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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1639772 2019


(CVE 1639772)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
CENTRO CRISTIANO MISIONERO PUEBLO DE DIOS
(Extracto)
Renata Paz Salgado Varas, Suplente del Notario Titular de la 4° Notaría Talcahuano, de don Ricardo Mauricio Salgado Sepúlveda, con domicilio en Autopista Concepción Talcahuano 9000 local 22 Hualpén, certifica: Por escritura pública de 24 de junio de 2019, ante el titular, David Gregorio Lagos Medel, chileno, casado, pastor, cédula de identidad número seis millones treinta y cinco mil ochenta y tres guion tres, domiciliado en calle Vicuña número doscientos setenta y seis, Población Las Higueras, comuna de Talcahuano, debidamente facultado redujo a escritura pública, Acta constitutiva y Estatutos del Centro Cristiano Misionero Pueblo de Dios, de conformidad al artículo 11 inciso 2° del decreto supremo N° 303, de 21 Mar.2000, del Ministerio de Justicia, se procede a su Extracto: Centro Cristiano Misionero Pueblo de Dios, con sigla CCMPD, domicilio: calle Riquelme N° 150, comuna de Talcahuano, Provincia de Concepción, Región del Biobío. Registro Público N° 4.964, de 28.Jun.2019, según Oficio 2584, de 4.Jul.2019, del Depto. Personas Jurídicas, Unidad Entidades Religiosas, del Ministerio de Justicia. 1. Constituyentes. Directorio Provisorio, integrado por 5 Personas: Pastor Presidente, Walter Araya Reveco; Pastora Vicepresidenta, María Carriel Gatica; Secretario, Arnoldo Rodríguez Guzmán; Tesorera, Cecilia Rocha Mena y, Primer Director, Juan Rodríguez Guzmán. Las otras 10 Personas constituyentes: Héctor Paredes Santibáñez; Carlos Gutiérrez Muñoz; Robinson San Martín Figueroa; Christian Araya Reveco; Jessica Chamblas Salas; Álvaro Benítez Moraga; Daniela Toro Rocha; Carmen Faúndez Laurie; Juan Carrillo Vera y, Noelia Bustos Ravanal. 2. Elementos Esenciales que caracterizan a esta Entidad: a) Formar una comunidad centrada en Dios, para que tome conciencia de su vocación misionera ante la sociedad; b) Promover entre sus asociados, las vocaciones misioneras; c) Promover la solidaridad económica, apelando a la generosidad de sus miembros, con el fin de elaborar un programa de justicia social y de asistencia para subvenir, de manera regular, a las necesidades esenciales del Centro Cristiano Misionero; d) Predicar el Evangelio de Jesucristo en: Templos, Institutos, Escuelas y domicilios particulares; e) Realizar talleres, seminarios y conferencias, para la formación teológica, ética, espiritual e intelectual de sus miembros; f) Propender a la fundación y manutención de Templos, Institutos Teológicos, Escuelas, Hospitales, Clínicas e Instituciones Filantrópicas, de beneficencia y de asistencia social y, g) Publicar literatura cristiana, en forma de folletos, revistas, libros y, mediante grabaciones u otro sistema de transmisión oral. 3. Fundamentos y Principios en que sustenta su Fe: a) Cree en Dios, quien se ha revelado asimismo como el Padre, el Hijo, y el Espíritu Santo; b) Cree en la muerte, resurrección y ascensión de Jesucristo al cielo, quien ahora se encuentra a la diestra de Dios, su Padre; c) Cree en el Señorío de Jesucristo en su Iglesia; d) Cree en la divina inspiración de la Biblia; e) Cree que la tarea de la iglesia es la evangelización a todo el mundo; f) Cree que la entrada de los miembros al Centro Cristiano Misionero Local, es a través del nuevo nacimiento en el espíritu; g) Cree que los ministerios y dones dados por el Espíritu Santo a la Iglesia, son para su edificación; h) Cree que la Ordenanza del Bautismo en las aguas, es por inmersión, en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo. Y, en los casos, que por imposibilidad física o, por la avanzada edad se hará por aspersión; i) Cree que la Santa Cena es un mandato de Jesús, para la Iglesia; j) Cree en el Bautismo del Espíritu Santo; k) Cree en el perdón de los pecados, a través de Jesucristo, ante Dios su Padre; l) Cree en la salvación y justificación por gracia y fe en Jesucristo y, m) Cree en la segunda venida personal de Jesucristo a la tierra. 4. Órganos de Administración: a) Las Asambleas Generales Ordinarias que se celebrarán entre los meses de enero a mayo de cada año, en la que se presentará el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior, y se procederá, cuando corresponda, las elecciones del Directorio. Además, podrá tratarse cualquier otro asunto relacionado con los intereses sociales de la Entidad. La Asamblea Extraordinaria, cuando el Directorio acuerde convocar a ella, por estimarla necesaria y, cuando se solicite por los dos tercios de sus miembros. En ésta se tratará: a) Las Reformas de los Estatutos y Reglamento Interno; b) La disolución de la Entidad; c) Las Reclamaciones presentadas en contra de los miembros del Directorio y, d) Las adquisiciones, hipotecas, y rentas de los bienes de la Entidad. 5. El Directorio estará compuesto por 5 miembros: Un Pastor Presidente, quien representa a la Entidad en lo judicial y extrajudicial; Una Pastora Vicepresidenta; Un Secretario; Un Tesorero, Un Primer Director. Este Directorio tiene la dirección superior de la Entidad, en conformidad a sus Estatutos y Reglamento Interno; y durará 3 años en sus funciones; pudiendo ser reelegidos por un período más, en los mismos cargos u otros del Directorio. En caso de disolución, sus bienes serán traspasados a la: Asociación de Pastoras de la Región del Biobío (APREBIB), Personalidad Jurídica de Derecho Público Vigente N° 2.363, de 29.Abr.2011, con domicilio en calle Uno N° 2166, Villa Valle Verde, Palomares, Provincia de Concepción, Región del Biobío.- Demás estipulaciones en Escritura extractada.- Hualpén, 11 de julio de 2019.




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