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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1621881 2019


(CVE 1621881)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
PRIMERA IGLESIA BAUTISTA DE LOTA
(Extracto)
Luis Guillermo Zambrano Cadena, abogado, Notario Público, Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas y Archivero Judicial Interino Lota, con oficio y domicilio en calle Arturo Prat N° 112, oficinas 6 y 7, segundo piso. Con fecha 20 de junio de 2018, ante mí se redujo a escritura pública el acta de constitución de la entidad religiosa denominada Primera Iglesia Bautista de Lota, complementada por reducción a escritura pública fecha 27 de junio de 2018 ante mí, domicilio principal calle Squella 350, comuna de Lota, ciudad de Lota, Región del Biobío, República de Chile, inscrita con número de Registro Público del Ministerio de Justicia N° 4609, de fecha 22 de junio de 2018. Los miembros constituyentes de la iglesia son: Alonso Iván Riquelme Paredes, Joel Sebastián Torres Carrasco, Rosa del Carmen Cuevas Díaz, Fernando Joel Torres Ceballos, Nelly Susana Carrasco Espinoza, René del Carmen Paredes Contreras, Fernando Esteban Torres Carrasco, Elsa Belén Carrasco Ortiz, Ricardo Epimaco Carrasco Espinoza, Sara Elizabeth Orias Carrasco; Nilda Ruth Ortiz Vera, Mario Alberto Olivares Home. Son Fundamentos y Principios de Fe. Al respecto se declara que la única regla de fe suficiente y completa es la Sagrada Escritura o Santa Biblia, redactada en 66 libros Canónicos, a la cual deben ajustarse todas nuestras creencias y prácticas. A la vez, nuestra interpretación oficial de la misma se encuentra sistematizada y ordenada en la Confesión de Fe de Londres de 1689, en adelante la Confesión de Fe de la Primera Iglesia Bautista de Lota o simplemente la Confesión, a la cual declaramos total adhesión. El Directorio estará compuesto por cinco personas, por un periodo de dos años: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y Director. El presidente del directorio será también el presidente de la Iglesia. El directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a. Dirigir la entidad religiosa y velar por que se cumplan sus estatutos y acuerdos tomados en las asambleas. Se hace presente que esta dirección será solamente administrativa y en ningún caso interferirá con las decisiones del o los Pastores de la congregación, ni podrá anular o cuestionar las determinaciones de la asamblea de miembros. b. Administrar los bienes de la Iglesia, sin perjuicio de lo que determinen los pastores y diáconos de la congregación. c. Citar a las asambleas generales. d. Redactar los reglamentos internos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la entidad religiosa, sometiéndolos a la aprobación de la asamblea general. e. Cumplir con los acuerdos tomados en las asambleas generales. f. Rendir cuenta por escrito ante la asamblea general de las inversiones de los fondos de la iglesia, y correspondientes células, de la marcha de la obra durante el periodo correspondiente. g. Deberá sesionar a lo menos dos veces al año y sus actas serán confeccionadas siguiendo el mismo procedimiento de las actas de asamblea. Estatutos contenidos escritura pública fecha 20 junio 2018, repertorio N° 337-2018, ante Notario Interino de Lota, don Luis Guillermo Zambrano Cadena, con oficio en Lota, Arturo Prat 112, oficinas 6 y 7, segundo piso, complementada por escritura pública fecha 27 junio 2018, repertorio N° 351-2018, ante mismo Notario. Demás estipulaciones escritura extractada.- Lota, 9 de julio de 2019.




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