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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1689709 2019


(CVE 1689709)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA CRISTO ETERNO REDENTOR
(Extracto)

Sergio W. Arenas Benoni, Notario Público Titular La Cisterna, con oficio Av. J.M. Carrera 8006, La Cisterna, certifica: entidad religiosa denominada Iglesia Cristo Eterno Redentor, domicilio Pasaje Piedra Azul Oriente N°4397, Puente Alto, que dicha entidad se encuentra inscrita en el Registro Público de esa Secretaría de Estado bajo el N° 4.832, de fecha 19 de febrero de 2019. Para efectos publicación extracto Diario Oficial, viene según artículo 11 Reglamento DS 303 año 2000 Ministerio de Justicia, en manifestar lo siguiente: Nombre: Iglesia Cristo Eterno Redentor; Domicilio: Pasaje Piedra Azul Oriente N° 4397, Puente Alto, Santiago; Registro Público de Inscripción N° 4.832 del 19 de febrero de 2019; Nombre de los constituyentes: Arturo Rodrigo Valdebenito Figueroa, Jorge Ignacio Altimira Cobián, Homero Enrique Obando Arjel, Jorge Enrique Altimira Muñoz, Oscar Antonio Tapia Arriaza, Berenitce Lissette Domínguez Jaña, Luis Alberto González González, Liki Asbel Naara Montero Salazar, Andrea del Pilar Sánchez Donoso, Daniel Alejandro Riquelme Uribe. Todos ellos chilenos, mayores de edad; Son sus elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa, aquellos que señalan los estatutos de la entidad religiosa, compuesto de cuarenta y cuatro artículos permanentes, siendo ellos fundamentalmente los siguientes: Uno, cree en un sólo Dios Verdadero, Eterno, Santo y Justo, de infinito Poder, Sabiduría, Misericordia, Bondad, Creador, Hacedor y Sustentador de todas las cosas, visibles e invisibles. Hay un sólo Dios Trino, en quien hay tres personas distintas de una misma sustancia: El Padre, el Hijo, y el Espíritu Santo, de eterna existencia; Dos, cree en Jesucristo, el Hijo de Dios, Hijo cuya sustancia es la misma del Padre, quien se despojó a sí mismo y tomó la naturaleza humana en el seno de la virgen María. Dios verdadero que se hizo hombre para expiar el pecado en la humanidad como el único y suficiente Salvador, quien resucitó al tercer día de la muerte y ascendió al cielo y está sentado a la diestra del Padre intercediendo por los creyentes, desde donde ha de venir a juzgar a la humanidad en el día final; Tres, cree en la orada del Espíritu Santo en el creyente como parte de la promesa del Señor, Espíritu que es el guía a través de la vida del creyente a toda verdad y justicia. En el bautismo en el Espíritu Santo como poder impartido por Dios por un acto de apropiación de fe de parte del creyente, con el propósito de capacitarlo para ser usado por Dios. La manifestación en el creyente de los dones del Espíritu Santo, tales como el hablar en otras lenguas, los milagros, las profecías, las sanidades, entre otros; Cuatro, cree en la autoridad de la Santa Biblia, cuyas Escrituras son la Palabra inspirada por Dios, la que está constituida por los sesenta y seis libros canónicos que abarcan desde el Génesis hasta el Apocalipsis. Creemos que la Santa Biblia, la Palabra de Dios, es la completa revelación del plan de Salvación y la historia de la redención y única regla de fe y principios de vida para el diario vivir del creyente; Cinco, reconoce como ordenanzas: a) el Bautismo por inmersión, como símbolo de arrepentimiento e inicio de una vida nueva. b) La presentación de niños al Señor para consagración y dependencia en la protección divina y del compromiso de los padres en su formación en los principios de vida enseñados en la Biblia. c) El Matrimonio como la institución que Dios ordenó para la unión de un hombre con una mujer según su condición de nacimiento, para procrear y constituir una familia. d) La Santa Cena, instituida por el Señor, como recordatorio de nuestra redención a través del sacrificio y muerte de Nuestro Señor Jesucristo en la cruz; Seis, cree en la Resurrección de los muertos por el poder de resurrección impartido por el Espíritu Santo que mora en cada creyente; Siete, cree en la segunda venida de Nuestro Señor Jesucristo a la tierra en gloria y majestad para llevar consigo a los redimidos, para estar para siempre con el Señor; Ocho, cree en la justificación por medio de la fe en Jesucristo, y no por medio de las obras de la Ley, ya que, por medio de ésta, la Biblia dice que nadie será justificado. Por lo tanto, no cree que obras humanas o que algún tipo de sacrificio personal contribuirá a la justificación y salvación. Cree que las obras son el producto del propósito por el cual fuimos redimidos para buenas obras. Los órganos de administración que regulan su actuar, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son los siguientes: Pastor Presidente, Directorio e Iglesias Locales. Pastor Presidente, elegido por la mayoría calificada de dos tercios de total de miembros de la Asamblea Extraordinaria citada para tal efecto, en votación secreta, cargo que será vitalicio y representará a la Iglesia. El Directorio que tendrá una duración de dos años, estará presidido por el Pastor Presidente, y conformado por el Vicepresidente, Secretario, Tesorero y Tres Directores. Son funciones del Directorio: conocer, evaluar y sancionar los asuntos de carácter disciplinario, ético y moral respecto a la actuación de los diferentes Miembros; será también el organismo de consulta en los asuntos emergentes, para las decisiones que deba tomar el Pastor Presidente; será también el organismo de consulta para calificar y evaluar la Ordenación de nuevos Pastores; resolver y administrar todo lo concerniente a la Administración y disposición de los bienes de la Iglesia Cristo Eterno Redentor e impartir normas de carácter general sobre la situación económica y financiera de la Iglesia; modificar y aprobar los Estatutos de la Iglesia Cristo Eterno Redentor y los Reglamentos. Las Iglesias Locales serán dirigidas por su respectivo Pastor, quien estará bajo la supervisión directa del Pastor Presidente y del Directorio. Escrituras: constitución de estatutos, 7 de enero de 2019, Repertorio N° 1.082-2019, ante Notario Público de La Cisterna, Sergio W. Arenas Benoni; modificación de estatutos escritura pública 8 de mayo de 2019, Repertorio 31.264-2019, ante Notario Público de La Cisterna, Sergio W. Arenas Benoni.- La Cisterna, 27 de noviembre de 2019.- Doy fe.




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