GobiernoTransparente

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1677665 2019


(CVE 1677665)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
CENTRO BÍBLICO TEOLÓGICO JEHOVÁ JIREH
(Extracto)

José Gerardo Bambach Echazarreta, Notario Público de Concepción, con oficio en calle San Martín N° 906, certifica: Por escritura pública ante mí, de 10 de julio de 2019, se constituyó una entidad religiosa de derecho público, de acuerdo a la ley N° 19.638, y decreto supremo N° 303, del Ministerio de Justicia, y complementada por escritura pública con fecha 28 de agosto de 2019, en esta misma Notaría. Inscrita en el Registro: N° 5008, de fecha 26 de julio de 2019 y cuyo extracto es el siguiente: Nombre: Centro Bíblico Teológico Jehová Jireh. Domicilio: Calle San Eugenio 330, Comuna de Talcahuano, Región del Biobío. Constituyentes y Directorio: Presidente, pastor don Pablo Alejandro Olivares Rebeco; Vicepresidente, Luis Rodolfo Maldonado Gallardo; Secretaria, doña Nadia Julieta Sanhueza Morales; Tesorera, doña Dorka Lorena San Martín Carrasco. Elementos Esenciales: Es una iglesia cristiana evangélica; es absolutamente apolítica, sin perjuicio de la observancia particular de cada uno de sus miembros; propiciará la fraternidad entre iglesias e instituciones evangélicas hermanas; es un Ministerio Cristocéntrico. Es el único Salvador de la humanidad; es Bibliocéntrica. Sólo la Biblia es fuente doctrinaria; por tratarse de un Ministerio Apostólico, esta entidad religiosa cree en la edificación sobre el fundamento de los apóstoles y profetas, siendo la principal base Jesucristo mismo. Fundamentos y Principios: Creemos en: Uno; Un solo Dios manifestado en tres personas, El Padre, El Hijo y El Espíritu Santo. Dos; En Cristo Unigénito del Padre, verdadero Dios, en su obra redentora. Tres; En la autoridad de la Biblia, en su antiguo y nuevo Testamento. Cuatro; En la Iglesia cuerpo visible de Cristo en la tierra. Cinco; en el sacerdocio universal. Seis; En que la autoridad eclesiástica y magisterio provienen de Dios. Siete; Obra regeneradora del Espíritu Santo, impartiendo dones y ministerios a los miembros de la Iglesia. Ocho; En que la salvación es por gracia y no por obras. Nueve; En el fruto del Espíritu Santo, manifestándose en las buenas obras que el creyente debe demostrar luego de la salvación. Diez; En la segunda venida de Cristo en forma literal y personal a la tierra. Once; En el Bautismo de arrepentimiento en aguas por inmersión. Doce; En la Santa Cena, como institución sagrada de observancia periódica. Órganos de administración: Miembros: Los miembros son activos y pasivos. Asamblea General: Está constituida por todos los miembros que tengan un liderazgo dentro de la entidad, será presidida por el Presidente de la entidad. Se constituyen con la asistencia de los miembros en ejercicio que asistan a ella. Las Ordinarias deberán celebrarse una vez al año, y le corresponde: a) La elección de los revisores de cuentas; b) Ser informada de todos los acuerdos y decisiones adoptadas por el Directorio; c) Hacer todo tipo de peticiones al Directorio o a su Presidente, pudiendo estos aceptarlas o rechazarlas, pero siempre fundadamente; d) Presentar proyectos y propuestas al Directorio, sobre cualquier tipo de materias; e) Aprobar el acuerdo de creación de personas jurídicas, y f) Aprobar las enajenaciones de bienes de la entidad. La extraordinaria se celebrará por convocatoria del Presidente, o cuando lo solicite por escrito, a lo menos, la cuarta parte de los miembros del Ministerio. Directorio: Corresponde al Directorio la Dirección General de esta Entidad Religiosa; administrar sus recursos materiales y humanos; así como establecer las políticas de crecimiento y desarrollo de la misma. Se compondrá de 4 miembros: Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero quienes durarán tres años en sus funciones. Con excepción del Presidente que será permanente; celebrará 4 sesiones al año; sus atribuciones son, en general, dirigir administrativamente la Iglesia en general.- Demás estipulaciones escritura extractada.




VolverTamaño de Fuente