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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1622688 2019


(CVE 1622688)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA EVANGÉLICA PENTECOSTAL DE CURARREHUE JESúS ES EL REY
(Extracto)
Rodrigo Sepúlveda Gómez, abogado, Notario Público de la Sexta Notaría de Temuco con asiento en Padre Las Casas, Maquehue N° 1244, comuna de Padre Las Casas, certifico: Por escritura pública otorgada con fecha 17 de junio de 2016, Repertorio 795-2016, ante Notario Público de la comuna de Padre Las Casas, don Rodrigo Sepúlveda Gómez, con domicilio en la misma comuna, en calle Maquehue número 1244, la que se complementó por escritura pública suscrita por el Abogado don Christian Águila González, con fecha 6 de julio del año 2018, ante Notario Público don Carlos Alarcón Ramírez, de la comuna de Temuco, con domicilio en calle Andrés Bello número 911. Don Christian Eduardo Andrés Águila González, chileno, casado, Abogado, cédula de identidad número quince millones setecientos cincuenta y siete mil ciento ocho guion siete, con domicilio en sector El Claro comuna de Pucón, y de paso en esta ciudad de Temuco; quien debidamente facultado, redujo a escritura pública acta de Iglesia Evangélica Pentecostal de Curarrehue Jesús es el Rey, como sigue: Se constituyó legalmente con el nombre de Iglesia Evangélica Pentecostal de Curarrehue Jesús es el Rey, domiciliada en la comuna de Curarrehue, sector Catripulli sin número, la que se encuentra inscrita en el registro público a cargo del Ministerio de Justicia bajo el número 4.425, de fecha 12 de diciembre de 2017. Los constituyentes son las siguientes personas: 1.- Uberlinda Catricura Curinao, RUT 10.435.476-9; 2.- Joel Quintripan Jiménez, RUT 7.557.583-1; 3.- Paola Bravo Oliva, RUT 10.252.684-8; 4.- Eliana Osses Chihuaicura, RUT 9.621.845-1; 5.- Ana Allelef Osses, RUT 21.729.513-0; 6.- Yessica Valencia Catricura, RUT 16.900.445-5; 7.- Carolina Alarcón Vargas, RUT 16.900.371-8; 8.- Rosa Vargas Ulloa, RUT 11.587.914-6; 9.- Mirta Obreque Fernández, RUT 10.792.427-2; 10.- Flor Henríquez Martínez, RUT 8.833.682, firma ilegible; 11.- Herminda Quintripan Jiménez, RUT 7.589.827-4; 12.- Gloria Carinao Huenulef, RUT 16.202.135-4; 13.- Sunilda Ibacache Ibacache, RUT 9.083.376-6; 14.- Celso Colicoi Quintripan, RUT 13.814.859-9; 15.- Luis Alarcón López, RUT 7.407.399-9; 16.- José Alarcón Vargas, RUT 18.139.495-1; 17.- Daniel Quintripan Henríquez, RUT 18.139.078-6; 18.- Margarita Catricura Curinao, RUT 6.296.418-9; 19.- Juan Allelef González, RUT 9.468.971-6; 20.- Roqui Quintripan Jiménez, RUT 14.079.144. Duración: La Iglesia tendrá una duración indefinida y su número de miembros será ilimitado. Los elementos esenciales que la caracterizan y fundamentos y principios en que se sustenta la fe que se profesa son los siguientes: Los fundamentos de la fe que profesa esta iglesia son: Uno/ Cree en un Dios trino: Padre, Hijo y Espíritu Santo. Dos/ Cree en Jesucristo único salvador de la humanidad, Hijo de Dios, quien no fue concebido por la voluntad humana sino por obra del Espíritu Santo, que murió en la Cruz del Calvario y resucitó al tercer día, ascendió a la diestra del Padre para interceder ante Él por los que le invoquen en Espíritu y en verdad. Tres/ Cree en la autoridad de las Sagradas Escrituras como la Palabra de Dios, la que está constituida por los Libros Canónicos del Antiguo Testamento desde el Génesis hasta el Apocalipsis. Cuatro/ Reconoce como Sacramentos el Bautismo para arrepentimiento; el Bautismo o presentación de los niños para consagración; la Santa Cena instituida por el Señor y que simboliza nuestra redención por la muerte de Cristo en la cruz y el matrimonio. Cinco/ Cree en el Bautismo del Espíritu Santo como poder regenerador y creador de una vida nueva acompañada del gozo y la alegría del Poder de Dios. Seis/ Cree en la resurrección de los muertos y en la segunda venida de Cristo a la tierra en Gloria y Majestad para llevar consigo a sus redimidos. Siete/ Cree en la justificación por la Fe en Cristo y no por las obras. Principios. Los principios que reconoce la Iglesia son: Uno: Reconoce en Jesucristo el único salvador de la Humanidad, Hijo de Dios, quien no fue concebido por voluntad humana sino por obra del Espíritu Santo, quien murió en la Cruz del Calvario y resucitó al tercer día, ascendió a la diestra del Padre para interceder ante Él por los que le invoquen en espíritu y verdad. Dos: Se sostiene la autoridad de las Santas Escrituras como la palabra de Dios que está constituida por los libros Canónicos del Antiguo y Nuevo Testamento, desde el Génesis hasta el Apocalipsis. Tres: Reconoce y realiza sólo matrimonios constituidos por un hombre y una mujer, entendiéndose los que al momento de su nacimiento tengan esa condición. Los fines de la Iglesia son: a) Proclamar el Evangelio del Reino de Dios presentado por nuestro Señor Jesucristo; b) Velar por el discipulado e instrucción en las sagradas escrituras; c) Difundir las enseñanzas del Señor Jesucristo según las Sagradas Escrituras a través de todos los medios legales; d) Abrir templos, locales o capillas de culto; e) Hacer uso de vías públicas y todos los medios de comunicación en general; f) Crear y realizar tareas de educación y enseñanzas en jardines infantiles, escuelas, liceos, institutos, universidades y cualquier otro tipo de establecimiento de enseñanza, educación y/o capacitación; g) Realizar ayuda de asistencia social y evangelización; h) Crear y ayudar hogares de ancianos, menores, juveniles, comedores abiertos, hospitales, clínicas; i) Crear dispensarios, policlínicos y hospitales; j) Crear otras personas jurídicas de derecho público o derecho privado, que permitan a la Iglesia alcanzar los fines propuestos. Son miembros de la Iglesia quienes han suscrito el acta de constitución de esta entidad que más arriba se detallan. Habrá dos tipos de miembros a saber: a) Los miembros constituyentes y firmantes de la presente acta constitutiva; b) Los miembros que, aprobada su respectiva solicitud de ingreso, por el pastor principal, se encuentren con plena madurez cristiana y recibidos, como tales, después de haber demostrado su crecimiento, cumpliendo, con a lo menos: a) Tener una antigüedad de tres años de participación en las actividades de la entidad; b) Su declaración escrita de adscribir a principios y fundamentos de la entidad; c) Su respeto irrestricto a las autoridades de la Iglesia. En casos calificables como extraordinarios podrán ser incorporados como miembros de la entidad quienes no cumplan los requisitos indicados en letras a), b) y c) anteriores previamente revisado por el pastor principal y pastores de esta entidad. Órganos de la Administración, sus atribuciones y el número de miembros que lo componen: Sólo el pastor principal, pastores y fundadores de esta entidad podrán elegir y ser elegidos en cargos directivos dentro de la Iglesia, ellos podrán participar con derecho a voz y voto, en las Conferencias de Pastores; presentar proyectos o proposiciones al Pastor Principal quien decidirá si los incluye o rechaza; participar en los servicios de la Iglesia. El pastor principal, pastores y fundadores de esta entidad tienen las siguientes obligaciones: a) Servir los cargos para los cuales sean designados y cumplir las comisiones que se les encomiende; b) Cumplir oportunamente todos y cada uno de los compromisos y obligaciones que contraigan o convengan con la Iglesia; c) Asistir con presencia a las reuniones a que fueron convocados, sean públicas o privadas, incluyendo las actividades educativas, culturales y sociales que se pongan en práctica; d) Asistir a los oficios o servicios religiosos, sean públicos o privados, cursos, reglas de examen de conducta y demás normas y directrices indispensables para ingresar conservar la calidad de miembro de la Iglesia; e) En general, observar y dar cumplimiento irrestricto a las normas y disposiciones del presente estatuto así como a aquellas que establezca el Pastor Principal. La calidad de miembro se pierde: a) Por fallecimiento; b) Por renuncia escrita presentada al pastor principal, pastores y fundadores de esta entidad, la que se limitará a tomar conocimiento de la renuncia; c) Por expulsión por causar grave daño de palabra, de hecho, o por escrito a los intereses de la Iglesia, previo conocimiento de los antecedentes que se proporcionen al Tribunal de Disciplina establecido en estos estatutos. Ninguna sanción podrá ser aplicada sin el debido emplazamiento del afectado; d) Por haber sido condenado por sentencia a una pena habilitante, y que derive de conductas personales reñidas con la pertenencia a la Iglesia. La calidad de miembro se suspende en los siguientes casos: a) Por atraso injustificado, superior a los noventa días, en el cumplimiento de las obligaciones pecuniarias para con la Iglesia. Comprobado el atraso y previa audiencia del infractor, el pastor principal, pastores y fundadores de esta entidad suspenderá al miembro sin otro trámite, dicha suspensión cesará de inmediato una vez cumplida la obligación morosa que le dio origen; b) Cuando sin justificación no se cumpla con las obligaciones establecidas en los estatutos; c) Por arrogarse la representación de la Iglesia. De los órganos: Los órganos de la Iglesia son: a) El Pastor Principal y Presidente; b) Los Pastores y fundadores. Debe entenderse que no se hace discriminación de género, por lo que los miembros de los órganos de la iglesia podrán ser hombres o mujeres cuya condición de género haya sido de nacimiento. Del Pastor Principal y Presidente de la Iglesia. El Pastor Principal y Presidente de la Iglesia será elegido por el pastor principal, pastores y fundadores de esta entidad, de entre sus miembros. Los requisitos para desempeñar el cargo de Pastor Principal y presidente serán: a) No estar sometido a proceso que merezca pena aflictiva; b) Tener, a lo menos, treinta años de edad; c) Ser casado o viudo; d) Ser pastor por a los menos diez años; e) No haberse apartado de las doctrinas de la Iglesia por a lo menos diez años. La elección del Pastor Principal y presidente se hará mediante el voto favorable de los dos tercios de los miembros con calidad de pastor y fundadores, reunidos en sesión de Junta Extraordinaria, en las oportunidades que corresponda, mediante votación nominal y secreta, que estará a cargo de la Comisión Electoral que establece el presente estatuto. Resultará elegido en el cargo de Pastor Principal y Presidente el candidato que obtenga el mayor número de votos, hecho que quedará constancia en acta respectiva. El cargo de Pastor Principal y Presidente tiene el carácter de vitalicio, sin perjuicio de inhabilidad sobreviniente que pudiera afectarle, circunstancia que calificará, a lo menos, los dos tercios de los miembros con calidad de pastores y fundadores, en sesión extraordinaria convocada al efecto. El Pastor Principal y Presidente podrá, en todo caso, ser removido de su cargo, por las siguientes causales: a) Apartarse de la doctrina del Evangelio; b) Ejercer una errónea administración a los intereses de la Iglesia, calificada por los dos tercios de los pastores y fundadores, y c) Por ejercer su cargo con abuso de poder, calificada en tal sentido, por los dos tercios de los miembros con calidad de pastores y fundadores. De las funciones y atribuciones del Pastor Principal y Presidente. Le corresponderán las siguientes funciones y atribuciones: a) Representar judicial y extrajudicial a la Iglesia; b) Convocar y presidir las sesiones de pastores y fundadores, ordinarias y extraordinarias; c) Dar cuenta anual de la marcha de la Iglesia; d) Ejecutar los acuerdos de las reuniones de pastores y fundadores, con quien corresponda; e) Las demás atribuciones que determinan estos estatutos, o le fueren encomendadas. De los miembros con calidad de pastores y fundadores: Se establece miembros con calidad de pastores y fundadores, integrado por, a lo menos, doce miembros, que pertenecerán en sus cargos por periodos ilimitados. A menos que haya causa certificable para su cese, circunstancia de la que quedará constancia en acta de la primera sesión ordinaria anual que estos miembros celebren con expresa declaración que en tal sentido manifieste el Pastor Principal y Presidente. Las funciones de los pastores serán: a) Asesorar al Pastor Principal y Presidente sobre las bases administrativas de la Iglesia, económicas y financieras; b) Presentar al Pastor Principal y Presidente, para su aprobación o rechazo, Balances anuales o Memorias; c) Asesorar al Pastor Principal y Presidente, cuando éste los solicite en todo tema relacionado con la marcha de la Iglesia actual o futura, en sus planes de acción, de su administración y/o de administración de sus recursos; d) Adoptar acuerdos necesarios para la aprobación de Reglamentos internos, fijando su vigencia de aplicación obligatoria; e) Adoptar acuerdo útiles respecto del arrendamiento por más de tres años y venta de bienes raíces de la Iglesia; f) Determinar el monto de las cuotas de incorporación, ordinarias mensuales y extraordinarias para contribuir al sostenimiento económico de la Iglesia; g) En general, tratar y resolver todo asunto o materia de interés a la Iglesia que Pastor Principal y Presidente le encomiende. En todo lo no modificado por el presente instrumento, permanece plenamente vigente el estatuto social.- Demás estipulaciones constan escritura pública extractada.- Padre Las Casas, 25 de junio del año 2019.




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