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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1743412 2020


(CVE 1743412)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA OSHA E IFA AFROCUBANO DE CHILE
(Extracto)
Juan Luis Sáiz del Campo, Notario Titular de 28° Notario Público de Santiago, Avenida Recoleta 377, certifica por escritura pública de fecha 17 de octubre del año 2019, ante mí, anotada bajo repertorio número 1701-2019, y su modificación bajo repertorio número 319-2020, del día 20/02/2020, se constituyó entidad religiosa "Iglesia Osha e Ifa Afrocubano de Chile", Registro Público N°5.178 de fecha 5 de diciembre de 2019, domiciliada en Castor Villarin N° 30, comuna de Santiago, sin perjuicio de otros domicilios que pueda tener a lo largo del país. Constituyentes: Génesis Gabriela Godoy López, Auristela Alejandra Puyosa Weffer, Rodrigo Wladimir Salinas Madariaga, Dayana Méndez Márquez, Claudia Aracely Vera Domihual, Adeneys Bequer Arias, César Alfonzo Sarmiento Rodríguez, Eduardo Edson Cisterna Albornoz. Nuestra Declaración de Fe es: 1) Cree en un Dios universal del que proviene todo lo creado, llamado Oloddumare. La energía de Oloddumare es Ashé. 2) Creemos en los Orishas, que son deidades que gobiernan diversos aspectos del mundo. Los Orishas, además, velan por que cada mortal cumpla el destino que tiene marcado desde su nacimiento. 3) El panteón yoruba cuenta con 401 deidades diferentes. 4) Antes de uno nacer ya ha decidido qué va a suceder en su vida, esto ocurre a través del Ori, quien decide cuál será su objetivo primordial en la nueva vida que tendrá. Utilizando las diferentes energías del Universo, podemos lograr más fácilmente el balance para llegar a ese objetivo final predefinido por nosotros mismos, esto es vivir la vida en balance, con salud, bienestar y felicidad. 5) El ser humano está formado fundamentalmente por tres elementos: Emí (espíritu), Orí (alma) y Ará (cuerpo). El Emí y el Orí conviven dentro del Ará separados; Orí es aquel que tiene el aprendizaje y la sabiduría de otras encarnaciones, que se mantiene cerrado a la conciencia de la persona hasta su muerte. 6). Cuando morimos, Emí y Orí se hacen uno y dejan el Ará que se transformará en Okú o cuerpo muerto y ambos siendo una sola energía esperarán el destino que les depara, si volver al Aiyé convertido en eggun y esperar la Atùnwá (reencarnación), o si se les concede el Aragbá Orún (en camino al Orún), para posteriormente llegar al estado de Arà Orún (habitante del Orún) junto a los Orishas. Este estado solo se alcanza luego de varias reencarnaciones, hasta que al final Emí logra un estado lo suficientemente puro como para convertirse en Ará Orún. 7) Es por ello que el culto a los antepasados (eggun) juega un papel importante en la religión yoruba. 8) Los principales sistemas oraculares de Adivinación en la Religión Yoruba, conocida también como Regla de Osha-Ifá. Sus principales Oráculos son: 1.- El Oráculo de Biagué, 2.- El Oráculo del Diloggún y 3.- El Oráculo de Ifá. Ifá se refiere al corpus yoruba de conocimientos retablísticos y filosóficos, y su Oráculo es su sistema de adivinación. 9) Se tiene una jerarquía sacerdotal. Aunque se considera a los máximos sacerdotes de la Regla de Osha-Ifá son los Oluwos, luego Babalawos sacerdotes de Ifá y su profeta Orunmila; después se encontrarían los Babalorishas e Iyalorishas, que son Iworo con ahijados consagrados. Los Iworo, religiosos que no tienen ahijados. Los Iyawó, santeros en su primer año de consagrados, y por último los Aleyos, que son creyentes pero que aún no han sido consagrados. 10) Se cree en el corpus sagrado de Ifá, que consta de 256 oddun. 11) El ebbó o sacrificio para lograr resolver problemas de índole económica, salud o de estabilidad espiritual, que está presente en la religión. El sacrificio pueden ser plantas, semillas, metales, animales u otros productos provenientes de la naturaleza. Órganos administrativos: 1) Convención Nacional Ordinaria de los miembros de la Iglesia, una vez al año. 2) Convenciones Extraordinarias, cuando lo pida el Directorio con dos terceras partes de los votos de sus miembros, o cuando lo pida la tercera parte de los miembros de la Iglesia, por medio de una carta firmada por ellos y dirigida al presidente de la Iglesia expresando el objetivo de la reunión. Serán especialmente atribuciones de la Convención Nacional: a) Elegir en votación secreta por mayoría de votos, un Directorio Nacional; b) Aprobar la memoria anual que presente el Directorio, dando cuenta del estado y progreso de la Iglesia; c) Aprobar la cuenta presentada por el Tesorero; d) Dictar y sancionar los reglamentos necesarios que deban regir las actividades de la Iglesia y de sus miembros, siempre que se conformen con estos Estatutos, modificarlos o derogarlos siempre que estas modificaciones no se refieran a materias doctrinales; e) Elegir comisión revisora de cuentas; compuesta por dos personas; f) Pronunciarse sobre la reforma de Estatutos; g) Nombrar una comisión de ética, integrada por cinco miembros. 3) Directorio: Directorio Nacional que estará integrado por cinco directores elegidos. Presidente, secretario, tesorero, director de Ifá, director de Osha, deberán ejercer todas las facultades necesarias para alcanzar los fines de la Iglesia, limitadas solamente por las obligaciones y restricciones que imponen estos Estatutos; b)El Presidente, Secretario, Tesorero serán elegidos en forma inmediata por la asamblea separada del resto de los integrantes del Directorio Nacional, durarán 5 años en sus funciones; los demás cargos serán elegidos en forma interna por el Directorio Nacional; c) Los Directores de Ifá, Osha, Asignados por el Directorio Nacional durarán 5 años en sus funciones; Serán atribuciones del Directorio: a) Convocar a Convención; b) Supervisar el cumplimiento de las normas para todas las ceremonias; c) Nombrar Directores de osha, ifa; d) Crear posiciones, departamentos y zonas para cumplir con los objetivos y propósitos de esta Iglesia y dirigir sus actividades; e) Emplear personal de acuerdo a las necesidades, objetivos y propósitos de la Iglesia; f) Adquirir toda clase de bienes ya sean muebles o inmuebles, ya sea a título gratuito u oneroso, con el propósito de atender a los fines de la iglesia; g) Acordar los gastos e invertir los fondos de la iglesia, debiendo rendir cuenta de sus inversiones anualmente; h) Acordar la adquisición, enajenación, permuta, arrendamiento o gravamen de bienes raíces o muebles y celebrar cualquier acto o contrato que estime necesario o conveniente para los fines de la Iglesia; i) Aceptar por unanimidad la entrada de nuevos ministros a la Iglesia; j) Todos los Directores tendrán los mismos derechos y privilegios, incluyendo el de votar en todos los asuntos presentados en el Directorio, salvo en los casos en que haya conflicto de intereses; k) Suplir la vacante de Directorio que se produjere en su seno, por el tiempo que falte hasta la expiración del mandato conferido al miembro que reemplaza; Una vacante en el Directorio se producirá en el caso de muerte, renuncia, remoción de uno de los directores; l) Aceptar donaciones que se hagan a la Iglesia y abrir suscripciones. Doy fe. Santiago, 17 de marzo de 2020.




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