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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1639283 2019


(CVE 1639283)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA EVANGÉLICA PENTECOSTAL DEL SUR
(Extracto)

María Soledad Santos Muñoz, Notario titular de la 7ª Notaría de Santiago, Agustinas N° 1161 entrepiso, Santiago. Certifica por escritura pública con fecha 24.07.2019 la constitución de la Iglesia Evangélica Pentecostal del Sur con domicilio en Pasaje Río San Pedro, número cuarenta y uno, Villa los Ríos, comuna de Panguipulli, XVI Región. Registro de Derecho Público N° 5006 de fecha 26.07.2019. Directorio: (Pastor) José Campos Barra; Lucerina Truy Truy y Gladys Barra Díaz. Son principios y/o artículos de fe de la Iglesia: Creemos en el nacimiento virginal de nuestro Señor Jesucristo, su indiscutible deidad, su naturaleza humana sin pecado y perfecta vida, el eterno designio con su muerte, su corporal resurrección, su ascensión milagrosa al padre, su personal segunda venida para arrebatar a su iglesia. Las sagradas escrituras: Creemos que la Biblia a saber es Antiguo Testamento y Nuevo Testamento fueron plenamente inspirados por Dios, es la infalible y autorizada palabra de Dios y son la única regla de fe, conducta, doctrina de todo miembro de la iglesia de Cristo; creemos firmemente, según la escritura, que es una abominación ante Dios el casar parejas del mismo sexo. Considerando que es un hecho vergonzoso ante los ojos de Dios. El casar parejas del mismo sexo está en contra de los principios doctrinales de la Iglesia y es una conducta antibíblica. La Iglesia podrá utilizar para estos efectos templos, locales u otros lugares de predicación, públicos y privados, promover el desarrollo especialmente de las personas y familias, grupos y comunidades que viven en condiciones de pobreza y/o marginalidad. Podrá realizar sus actividades en los siguientes ámbitos de acción: Educación, pudiendo crear y administrar establecimientos educacionales, Medio Ambiente, Desarrollo Comunitario, Microempresa, Pequeña Producción, Consumo Popular, y en general todo programa o institución de tipo educativo que promuevan la fe cristiana; el directorio estará compuesto por el Presidente; Secretaria(o) y Tesorera(o) que tendrán la responsabilidad de representar a la Iglesia en los ámbitos eclesiásticos, judicial y extrajudicial, bancario y financiero; ejecutar los acuerdos del directorio; velar por el estricto cumplimiento de los principios, objetivos, estatutos y reglamentos de la Iglesia; firmar la documentación propia de sus cargos y aquella en que deba representar a la Iglesia; dar cuenta a la asamblea general ordinaria de la marcha de la iglesia; ordenar y promover a los miembros a las designaciones de pastores y diáconos y disponer sus traslados. Santiago, 19.08.2019.




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