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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1677484 2019


(CVE 1677484)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA DE JESUCRISTO EL NUEVO REMANENTE; LA SALVACIÓN DEL ALMA
(Extracto)

Acta de Constitución y Aprobación de los Estatutos de la Persona Jurídica de Derecho Público "Iglesia de Jesucristo "El Nuevo Remanente; La Salvación del Alma". En Santiago, República de Chile, a dieciocho de octubre del año dos mil diecinueve, ante mí, Francisco Varas Fernández, abogado, Notario Público Titular de la Notaria Trigésima Segunda, con oficio en Paseo Phillips número veintitrés, de la comuna Santiago, Certifico: Con fecha veinte de agosto del año dos mil diecinueve, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de constitución de la organización religiosa de derecho público denominada "Iglesia de Jesucristo "El Nuevo Remanente"; La Salvación del Alma", inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia bajo el N° 5040, de fecha veintiséis de agosto de dos mil diecinueve. Constituyentes: Pastor José Arroyo Quiero, cédula de identidad número 07.543.104-K; Carlos Arroyo López, cédula de identidad número 13.932.258-4; Luis Lagos Herrera, cédula de identidad número 08.028.298-2; Elías Peña y Lillo Carabante, cédula de identidad número 09.964.071-5; Carlos Navarrete Fuentealba, cédula de identidad número 12.100.934-K; Jorge Matta Arredondo, cédula de identidad número 08.984.549-1; Carlos Silva Navarro, cédula de identidad número 17.904.632-6, y Pablo Manzo Orrego, cédula de identidad número 10.349.348-K. Domicilio: El domicilio principal de la iglesia será el de Avenida Doctor Sotero del Río número 1043, comuna de La Florida, de la ciudad de Santiago, sin perjuicio de otras sedes que establezca en Chile o en el extranjero. En su sede principal se encontrarán tanto los estatutos, así como los documentos fundamentales de la iglesia, a disposición de toda persona que quiera acceder a la información contenida en ellos. Elementos esenciales que la caracterizan, fundamentos y principios que sustentan la fe que profesa. Los fundamentos de fe que profesa esta iglesia son: a) Creemos en un Dios Trino: Padre, Hijo y Espíritu Santo. b) Creemos en Jesucristo como único salvador de la humanidad, quien es hijo de Dios, que no fue concebido por voluntad humana, sino por la obra gloriosa del Espíritu Santo, Jesucristo quien murió en la cruz del calvario, sin embargo, resucitó al tercer día, y ascendió a la diestra de Dios Padre para interceder ante Dios por todos aquellos que invoquen su nombre en espíritu y en verdad. c) Creemos en la autoridad de las Sagradas Escrituras como la Palabra de Dios, la que está constituida por los libros canónicos desde el Génesis hasta el apocalipsis. d) Reconocemos como sacramentos el Bautismo por aspersión para arrepentimiento, así como también, el Bautismo de los niños para su consagración, la Santa Cena que fue instituida por el Señor Jesucristo, y que es símbolo de nuestra redención a través de la muerte y posterior resurrección de Jesucristo, además, el matrimonio entre un hombre y una mujer en conformidad a lo establecido en las sagradas escrituras. e) Creemos en el Bautismo del Espíritu Santo como poder regenerador y creador de una nueva vida en las personas. f) Creemos en la Resurrección de los muertos y en la Segunda Venida de Jesucristo a la tierra, la cual será en gloria y majestad para llevar con Él a sus redimidos. g) Creemos en la justificación por la Fe en Jesucristo, y no por las obras de la Ley. Los principios que reconoce la iglesia son: a) Reconocemos en Jesucristo al único salvador de la humanidad, hijo de Dios, quien no fue concebido por voluntad humana, sino por la obra gloriosa del Espíritu Santo, quien murió en la cruz del calvario, sin embargo, resucitó al tercer día, y ascendió a la diestra de Dios Padre para interceder ante Él, por todos aquellos que invoquen su nombre en espíritu y verdad. b) Sostenemos la autoridad de las Sagradas Escrituras como la Palabra de Dios, la que está constituida por los Libros Canónicos desde el Génesis hasta el Apocalipsis. c) Reconocemos y realizamos sólo matrimonios entre un hombre y una mujer, en conformidad a lo establecido en las sagradas escrituras. Entendiéndose como Hombre y Mujer aquellos que al momento de su nacimiento tengan esa condición. Los fines de la iglesia son: a) Proclamar el evangelio de nuestro Señor Jesucristo, para la Salvación del Alma. b) Velar por el desarrollo espiritual de cada uno de los fieles de la congregación. c) Realizar el ejercicio libre de su propio ministerio, practicar el culto, celebrar reuniones de carácter espiritual y fundar o abrir templos y mantener lugares para esos fines. d) Comunicar y difundir las enseñanzas de la palabra de Dios, según las sagradas escrituras, de su propio credo y la manifestación de su doctrina por todos los medios legales establecidos, hacer uso de vías públicas y todos los medios de comunicación en general. e) La fundación, mantención y dirección de institutos de formación y de estudios teológicos o doctrinales, instituciones educacionales, de beneficencia o humanitarias. f) Crear y ayudar a hogares de ancianos, menores, juveniles, comedores abiertos, hospitales, clínicas, cárceles, etc. g) Crear otras personas jurídicas, de derecho público o de derecho privado, que permitan a la iglesia alcanzar los fines propuestos. h) La creación, participación, patrocinio y fomento de asociaciones, corporaciones y fundaciones, para la realización de sus fines; y los demás que sean determinados por el Directorio General de nuestra Iglesia. Órganos de administración, sus atribuciones y número de miembros que los componen: a) El Pastor Presidente; b) El Directorio; c) La Junta de Oficiales Diáconos; d) La Asamblea General. El Pastor Presidente tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, y la representará con las más amplias facultades; b) Representar a la Iglesia ante entidades financieras de cualquier tipo, con amplias facultades para realizar todo tipo de tramitación que permita asegurar el cumplimiento de los objetivos de la Iglesia; c) Representar a la Iglesia con voz y voto en las sociedades, corporaciones, comunidades y entidades de todo tipo en general; d) Presidir las reuniones del Directorio de la Iglesia, de la Junta de Oficiales Diáconos y de las Asambleas Generales de miembros; e) Convocar a Asambleas Ordinarias o Extraordinarias (cuando corresponda) de acuerdo a los estatutos; f) Ejecutar los acuerdos del Directorio, de la Junta de oficiales Diáconos y Asambleas Generales, sin perjuicio de las funciones que los estatutos encomienden a otros funcionarios que designe el Pastor Presidente en acuerdo con el Directorio de la Iglesia; g) Organizar los trabajos del Directorio y de la Junta de Oficiales Diáconos, y proponer el plan general anual de actividades de la Iglesia; h) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la Iglesia; i) Nombrar las Comisiones de Trabajo, o cualquier cargo interno que estime conveniente para el correcto funcionamiento de la Iglesia; j) Firmar la documentación propia de su cargo y aquellas en que deba representar a la Iglesia; k) Autorizar la acogida de otras iglesias que desean adherirse a la Iglesia de Jesucristo "El Nuevo Remanente" La Salvación del Alma, en calidad de miembros, pudiendo crear posteriormente un consejo de Pastores; l) Dar cuenta anualmente en las Asambleas Generales, de la marcha de la Iglesia y del estado financiero de la misma, y m) Las demás atribuciones que determinen estos Estatutos y los reglamentos que serán creados para asegurar el cabal funcionamiento de la Iglesia. El Directorio estará formado por un mínimo de siete y máximo de 10 miembros activos y será presidido por el Pastor presidente de la Iglesia. El Directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Dirigir la Iglesia y velar por que se cumplan sus Estatutos y objetivos; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; c) Citar a Asambleas Generales de miembros activos, tanto Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que señalan estos estatutos; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos grupos de trabajo que se creen para el cumplimiento de sus objetivos y someter dichos reglamentos a la aprobación de las Asambleas Generales; e) Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha de la Iglesia en lo espiritual como de la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario, o cualquier otro medio de prueba ad hoc, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros activos; f) Preocuparse de la organización y dirección eclesiástica de cada Iglesia o circuito dependiente de la Iglesia, y g) Dictar los reglamentos internos de las Iglesias y grupos de apoyo, con acuerdo de cada Iglesia y grupo de apoyo y aprobación final de la Asamblea General. La Junta de Oficiales Diáconos será establecida por el Pastor Presidente, la cual estará integrada por un mínimo de siete y máximo de 10 miembros activos y será presidida por el Pastor Presidente de la Iglesia. La Junta de Oficiales Diáconos tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Asesorar al Pastor Presidente respecto a la administración de la Iglesia, económica y financiera; b) Presentar al Pastor Presidente para su aprobación o rechazo proyectos de intervención que estén en favor del cumplimiento de los objetivos de la Iglesia; c) Asesorar al Pastor Presidente cuando este lo solicite, en todos los temas que tengan relación con el correcto recorrido y funcionamiento actual y futuro de la Iglesia; d) Adoptar acuerdos para la puesta en marcha de reglamentos internos de la iglesia, fijando plazos de vigencia; e) Ejercer cargos al interior de la Iglesia que el Pastor Presidente les encomiende; f) En general, tratar y resolver todo asunto de interés para el correcto funcionamiento de la Iglesia, que el Pastor Presidente les encomiende. La Asamblea General es la primera autoridad de la Iglesia y representa al conjunto de sus integrantes miembros del cuerpo directivo de la Iglesia (Enseñadores de Escuela Dominical). Sus acuerdos obligan a los ausentes y presentes siempre que hayan sido tomados en la forma establecida en los presentes estatutos, y no fueren contrarios a las leyes y reglamentos de la República y a los estatutos y reglamentos válidamente declarados por la Iglesia. Habrá Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. En la Asamblea General Ordinaria se presentará al cuerpo directivo el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior y se procederá si corresponde a las elecciones o nombramientos determinados en los Estatutos o procedimientos internos de la iglesia, además, podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses sociales de la Iglesia, a excepción de los que corresponden exclusivamente tratar en las Asambleas Generales Extraordinarias. Corresponde exclusivamente a la Asamblea General Extraordinaria tratar las siguientes materias: a) De las reformas de los Estatutos de la Iglesia; b) De la disolución de la Iglesia; c) De las reclamaciones presentadas en contra de los Miembros del Directorio, Junta de Oficiales Diáconos y Cuerpo Directivo de la Iglesia, para hacer efectivas las responsabilidades que por la Ley o los Estatutos les correspondan, y d) De las adquisiciones, hipotecas y rentas de los bienes de la Iglesia. Santiago, diecisiete de octubre del año dos mil diecinueve.




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