GobiernoTransparente

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1647703 2019


(CVE 1647703)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MINISTERIO APOSTÓLICO Y PROFÉTICO ESCOGIDOS PARA LIBERAR
(Extracto)

Gonzalo Hurtado Peralta, Notario público, domicilio José de San Martín 2745, Antofagasta, Chile. Certifico con fecha de 8 de febrero de 2019, ante mí se redujo a escritura pública el acta de constituciones la organización religiosa de derecho público denominada Iglesia Ministerio Apostólico y Profético Escogidos para Liberar, inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia N° 4824 del 15 de febrero de 2019. Constituyentes: Ramiro López Godoy, RUT 15.176.783-4; Yoselin Donaire Jacobo, RUT 13.644.638-K; Mario Carrizo Araya, RUT 13.871.079-3; Camila Carrizo Donaire, RUT 19.103.385-K; Maglio Ramírez, RUT 18.311.999-0; Luis Ramírez, RUT 19.950.250-6; Nury Canelo, RUT 8.457.053-7; Bernardo Troncoso, RUT 8.215.454-7; Mirian Báez, RUT 6.6.3.795-6; Ricardo Ávila, RUT 7.269.669-; Bibiana Pulgarin, RUT 25.557.310-; Fernando Blanco, RUT 17.071.273-9; Inés Rojas, RUT 7.470.007-9; Luis Quispe, RUT 15.689.911-9; Mayra Ávila, RUT 17.478.560-0; Bryan Villalobos, RUT 20.116.422-3; Cristián Tabilo, RUT 18.742.315-8; Patricia Tabilo, RUT 14.113.240-7; Mery Tabilo, RUT 16.347.445-9; Juan Rodríguez, RUT 14.444.910-K; Adriano Tabilo, RUT 17.019.866-2; Fransisco Tabilo, RUT 18.792.043-4; Luis Villalobos, RUT 13.011.284-6; Yuri Ramírez, RUT 13.172.944-8; Nicol Tabilo, RUT 19.398.438-K; Giovanni Morales, RUT 18.790.559-4; María Teresa Olivos, RUT 9.269.370-8; Natan Arenas, RUT 16.796.955-0; Georgina Godoy, RUT 9.376.366-1; Ros Sepúlveda, 21.103.646-K; Patricia Alusema, 13.217.456-K; Ximena Romero, 10.342.710-K; Antonia Donaire, RUT 21.695.327-4; Maglio Ramírez, RUT 9.016.930-0. Domicilio: calle Bolívar N° 769, Antofagasta, sin perjuicio de la habilitación de sedes en otros lugares de la República que el Directorio pueda acordar. Elementos Esenciales, Fundamentos y Principios de Fe: Según la biblia, única autoridad de doctrina y práctica para los creyentes Escogidos para Liberar declara y sostiene los Elementos esenciales, fundamentos y principios de Fe Creemos en Dios único, automanifestado para la salvación en lo temporal y en lo eterno de los creyentes, como padre soberano, como hijo redentor y Espíritu Santificador. Creemos que la libertad del espíritu viene del Espíritu Santo, porque donde está el Espíritu de Dios ahí siempre hay Libertad. 2 corintios 3:17 Creemos y confesamos que Jesucristo vino en carne, quien murió para darnos vida en abundancia, al tercer día resucitó y ascendió a los cielos. Creemos en la Biblia como la palabra de Dios inspirada por el Espíritu Santo. Sin perseguir fines de lucro, Escogidos para Liberar tiene por objeto: a) El ejercicio libre de su propio ministerio, practicar el culto, celebrar reuniones de carácter Religioso y fundar y mantener lugares para esos fines; b) La comunicación y difusión de palabra por escrito o por cualquier medio, de su propio credo y manifestación de su doctrina; c) La fundación, mantención y dirección de institutos de formación de estudios teológicos o doctrinales y escuelas de formación profética para adultos y niños y toda otra labor de educación cristiana. d) La creación, participación, patrocinio y fomentos de asociaciones, corporaciones y fundaciones para la realización de sus fines y e) Los demás que determine la Asamblea General. f) Crear y mantener publicaciones de libros, audios y todo medio de comunicación que sea dirigida a la liberación y consolidación cristiana. g) Construir, adquirir a cualquier título, administrar o tomar a su cargo en cualquier forma bienes inmuebles en los cuales desarrollar los fines del ministerio y los demás que determine la asamblea general h) Y en general, realizar aquellas acciones destinadas a la consecución de los fines propuestos. O Órganos Administrativos: El Pastor, El Directorio y las Asambleas Generales. Corresponde al pastor de la Iglesia: a) Representar Judicial y extrajudicialmente a Escogidos para Liberar b) Presidir las reuniones del Directorio del consejo de planificación y coordinación de las Asambleas Generales c) Convocar a asambleas ordinarias o Extraordinarias; cuando corresponda, de acuerdo a los estatutos d) Ejecutar los acuerdos del directorio sin perjuicio de las funciones que los estatutos encomiendan a otros funcionarios que designe el directorio e) Organizar los trabajos del directorio y proponer el plan general anual de actividades de la iglesia. Modificaciones a este plan y deberá continuar sesionando hasta que se alcance el acuerdo. f) Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamentos y acuerdos de la Iglesia. g) Nombrar las comisiones de trabajo que estime convenientes. h) Firmar la Documentación propia de su cargo y aquellas en que deba representar a la iglesia. i) Dar cuenta en las asambleas Generales, de la marcha de la Iglesia y el Estado financiero de la misma y las demás atribuciones que determinen estos estatutos y reglamentos. Directorio: El Directorio es un órgano integrado por 7 (siete) miembros activos y será presidido por el Pastor. Corresponde al directorio Dirigir la Iglesia Ministerio Apostólico y Profético Escogidos para Liberar y velar por que se cumplan sus Estatutos y finalidades. b) Administrar los bienes sociales e intervenir sus recursos. c) Citar Asamblea General de miembros activos, tanto ordinarias como extraordinarias en la forma y época que señalan estos estatutos. d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento del ministerio Escogidos para Liberar y los diversos grupos de trabajos que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de los concilios generales. e) Rendir cuentas en asambleas General Ordinaria, tanto en la marcha del ministerio escogido para liberar en lo Espiritual como de la inversión de sus fondos, mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros activos. f) Preocuparse de la organización y dirección eclesiástica de cada Iglesia o circuito dependiente del Ministerio Escogidos para Liberar. g) Dictar los reglamentos internos y h) Entregar al término de su periodo una cuenta circunstanciada de su gestión al Directorio. Asamblea. La Asamblea General será el órgano resolutivo superior de Escogidos para Liberar y se constituye por la totalidad de sus integrantes, sus acuerdos son obligatorios para el conjunto de sus miembros presentes y ausentes siempre que hayan sido tomadas en la forma establecida no fueren contrarias a las leyes y reglamentos establecidos y válidamente declarados por la iglesia. Habrá una asamblea Generales Ordinarias y una asamblea general extraordinarias. La Ordinaria se celebrará cada año en la fecha y lugar que determine la asamblea general ordinaria que la preceda, las extraordinarias en cualquier época del año, en la forma que se señale más adelante. En la Asamblea General Ordinaria se presenta el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior y se procederá a las elecciones determinadas en los estatutos, además podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses sociales a excepción de los que corresponda exclusivamente a las asambleas Generales Extraordinarias. Si por cualquier causa no se celebra una asamblea ordinaria en el tiempo establecido, la reunión que se cite posteriormente y que tenga por objeto conocer las mismas materias, tendrá en todo caso carácter de Asamblea General Ordinaria. La Asamblea General Extraordinaria se celebrará cada vez que el Directorio acuerde convocar a ellas y por estimarlas necesarias para la marcha de la institución, o cada vez que la solicite el pastor de la iglesia por escrito, un tercio de los miembros, indicando el objeto de la convocatoria. En estas asambleas Extraordinarias podrá tratarse únicamente las materias para las cuales fueron convocadas. Cualquier acuerdo que se tome sobre otra materia será nulo. Corresponde exclusivamente a la Asamblea General Extraordinaria tratar las siguientes materias: a) De la Reforma de los estatutos de la Iglesia. b) De la Disolución de Escogidos para Liberar. c) De las reclamaciones presentadas en contra de los miembros del directorio para ser efectivas las responsabilidades que por la ley o los estatutos les corresponda y d) De las adquisiciones, hipotecas, rentas de los bienes de la Iglesia. Antofagasta, 27 de agosto de 2019.




VolverTamaño de Fuente