GobiernoTransparente

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1691590 2019


(CVE 1691590)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA HOPE SANTIAGO
(Extracto)

Pedro Parra Ahumada, Notario público de Santiago, Titular de la Primera Notaría de Peñalolén, con oficio en Avenida Grecia número 5616, segundo piso, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de octubre de 2019, se constituyó la persona jurídica de derecho público de acuerdo a la ley N° 19.638, cuya razón social es Iglesia Hope Santiago y que se encuentra inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia número 5129 de fecha 28 de octubre de 2019 y el extracto de dicha escritura es el siguiente: Constituyentes: Mónica Alejandra Figueroa Medina, Silbia Luisana Bordones Ylarionov, Emy Delco Dilag, Siew Yee Chong y Teck Keong Teoh. Domicilio: Vicuña Mackena 981, piso 4, comuna de Santiago Centro. Declaración de Fe: Nuestra Declaración de Fe es: A) Creemos en la autoridad de la Biblia como la palabra que nos orienta, creemos que debe ser estudiada de manera profunda, entendiéndose en su contexto e historia para ser enseñada. B) Creemos que existe un solo Dios eterno y trino: Padre, Hijo y Espíritu Santo. C) Creemos en Jesucristo, en su nacimiento virginal, en su vida sin pecado, en sus milagros, en su muerte expiatoria, en su resurrección, en su ascensión a la diestra del Padre y en su regreso, en que Él es Dios y centro de su iglesia. D) Creemos que, para la salvación de los hombres pecadores y perdidos, es absoluta y esencialmente la regeneración por medio del poder del Espíritu Santo. E) Creemos en el ministerio actual del Espíritu Santo, quien morando en los cristianos los capacita para poder vivir una vida santa. F) Creemos en la Iglesia, como revelación de Dios para nuestro tiempo, que es una en todo el mundo. G) Creemos en la iglesia local como un cuerpo de creyentes en Cristo que se reúne para la adoración a Dios, la edificación por medio de la Palabra de Dios, la oración, la comunión, la proclamación del Evangelio y la celebración de las ordenanzas del Bautismo y la Santa Cena. H) Creemos en la construcción de comunidad basada en el amor cristiano y el servicio al prójimo. Órganos de Administración: 1) La Asamblea General de miembros de compromiso: Es el más alto organismo de la Iglesia Hope Santiago y está conformada por todos quienes han hecho su profesión de fe y bautismo y que constan en los registros de la Iglesia como miembros de compromiso. Son deberes y atribuciones de la Asamblea de Iglesia Hope Santiago los siguientes: a) Cumplir y hacer cumplir las normas legales, estatutarias y reglamentarias; b) Elegir, y/o remover a los miembros de la Junta Administrativa y posesionarlos. c) Aprobar o rechazar los informes anuales de la Junta Administrativa; d) Aprobar el Reglamento Interno de la Iglesia y reformarlo cuando creyere conveniente; e) Autorizar la compra, venta, permuta u otras formas de enajenar y gravar los bienes inmuebles de la iglesia; f) Fomentar el desarrollo de la Iglesia de conformidad con el presente Estatuto; g) Reformar el Estatuto y poner para conocimiento y aprobación del Ministerio de Gobierno; h) La disolución de la organización. 2) Junta Administrativa: Compuesto por 6 miembros. Es el organismo que rige los destinos de la iglesia, durarán en sus funciones por el periodo de tres años y serán elegidos en la Asamblea Ordinaria de enero; pudiendo ser reelegidos. 3) Comisión de apoyo a Tesorería: Compuesto por el tesorero más dos miembros elegidos por la Iglesia, y propuestos por el pastor por períodos de un año pudiendo ser reelegidos. Cualquier decisión de inversión de esta Comisión será consultada al pastor y deberá aprobarse por escrito (incluso a través de un medio digital o electrónico), debiendo ratificarse posteriormente con la firma del libro o cuaderno que el Tesorero lleva para administrar las finanzas de la Iglesia. Disolución: En caso de disolución de la comunidad sus bienes pasarán a Hermanos en Cristo en Temuco. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de noviembre de 2019.




VolverTamaño de Fuente