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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1724153 2020


(CVE 1724153)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MINISTERIO APOSTÓLICO Y PROFÉTICO EL PODER DE JESUCRISTO
(Extracto)

Humberto Quezada Moreno, Notario Titular 26ª Notaría Santiago, Huérfanos N° 835, 2° piso, Certifica: Por escritura pública de fecha 7 de octubre de 2019, anotada bajo el repertorio número 6.895-2019, se constituyó entidad religiosa: Ministerio Apostólico y Profético El Poder de Jesucristo, Registro Público N° 5.128, del 21/10/2019. Domicilio: Avenida Grecia número nueve mil cuatrocientos sesenta y nueve, comuna de Peñalolén, en la Región Metropolitana, sin perjuicio de otros domicilios que pueda tener a lo largo del país y en el extranjero. Constituyentes: Pedro Román Contreras, RUT: seis millones cuatrocientos noventa y cuatro mil doscientos noventa y seis guión cuatro, chileno, y actúa como Vicepresidente: Hernán Pérez Contreras, RUT: doce millones setecientos cuarenta mil ochocientos cincuenta y tres guión K, chileno. Secretaria: Lidia Magdalena Silva Arauz, RUT: nueve millones ochenta y tres mil ciento trece guión cinco. Tesorera: María Angélica Orellana Henríquez, RUT: ocho millones quinientos ochenta y seis mil seiscientos cincuenta y dos guión cuatro. Directora: Fresia del Carmen Hernández Valenzuela, RUT: seis millones cuatrocientos setenta y nueve mil cuatrocientos noventa y tres guión cero. Principios de Fe: I. Creemos en un Dios Trino Divino y Eterno existente en la Persona del Padre, en la Persona del Hijo y en la Persona del Espíritu Santo.- II. Creemos en la Biblia como única autoridad en materia de fe, que es el libro sagrado y la palabra inspirada por Dios, aceptándola como regla infalible de fe y conducta para el hombre, ya que esta contiene los principios que conforman el pensamiento cristiano.- III. Creemos en la deidad de Nuestro Señor Jesucristo, en su nacimiento virginal, su vida inmaculada, en sus milagros, en su muerte expiatoria, en su resurrección, en su ascensión al cielo y en su retorno futuro a Juzgar al mundo.- IV. Creemos en la Iglesia como el único medio de anunciación de los planes redentores y salvíficos de Nuestro Señor Jesucristo.- V. Creemos en el Bautismo por inmersión como señal de obediencia a la Gran comisión dada por el Señor Jesucristo en Mateo, Capítulo veintiocho, verso diecinueve. Elementos Esenciales: A) Practicar, difundir y promover el contenido del Evangelio del Señor Jesucristo. B) Promover y desarrollar programas de orientación y asistencia socio-económica proporcionando ayuda a personas necesitadas, tales como huérfanos y viudas, rehabilitando a personas marginadas como drogadictos, alcohólicos, convictos y exconvictos. C) Promover la educación tanto cristiana como secular creando y manteniendo para ello Institutos Bíblicos, Jardines Infantiles, colegios de enseñanza Básica, Media y Superior. D) Efectuar exposiciones orales sobre la fe cristiana en calles, plazas o lugares públicos de conformidad con las normas legales sobre uso de tales bienes nacionales u ordenanzas vigentes, en establecimientos de salud, de reclusión, de protección de menores o indigentes llevando el mensaje de nuestro Señor y Salvador Jesucristo y la ayuda al prójimo. E) Promover y practicar la fraternidad y la comunión entre los miembros del Ministerio y de las demás Iglesias evangélicas. F) Adquirir y administrar los bienes inmuebles que fueren indispensables para el desempeño de sus actividades. Administración: Estará a cargo de un Directorio compuesto por 5 personas. Directorio: Presidente Vitalicio: Pedro Román Contreras; Secretaria: Lidia Magdalena Silva Arauz; Vicepresidente: Hernán Pérez Contreras; Tesorera: María Angélica Orellana Henríquez; Directora: Fresia del Carmen Hernández Valenzuela. Serán obligaciones de los miembros: a) Participar regularmente en todas las actividades de la iglesia; b) Asistir a las asambleas generales y ordinarias y extraordinarias y demás reuniones en las que fueren legalmente convocados; c) Observar una conducta moralmente compatible con los fines de la iglesia; d) Cumplir oportunamente con las obligaciones de la iglesia; e) Cumplir estricta y fielmente con las disposiciones estatuarias y reglamentarias de la iglesia y acatar los acuerdos válidamente adoptados por las asambleas generales o por el directorio. Los miembros tendrán los siguientes derechos: a) Elegir y ser elegidos para los cargos directivos de la iglesia. b) Participar con derecho a voz y voto en las asambleas generales ordinarias y extraordinarias de la iglesia. c) Presentar proposiciones a la asamblea o al directorio para su aprobación siempre que estas se ajusten a los fines de la iglesia. Demás estipulaciones escritura extractada. Atribuciones y Deberes Directorio: a) Dirigir a Iglesia y administrar sus bienes. b) Cumplir con acuerdos e instrucciones de las asambleas generales. c) Redactar reglamentos que estimen necesarios para mejor funcionamiento de Iglesia y lo someta a la aprobación de asamblea general. d) Citar asambleas generales o extraordinarias cuando estime necesarias o a petición escrita por un tercio de miembros de la Iglesia. e) Someter a consideración y aprobación de asamblea los asuntos, materias y negocios que estime necesarios para adecuado funcionamiento y cumplimiento de fines de Iglesia. f) Rendir cuentas por escrito ante asamblea general ordinaria correspondiente a inversiones de fondos de la Iglesia y de su marcha en período que se ejercen sus funciones. g) Asistir y participar activamente en todas las actividades de la Iglesia especialmente en las religiosas. h) Adquirir y enajenar bienes inmuebles de la Iglesia y administración de su patrimonio. i) Comprar y vender, para esto estará facultado el Presidente y el Tesorera de la Iglesia.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 31 de enero 2020.




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