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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1657270 2019


(CVE 1657270)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
CONGREGACIÓN ESPIRITUAL DE LA NUEVA JERUSALÉN
(Extracto)
Claudia Marcela Gómez Lucares, abogado, Notario Público Titular de la Quincuagésima Notaría de Santiago, oficio Teatinos N°371, Of.113, certifico que por escritura pública de fecha 21/07/2008, otorgada en la 50 Notaría de Santiago, ante la Notario Titular de la época doña Nelly Dunlop Rudolffi, Paseo Rosa Rodríguez N° 1355, Santiago, se redujo a escritura pública Estatuto de Constitución de "Congregación Espiritual de la Nueva Jerusalén"; modificada con fecha 9 de marzo de 2018, rep. 2.666-2018 y 25 de enero de 2019, rep. 2.144-2019, ambas por escritura pública, otorgadas en este oficio y ante mí, cuyo extracto es del siguiente tenor: "Congregación Espiritual de la Nueva Jerusalén", domicilio Los Cipreses 2639, La Pintana, Región Metropolitana, inscrita Registro Público Ministerio de Justicia bajo el N° 1692 de 23 julio 2008. Constituyentes: Marina Valdés Henríquez; Claudio Silva Ferrada; Ruby Rubio Aranda; Loreto Santibáñez Marré; Guillermo Fredes Gálvez; Luis Valdivia Agurto; Viviana Abarca Reyes y Julio Reyes Muñoz. Propósitos esenciales, fundamentos religiosos y espirituales serán: a) Difundir Evangelio de Dios Todopoderoso enseñado por sus Profetas y Divino Maestro Jesús, el Mesías, de Madrecita Laura Antonia, la Profeta en la era Apocalíptica y por Ángeles y Arcángeles de Dios, cuyo testimonio está en Sagradas Escrituras de la Biblia, estableciendo templos, instituciones espirituales y bíblicas, academias culturales, escuelas, hogares para ancianos, centros de rehabilitación personal, radioemisoras, canales de televisión y establecimientos asistencia social y beneficencia para auxilio de necesitados y desvalidos; b) Propender elevación espiritual y moral de miembros, quienes comprometen a observar postulados esenciales: Amar al Divino Padre Creador por sobre todas las cosas y más que a nada en este mundo y también al prójimo como a sí mismo; aceptar que humildad es primera y última palabra del progreso espiritual; comprender que a la Congregación no se viene a hacer amigos, sino servir humildemente al Divino Padre Creador, otorgándonos en justicia posibilidad que progresemos espiritualmente, se diluyan y atenúen karmas originales y se nos brinde su Divina Protección; aceptar que Congregación es verdadera religión del Divino Padre Creador en la Tierra y en todo el Universo, quedando todo bajo su Divina Protección, Dirección y Mandato; Aceptar que al desencarnar Guía Espiritual y Fundadora Madrecita Laura Antonia, "La Nueva Jerusalén", Profeta de Dios del Apocalipsis, el Divino Padre Creador designó al Arzobispo Mayor Monseñor Carlos Opazo Barragán, Guía Espiritual de la Congregación, encargado transmitir Órdenes del Padre Divino a hermanos de la Congregación, aceptar y creer que al desencarnar Madrecita Laura Antonia el 24 diciembre de 2003, el Divino Padre envió nueva Profeta Sucesora, quien por Mandato Divino debe mantener identidad en reserva, siendo ella Eslabón Sagrado entre el Padre Divino, su Jerarquía y nosotros humildes siervos. Órganos de Administración: La Asamblea General y el Directorio. Asamblea General es primera autoridad y será presidida por Arzobispo u Obispo Presidente, actuará como Secretario el que lo sea del Directorio y representando al conjunto de miembros, decidirá mediante acuerdos, sobre totalidad de materias, siendo sus atribuciones: a) Elegir miembros del Directorio; b) Aceptar donaciones; abrir suscripciones y resolver colocaciones en mercado financiero e inversiones cualquier tipo y c) acordar celebración cualquier acto jurídico que signifique comprometer más de cien unidades de fomento, entre cuales se cuenta adquisición, enajenación, traspaso, permuta, constitución de gravámenes sobre bienes raíces o prendas sobre bienes muebles, celebrar cualquier acto o contrato que importe enajenación sobre bienes de Congregación y que estime necesario para fines de la misma. Directorio estará formado por Arzobispo u Obispo Presidente; Arzobispo u Obispo Vicepresidente, Secretario, Tesorero y dos Directores.- Santiago, 17 de septiembre de 2019.




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