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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1718858 2020


(CVE 1718858)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA CRISTO TU úNICA ESPERANZA DE PICHILEMU
(Extracto)

María Soledad Santos Muñoz, Notario Titular, 7ª Notaría Santiago, Agustinas N° 1161, entrepiso, certifico: Por escritura pública de 16 de septiembre de 2019, ante mí, se redujo a escritura pública, Acta de "Iglesia Cristo Tu única Esperanza de Pichilemu" domicilio: Pasaje Francisco Bulnes N° 746, comuna de Pichilemu, Región de O‘Higgins, inscrita Registro Público Ministerio de Justicia, bajo el N° 5084, de 25 de septiembre de 2019. Constituyentes: Germán Andrés Rojas López, Beatriz Elvira Pereira Troncoso, Tatiana Camila de los Ángeles Rojas Pereira, Germán Felipe Rojas Pereira y Heidrun Hildegard Kmiec. Elementos Esenciales, Fundamentos y Principios: Dios, El Padre, El Hijo y El Espíritu Santo; La Santa Trinidad; Las Santas Escrituras; La Iglesia, compuesta por los creyentes. El sacrificio vicario y la resurrección de Cristo. El Bautismo en agua y del Espíritu Santo. La Cena del Señor. Los dones espirituales. El retorno de Cristo en su segunda venida. Resurrección corporal de los muertos justos e injustos, para vida y condenación. La vida santificada, para ser colaboradores de Dios. Fines: Rendir culto a Dios. Predicar el Evangelio y proporcionar a los cristianos medios necesarios para practicar culto de su creencia. Organizar la congregación cristiana; promover el sentido de vida cristiano y propender al desarrollo de sus miembros. Órganos de Administración: Pastor, Directorio y Asambleas Generales. Integrarán el Directorio solo miembros activos de Iglesia. Asambleas Generales de Miembros: Son la primera autoridad de la Iglesia y representan el conjunto de sus miembros. Número de miembros: Todos los miembros activos. Asambleas Generales Ordinarias: Atribuciones: cualquier asunto administrativo relacionado con los intereses de la Iglesia, excepto los que corresponden a Asamblea General Anual y a Asambleas Extraordinarias. Asambleas Generales Extraordinarias: Atribuciones exclusivas: a) Reforma de los estatutos y aprobación de reglamentos; b) Disolución de la Iglesia; c) Constitución de entidades con personalidad jurídica propia; d) Asociación de Iglesia con otras instituciones; d) Compra, venta, hipoteca, permuta, cesión o transferencia de bienes raíces, constitución de servidumbres, prohibición de enajenar y el arrendamiento de inmuebles por un plazo superior a tres años. Directorio: Funciones: Corresponde la administración y dirección superior de la Iglesia en conformidad a sus estatutos y a los acuerdos de Asambleas Generales. Atribuciones y deberes Directorio: a) Dirigir a la Iglesia y velar que se cumplan sus principios, objetivos y estatutos; b) Administrar los bienes de la Iglesia e invertir sus recursos; c) Citar a asambleas generales ordinarias, extraordinarias y anuales de acuerdo con estatutos; d) Redactar los reglamentos necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia; e) Cumplir los acuerdos de las asambleas generales; f) Rendir cuenta en la asamblea general anual, tanto en la marcha de la Iglesia como en la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventarios que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros activos. Demás estipulaciones constan en estatutos. Cinco miembros. Presidente de la Iglesia lo es del Directorio, representa legal, judicial y extrajudicialmente a la Iglesia. Santiago, 27 de enero de 2020.




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