GobiernoTransparente

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1729241 2020


(CVE 1729241)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA MINISTERIO APOSTÓLICO EN EL ESPÍRITU DE ELÍAS
(Extracto)
Gloria Ortiz Carmona, abogada, Notario Público, Titular de la Vigésimo Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en calle Compañía de Jesús número mil sesenta y ocho, locales trescientos noventa y uno y trescientos noventa y cinco de esta ciudad, Región Metropolitana, certifico que por escritura de fecha diecisiete de octubre de dos mil diecinueve, ante mí, se constituyó la entidad religiosa de derecho público Ley número 19.638, y su reglamento número 303, denominada "Iglesia Ministerio Apostólico en el Espíritu de Elías", Lucas (1:16-17), con domicilio principal en Dieciséis Norte seiscientos veintiséis B, Juan Antonio Ríos, Independencia, Santiago, Región Metropolitana, con registro número 5130 de fecha 28 de octubre de 2019. Constituyentes: don Fernando Espinoza López, Susana del Carmen Romo Aguilera, Diego Alexander Tello Gutiérrez, Beatriz Andrea Llanquileo Meyer, Pedro Enrique Caileo Fajardo, Hilda Francisca Tello Gutiérrez, Raúl Antonio Quijada Villalobos, Lissette Patricia Colina Alvarado, Enrique Alejandro Maldonado Rojas, Denisse Ivonne Loyola Núñez, Carolina del Carmen Navarro Campos, José Alejandro Padilla Vázquez, Ester Andrea Aguirre Lobos, Yessenia Andrea Olivares Hernández, Cristian Rodrigo Jara Romo y Flor Irenia Muñoz Carrasco. Elementos esenciales: Entidad de derecho público regida por los presentes estatutos, por Ley número 19.638, y reglamento número 303, de duración indefinida, número de miembros ilimitado. Objeto principal de la Iglesia: Contribuir en todo lo que sea posible a la evangelización mundial, El cuidado, la educación y fraternidad espiritual de los hijos de Dios, Dar a conocer al mundo el Reino de Dios, Formar una generación de creyentes, Crear y sostener Iglesias locales, seminarios y locales de predicación, Fundamentos Principios: Sostenemos y creemos en la inspiración verbal, plenaria, infalible e inerrante e ilimitada de la Biblia, En Dios y que éste existe eternamente en tres personas que son el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo, Que Jesucristo es el unigénito del Padre, concebido por el Espíritu Santo y nacido de la Virgen María, Que el arrepentimiento es ordenado por Dios a todos y necesario para el perdón de los pecados, En el bautismo en agua por inmersión, En el bautismo en el Espíritu Santo, En la práctica de la Santa Cena del Señor, En la Segunda venida de Jesucristo, en forma premilenial, En la resurrección corporal, vida eterna para los santos y castigo para los pecadores. Los órganos de la administración: El Directorio formado por siete miembros que ocupan los cargos de presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y tres directores, con los derechos de dirigir la iglesia y velar por que se cumplan los estatutos y finalidades, objetivos y principios fundamentales de ella, administrar los bienes sociales e invertir sus recursos, convocar a asambleas generales ordinarias o extraordinarias, crear toda clase de filiales, anexos, oficinas y departamentos, redactar reglamentos, cumplir, hacer cumplir los acuerdos de la asamblea general, rendir cuentas y, en general, las demás atribuciones que señalan los estatutos y la legislación. El presidente del directorio lo será también de la iglesia, correspondiéndole la representación legal, judicial y extrajudicial de ella, presidir las reuniones del directorio y las asambleas generales, ejecutar los acuerdos del directorio y, en general, las demás facultades que le otorgan los estatutos y la ley. Apóstol Fernando Espinoza López, debidamente facultado, declara que todos los demás detalles se encuentran en la mencionada escritura. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 17 de febrero de 2020.




VolverTamaño de Fuente