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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1704653 2019


(CVE 1704653)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA EVANGÉLICA CAMINO A LA VERDAD
(Extracto)
Gonzalo Nicolás Garay Burnas, Notario Público de Carahue, con oficio en Pasaje 2, N° 33, Carahue, certifica: entidad religiosa denominada Iglesia Evangélica Camino a la Verdad, domicilio lugar El Temo, comuna de Saavedra, que dicha entidad se encuentra inscrita en el Registro Público de esa Secretaría de Estado bajo el N° 3044 de fecha 8 de agosto de 2013. Para efectos publicación extracto Diario Oficial, viene según artículo 11 Reglamento, DS 303 año 2000 Ministerio de Justicia, en manifestar lo siguiente: A) Nombre: Iglesia Evangélica Camino a la Verdad; Domicilio: lugar El Temo, comuna de Saavedra. B) Registro Público de Inscripción N° 3044 de fecha 8 de agosto de 2013; C) Nombre de los constituyentes: José Martín Pirul Huentelao, Carlos Gerardo Calfulen Llancapán, Luz Orfelina Llancapán Mariqueo, Manuel Jesús Carfulen Levipil, Víctor Hugo Pirul Ramírez. Todos ellos chilenos, mayores de edad; D) Son sus elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa, aquellos que señalan los estatutos de la entidad religiosa, compuesto de quince artículos permanentes, siendo ellos fundamentalmente los siguientes: Cree en un Dios Trino: Padre, Hijo y Espíritu Santo; cree en el Hijo, verbo del padre; cree en el Espíritu Santo, cree en la Iglesia como un organismo espiritual único; cree en la existencia de los demonios; creen en el cielo; creen en la inspiración divina de las sagradas escrituras; creen que todos los humanos son pecadores; creen en el hablar en otras lenguas; creen en las sanidades divinas; creen en el rapto o arrebatamiento de la iglesia; creen en la resurrección de los muertos; creen en la Santa Cena; creen en el bautismo; creen en la dedicación o presentación de los niños. E) Los órganos de administración que regulan su actuar, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son los siguientes: Habrá dos clases de Asamblea: Una ordinaria y otra extraordinaria, serán el órgano representativo máximo, podrá reformar estatutos y reglamentos. Directorio formado por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y un Director, dentro de sus atribuciones estarán velar por el fiel cumplimiento de los fines y objetivos de la asociación. Comisión revisora de cuentas, compuesta por tres miembros que durarán tres años en sus cargos y tendrá a cargo la revisión de toda la documentación, cuentas y movimientos financieros de la asociación. Comisión de ética y orden, compuesta por tres miembros que durarán tres años en sus cargos y tendrá a cargo la investigación de las faltas de los miembros de la iglesia y propondrá al directorio las sanciones. El escalafón ministerial estará compuesta por: Un obispo, es la más alta autoridad eclesiástica; pastores presbíteros, nominados por el obispo que tendrán como misión principal el visitar a las iglesias: pastores ancianos, encargados de velar por el crecimiento espiritual en paz de los fieles; pastores diáconos, promoverán la realización de bautismo, santa cena, lavados de pie, entre otros; pastores, sus funciones serán cuatro: predicador, maestro, pastor y administrador; misioneros y evangelistas, serán enviados en representación de la asociación para abrir nuevas iglesias; pastores probando, miembros laicos que han ayudado a un pastor local; y pastores ayudantes, miembros laicos activos al servicio del culto. F) Fecha escritura pública 28 de mayo de 2013, Repertorio 533-2013 acta constitutiva y estatutos día 12 de mayo de 2013, Notario Público de Carahue, Carlos Gómez Oyarzún, Lautaro N° 130, Carahue.- Carahue, 14 de noviembre 2019.




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