilio: Gil de Castro número 3712, Lo Espejo, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder desarrollar sus actividades en otros puntos del país o fuera de éste. Elementos esenciales, fundamentos y principios: Los elementos esenciales que caracterizan, están reproducidos, principalmente, en el artículo cuarto de los estatutos: La Iglesia se declara Cristiana Evangélica y cree en Jesús como su único Salvador y en la Santa Escritura, la Biblia, y las enseñanzas de ésta. Creemos en la Trinidad, afirmamos que solo hay un Dios eternamente existente en tres personas: Padre, Hijo y Espíritu Santo. Creemos en la total depravación del género humano, en la necesidad de arrepentimiento y regeneración y en el juicio final para los que no se arrepienten. Creemos en el Señor Jesucristo, en su nacimiento virginal, en su vida, sin pecado, en su muerte sacrificial, en la resurrección triunfante, en la ascensión y permanente intercesión, en su segunda venida y en su reino milenial sobre la tierra. Creemos en la justificación y santificación del creyente a través de la obra redentora de Cristo. Creemos en los nueve dones del Espíritu Santo para la edificación, exaltación y consuelo de la Iglesia que es el Cuerpo de Cristo. Creemos en las ordenanzas del Bautismo en agua y en la Santa Cena. Creemos en la inspiración divina y autoridad de las Sagradas Escrituras, la Santa Biblia. Creemos en el Gobierno de la Iglesia conformado por Apóstoles, Profetas, Evangelistas, Pastores y Maestros. Creemos en la posibilidad de caer de la gracia y perder la salvación. Creemos en la mayordomía de los diezmos y ofrendas para sustentar la obra evangelizadora de la Iglesia. Órganos de Administración: La Asamblea General Anual de la iglesia Iglesia Misión Evangélica Pentecostal Admiel (Tierra de Dios) es la máxima autoridad que gobierna la Iglesia. El Comité de Dirección y Administración estará compuesto por: Presidente, Vice-Presidente, Secretario General, Tesorero General, Tres Vocales, Dos Líderes Locales. Participan por invitación. Atribuciones: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia. b) Presidir las reuniones de la Asamblea General Anual de la Iglesia. c) Su nombramiento como Presidente será Perpetuo. d) Ejecutar los acuerdos del Comité de Dirección y Administración de la iglesia, sin perjuicio de las funciones que los Estatutos encomienden al Vice-Presidente, Secretario General, Tesorero General y otros miembros que el Comité de Dirección y Administración de la iglesia designe. e) Organizar los trabajos del Comité de Dirección y Administración de la iglesia y proponer el plan general de actividades de la iglesia. f) Nombrar los comités de trabajo que sean necesarios, con la ratificación de todo el Directorio que integra el Comité de Dirección y Administración de la iglesia. g) Firmar la documentación propia a su cargo y aquella en que deba representar a la Iglesia en Chile. h) Dar cuenta anualmente a la Asamblea General Anual de la marcha de la Iglesia en Chile y del estado financiero de la misma. i) Tendrá la facultad de citar a reunión ordinaria y extraordinaria al Comité de Dirección y Administración de la iglesia. j) Participar en las reuniones de los diferentes comités y grupos nacionales de la Iglesia. k) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, reglamentos y acuerdos de la Asamblea General Anual de la Iglesia. l) Las demás atribuciones que determinen estos Estatutos y los Reglamentos. Demás disposiciones escritura extractada. Santiago, 17 de junio de 2019.




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