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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1636003 2019


(CVE 1636003)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MINISTERIO PENTECOSTAL EVANGELÍSTICO LA GRAN VICTORIA EN CRISTO JESúS
(Extracto)
Jorge Elías Tadres Hales, Notario Público titular de la agrupación de las comunas de Temuco, Padre Las Casas, Cunco, Vilcún, Freire y Melipeuco, con oficio en calle Antonio Varas número novecientos setenta y seis, Temuco, certifico que: Con fecha diez de mayo de dos mil diecinueve, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de fecha treinta de abril de dos mil diecinueve, cuyo contenido dice relación con la constitución y estatutos de la organización religiosa de derecho público denominada Ministerio Pentecostal Evangelístico La Gran Victoria en Cristo Jesús, cuya reducción fue complementada y rectificada por escritura pública de fecha veintiocho de junio de dos mil diecinueve, entendiéndose esta última parte íntegra de la reducción a escritura pública del acta de constitución y estatutos del Ministerio Pentecostal Evangelístico La Gran Victoria en Cristo Jesús. La organización religiosa se encuentra inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia número cuatro mil novecientos nueve del quince de mayo de dos mil diecinueve. Constituyentes: Víctor Antonio Apeleo Caripán, don Jaime Patricio Epuñanco Caripán, doña María Inés Hueicha Ñanculipe, doña Andrea María Epuñanco Chañapi, don Antonio Víctor Apeleo Pichumilla. Domicilio: Sector Traitraico Alto, kilómetro quince, Lican Ray - Coñaripe, comuna de Panguipulli, Región de Los Ríos, sin perjuicio de la habilitación de sedes en otros lugares de la República que el Directorio pueda acordar. Elementos Esenciales, Fundamentos y Principios: Creemos en un Dios Trino, Eterno, existente en la persona del Padre, en la persona del Hijo y la persona del Espíritu Santo. Creemos en la Biblia como palabra inspirada por Dios a través de los hombres, aceptándola en su totalidad como regla infalible de fe y conducta para el ser humano. Creemos en la deidad de nuestro Señor Jesucristo, en su nacimiento virginal, su vida inmaculada, en sus milagros, en su muerte expiatoria, en su resurrección y ascensión a la diestra del Padre y en su retorno futuro. Órganos de la Administración, Atribuciones y Número de Miembros que la Componen: El Pastor, el Directorio y las Asambleas Generales. El Pastor tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Presidir las sesiones del Directorio y Asambleas Generales, pudiendo delegar esta facultad en otro miembro del Directorio; b) Convocar a la Iglesia a Asamblea General, sea ordinaria o extraordinaria; c) Convocar al Directorio a sesiones Ordinarias o Extraordinarias; d) Dar cuenta a la Iglesia de su marcha en las Asambleas Generales Ordinarias; e) Representar a la Iglesia judicial y extrajudicialmente. El Directorio es un órgano colegiado integrado por cinco miembros activos y será presidido por el Pastor. El Directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Supervigilar la marcha de la Iglesia, como el cumplimiento de sus objetivos; b) Elaborar planes y proyectos para la marcha de la Iglesia; c) Designar y supervigilar comisiones de trabajo para las diferentes tareas; d) Apoyar pastoralmente a los miembros de la Iglesia; e) Promover en Espíritu de Paz, buena voluntad y cooperación dentro y fuera de ella en bien de todos los hombres; f) Rendir cuenta anualmente a la Asamblea General Ordinaria de la marcha de la Iglesia, presentar la cuenta de gastos; g) Determinar la inversión de los fondos sociales para el cumplimiento de sus fines, etc. La Asamblea General es la primera autoridad del Ministerio Pentecostal Evangelístico La Gran Victoria en Cristo Jesús y representa al conjunto de sus miembros, compuesta por una totalidad de trece miembros. Habrá Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. En la Asamblea General Ordinaria se presentará el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior para su respectiva aprobación y se procederá a efectuar las elecciones de acuerdo a la votación de la mayoría de sus miembros. Corresponde exclusivamente a la Asamblea General Extraordinaria: a) Todo lo relativo a la reforma o modificación de los Estatutos de la Iglesia; b) Lo concerniente a la disolución y entrega de sus bienes a la entidad beneficiaria con personalidad jurídica sin fines de lucro según los Estatutos; c) Todo lo relativo a la apelación de sanciones aplicadas a los miembros de la Iglesia; d) Reducción a Escritura Pública de los acuerdos que se refieran a las adquisiciones, enajenaciones, hipotecas y rentas de los bienes de la Iglesia. Temuco, 6 de agosto de 2019.




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