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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1647487 2019


(CVE 1647487)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA KAYROS CENTER
(Extracto)

María Soledad Santos Muñoz, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil ciento sesenta y uno, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Con fecha 10/04/2019, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de constitución de la organización religiosa de derecho público denominada Iglesia Kayros Center, inscrita Registro Público del Ministerio de Justicia N° 4895, de fecha 22 de abril de 2019. Constituyentes: Diego Fernando Mendoza Ríos, cédula nacional de identidad 25.584.722-8; Juan Carlos Seguel Bay, cédula nacional de identidad 13.912.028-0; Mauricio Antonio Jara Bravo, cédula nacional de identidad 11.788.247-0; Rafael Fernando Romo Rubio, cédula nacional de identidad 10.245.078-7; Yesenia del Carmen Vega Correa, cédula nacional de identidad 10.989.545-8; Arnaldo Andrés Massone Gabler, cédula nacional de identidad 13.338.798-6; Elizabeth Margarita Allende Pinilla, cédula nacional de identidad 9.103.351-8, Carmen Gloria Urzúa Rodríguez, cédula nacional de identidad 13.550.950-7; Francisco Esteban Roa Pinto, cédula nacional de identidad 20.237.650-9; Natalia Francesca Colil Cortez, cédula nacional de identidad 16.789.617-0; Sebastián Andrés Arenas Iligaray, cédula nacional de identidad 16.391.634-7; Paula Elizabeth Ortega Allende, cédula nacional de identidad 14.597.240-K y Patricia Eugenia Urbina Pérez, cédula nacional de identidad 11.891.309-4. Domicilio: Camino Melipilla N° 8811, comuna de Maipú, Región Metropolitana, sin perjuicio de la habilitación de sedes en otros lugares de la República que el Directorio pueda acordar. Elementos esenciales, fundamentos y principios. Los principios de la Fe, de la Iglesia Kayros Center. La declaración de fe de la Iglesia Kayros Center está basada en los siguientes puntos: Uno) Creemos en las Sagradas Escrituras, la Biblia, que como palabra inspirada de Dios mediante la cual se revela al ser humano, no contiene error en sus originales y constituye la única regla infalible de fe y conducta. Dos) Creemos en un Dios único, existente y revelado en las Escrituras en las personas del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo. Tres) Creemos en Jesucristo como único y suficiente Salvador, en su encarnación por obra y gracia del Espíritu Santo y que su obra redentora, muerte y resurrección es suficiente para la salvación del ser humano, sin necesidad de obras, en ningún otro hay salvación. Cuatro) Creemos en la salvación integral del ser humano (cuerpo, alma y espíritu), ofrecida gratuitamente mediante un acto soberano de dios y obtenida por la fe en Jesucristo. Creemos que todo ser humano es pecador y que, para ser salvo, en su libre albedrío, debe aceptar la gracia de dios con la indispensable necesidad de arrepentimiento, confiar en la eficacia del sacrificio expiatorio de Cristo Jesús en la cruz, quien murió por toda la humanidad como pago de la deuda contraída por nuestros pecados y, además, permanecer fiel hasta la muerte cuidando nuestra salvación que es susceptible de perderse por causa de infidelidad o apostasía. Cinco) Creemos en la promesa del Padre, el Bautismo en el Espíritu Santo por el que los creyentes son investidos de poder, para ser testigos de Jesucristo, servir a Dios y vivir en santidad. La evidencia inicial es hablar en lenguas desconocidas, diferenciando este hecho del don de lenguas. Seis) Creemos en la Iglesia, que es el cuerpo de Cristo, compuesta por todos los creyentes nacidos de nuevo, con su doble carácter: universal y local, y cuya única cabeza es Jesucristo mismo. Siete) Creemos en el Bautismo por inmersión y la cena del Señor como ordenanzas dadas por el Señor a su Iglesia. El Bautismo, como testimonio público de conversión al Evangelio de Jesucristo en identificación con su muerte, sepultura y resurrección. La Santa Cena como recordatorio de su muerte, señal del nuevo pacto, y anuncio de su segunda venida. Ocho) Creemos en el sacerdocio universal de los creyentes, siendo Jesucristo el único mediador entre Dios y los hombres. Creemos en la oración en el nombre de Jesús como medio de comunicación con Dios. Nueve) Creemos en la vigencia actual de los dones espirituales, manifestaciones sobrenaturales del poder del Espíritu Santo, dados a la iglesia para su edificación. Diez) Creemos en el poder de Dios, capaz de obrar prodigios, milagros y sanidades hoy día. Once) Creemos en el arrebatamiento de la iglesia y la segunda venida de Jesucristo, junto con sus Santos, para establecer su reino sobre la tierra. Doce) Creemos en la resurrección de los muertos y el juicio final, unos para vida eterna, otros para condenación eterna. Once) Creemos en el bautismo en agua, por inmersión, empleando la formula trinitaria en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo. Doce) Creemos en sostener económicamente la obra de Dios, entendiendo que el diezmo y las ofrendas forman parte del plan económico que Dios ha desarrollado para este fin. Órganos de Administración: El Pastor Principal o Presidente, El Directorio. Consejo Asesor Pastoral. Asambleas Generales. Corresponde especialmente al Pastor Principal: Uno) Representar a la Iglesia en los ámbitos eclesiásticos, judicial y extrajudiciales. Dos) Ejecutar los acuerdos del Directorio, sin perjuicio de las funciones que el estatuto encomiende al Secretario, Tesorero, y otros miembros que designe el Directorio. Tres) Velar por el estricto cumplimiento de los principios, objetivos, estatutos y reglamentos de la Iglesia. Cuatro) Firmar la documentación propia de su cargo y aquella en que deba representar a la Iglesia. Cinco) Citar y dar cuenta a la Asamblea General Ordinaria de la marcha de la Iglesia. Seis) Ordenar y promover a los miembros a las designaciones de pastores, y colaboradores. Siete) Delegar sus funciones eclesiásticas en uno o más miembros. Ocho) Las demás atribuciones que determine el estatuto y reglamento interno de la Iglesia. La Iglesia será administrada por un Directorio compuesto por 4 miembros: Un Pastor Presidente y representante legal, un secretario, un tesorero y un director, los cuales para formar parte del mismo no deben estar afectos a sanciones disciplinarias de ninguna naturaleza. El Directorio colaborará y apoyará al Pastor Principal en todas las tareas de la Iglesia. Consejo Asesor Pastoral será un organismo consultivo del Pastor Principal o Presidente de la iglesia que estará formado por el Pastor Principal, quien lo preside, por el secretario, tesorero y por hasta cuatro miembros de la Iglesia designados por el Pastor Principal. El Consejo Asesor Pastoral se reunirá y asesorará al Pastor Principal de la Iglesia y evacuará informes y recomendaciones en todas aquellas materias administrativas en que involucre el uso de recursos económicos, así como con la logística operacional de la iglesia. Su labor será ad honorem. La duración de los miembros en sus cargos será de dos años o hasta que cuente con la confianza del pastor principal. Pudiendo ser nuevamente designados para un nuevo periodo. La asamblea general ordinaria es la reunión de todos los miembros de la Iglesia en la que tratan todas las materias que dispongan los estatutos y que determine el Pastor Principal y el Directorio. Las Asambleas Generales serán ordinarias y extraordinarias. La asamblea General Ordinaria tendrá por objeto: Uno: Conocer la memoria anual del manejo de la Iglesia que rendirá el Pastor Principal y el Directorio. Dos: Conocer el balance que deberá presentar el Tesorero. Tres: Tomar conocimiento del desarrollo de la Iglesia y de las entidades que estén al alero de esta por su representante. Cuatro: En general tratar todas aquellas cuestiones que no sean materia de Asamblea Extraordinaria. Si por cualquier causa no se celebra una Asamblea General Ordinaria en la época estipulada, la asamblea a que se cite posteriormente y que tenga por objeto conocer de las mismas materias, tendrá en todo caso el carácter de Asamblea General Ordinaria. Las Asambleas Generales Extraordinarias se efectuarán a requerimiento del Pastor Principal, cada vez que lo exijan necesidades de la Iglesia. En las Asambleas Generales Extraordinarias solo podrán tomarse acuerdos relacionados con los Asuntos indicados en la citación. Santiago, 30 de agosto de 2019.




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