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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1642712 2019


(CVE 1642712)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
CENTRO FAMILIAR CRISTIANO; GRACIA, FE Y ESPERANZA
(Extracto)

Cristóbal Díaz Acevedo, Abogado, Notario Suplente de Clovis Toro Campos, Titular 13
Notaría Santiago, Compañía 1312, certifico: Por escritura pública ante Titular de fecha 11 de junio de 2019, Repertorio N° 3994, se redujo a escritura pública acta de constitución de entidad religiosa de derecho público denominada Centro Familiar Cristiano; Gracia, Fe y Esperanza, con domicilio calle Cuevas N° 679, Rancagua, Sexta Región. Inscrita Registro Público del Ministerio de Justicia N° 5002, de fecha 26 de julio del año 2019. Constituyentes: David Zárate Hernández, Rosa Isela Ramírez de Zárate, Cindy Vanessa Valenzuela González, Alejandra Pilar Zapata Sepúlveda, Andrea Carolina Zárate, Nicolás Fernando Urrutia Fuentealba, Cristián Andrés Sánchez Cerda. Principios: La iglesia como una familia, la fe, el amor, la comunión de los fieles y el respeto a la dignidad del ser humano, sin distinción de raza, etnia o condición social; según el plan y propósito original de Dios. Los fundamentos: La Biblia como la divina palabra de Dios. El único y Verdadero Dios. La Deidad del Señor Jesucristo. El matrimonio institución creada por Dios. La caída del hombre. La salvación del hombre, Salvación de su Alma. Las ordenanzas de la iglesia. El bautismo en el Espíritu Santo. La evidencia física inicial del bautismo en el Espíritu Santo. La santificación. El Ministerio y su gran comisión. Sanidad en Cristo. La esperanza bienaventurada. El reino milenario de Cristo. El gran juicio Final. La promesa de cielos nuevos y la tierra nueva. Órganos de administración: Directorio integrado por siete personas: un Presidente, un Secretario, un Tesorero y cuatro directores. El Presidente del Directorio lo será también de Pastor Presidente del Centro, quien la representará judicial y extrajudicialmente y tendrá las demás atribuciones que los estatutos le encomienden. Son atribuciones y deberes del Directorio a) Dirigir y velar para que se cumplan y acaten sus principios, objetivos y estatutos; b) Administrar los bienes e invertir sus recursos. Asimismo las facultades, correspondientes a la administración de la entidad religiosa, es decir la aprobación de los requisitos de validez para la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles, corresponderán al directorio y tendrá que ser aprobado por la mayoría absoluta del directorio vigente, en asamblea ordinaria o extraordinaria; c) Citar a asambleas generales ordinarias y extraordinarias; d) Redactar los reglamentos que estime necesarios para su mejor funcionamiento, en las materias que le son propias; e) Cumplir los acuerdos de las asambleas generales; f) Rendir cuenta en la asamblea general ordinaria, tanto de la marcha del Centro Cristiano, como de la inversión de sus fondos; y g) entregar, al término de su período, una cuenta circunstanciada de su gestión al Directorio entrante. Demás deberes del Directorio: A) Colaborar con el Pastor Presidente en la dirección superior de la Iglesia, velando por su afianzamiento, desarrollo y perfeccionamiento; ajustándose a las normas, doctrina y estrategia de trabajo de la Iglesia. B) Citar a Asambleas Generales tanto Ordinarias como Extraordinarias, en la forma y época que señale estos estatutos. C) Ejecutar las resoluciones de las Asambleas, cumplir y hacer cumplir este Estatuto y los reglamentos, interpretándolos en caso de duda con cargo de dar cuenta a la Asamblea más próxima que se celebre. D) Someter los problemas cuya gravedad afecte a un pastor o líder activo al Comité de Ética considerando el veredicto de la mayoría de la congregación local y el informe del Pastor Presidente; para que esta comisión investigue, sancione o absuelva en primera instancia. E) Exigir a los pastores a nivel nacional e internacional que tuviesen a su cargo bienes pertenecientes al Ministerio, un inventario de todos ellos, con dos copias, para ser entregados a la Asamblea Anual y otro a la congregación local. F) Nombrar al Secretario y Tesorero, dentro de los miembros del Directorio. G) Todo lo relacionado con la situación económica y financiera de Centro Familiar Cristiano Gracia, Fe y Esperanza, exigiendo a todos los pastores y congregaciones un informe anual detallado de todos los ingresos por conceptos de cuotas sociales, donaciones, erogaciones, diezmos y ofrendas, separando los porcentajes acordados para cada caso y otros que sean necesarios solicitar. H) Aceptar donaciones, comodatos, herencias de todo tipo de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales e internacionales. I) Nombrar al personal necesario para el cumplimiento de la finalidad de la Iglesia, fijarle sueldo en el caso de proceder, determinarle sus obligaciones, sancionarlo o inhabilitarlo. J) Acordar erogaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros y hacer depósitos de los mismos en cuentas Bancarias, girar y endosar y cancelar cheques, acordar la compra de bienes muebles e inmuebles a nombre de Centro Familiar Cristiano Gracia, Fe y Esperanza, y en general resolver todo lo relacionado acerca de la inversión que deben darse a dichos fondos. K) Deberá exigir al Tesorero o quien le reemplace una cuenta o informe detallado documentado de la situación de la caja central del Ministerio y de acuerdo a la situación económica de la Tesorería podrá otorgar préstamos a las congregaciones fijando las condiciones y plazos de los mismos, en ayuda a los pastores ancianos y personas necesitadas cuyas congregaciones no los pueden sustentar. K) Propiciar o redactar el Reglamento Interno y manuales de procedimiento disciplinario en que se regulen los pormenores del régimen interno, financiero y administrativo del Ministerio, el que será sometido a la Asamblea Anual para su aprobación. J) La adjudicación y adquisición de los bienes que pasan a ser parte del inventario del Ministerio. Las Asambleas: Asamblea Anual y extraordinarias. La Asamblea Anual; con la dirección del Pastor Presidente y el directorio, además con la participación de todos los pastores de los Centros o Iglesias Locales que posea en el país y extranjero. Tendrá las funciones espirituales y administrativas, es la autoridad máxima de la organización la que se reunirá una vez cada año. Asambleas Extraordinarias: se celebrarán cada vez que el Pastor presidente o el Directorio acuerden convocarlas, por estimarlas necesarias. Sólo podrán tratar los siguientes temas: a) Modificación o cambios de los estatutos. b) Aprobar o modificar el reglamento interno, manual de procedimiento de ministro o del Ministerio. c) Acordar la adquisición, enajenación, traspaso, permuta, arrendamiento o gravámenes de los bienes raíces o muebles y celebrar cualesquier acto o contrato que se estipule necesario o conveniente para los fines de la Institución de conformidad a las leyes vigentes en el país. d) Disolución o cambio de nombre. Demás estipulaciones en escritura extractada. Lo que consta de escritura pública de 11 de junio de 2019, otorgada en esta misma Notaría ante Notario Titular don Clovis Toro Campos. Santiago, 21 de agosto de 2019.




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