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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1750881 2020


(CVE 1750881)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MINISTERIO PENTECOSTAL UNA GOTA DE TU SANGRE
(Extracto)
Luis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público, Notaría Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 12 de marzo de 2020, ante el Notario Titular de esta Notaría, se suscribió el acta constitutiva y estatutos del Ministerio Pentecostal Una Gota de tu Sangre con domicilio en calle Juan José Latorre 970, población Batuco, comuna de Lampa, inscrita en el Registro Público a cargo del Ministerio de Justicia bajo el número 4986 de fecha 12-03-2020, constituyentes: Luis Osvaldo Martínez, Alejandra Antonia Hernández García, Jenny Andrea Vera Salgado, Nayarette Alejandra Martínez Hernández, Rosa Regina Paredes Caniulen, Moisés Osman Espinoza Oyarzún, Marsella Margarita García Cifuentes, Angelina Soledad Romero Covarrubias, Verónica Ester García Cifuentes, Vilma de Lourdes Varas García, Magdalena Caniulen Lizama, Carolina de la Fuente Henríquez, Raquel de las Mercedes García Cifuentes, Jesús René Miranda García y Mallerly Ámbar Martínez Hernández. Elementos esenciales y fundamentos; a.- Promover y difundir el evangelio de nuestro Señor Jesucristo, según las sagradas Escrituras, en todo el territorio nacional; b.- Que la Biblia es la palabra de Dios, inspirada por el espíritu santo, la única autoridad doctrinal, constituye una inagotable fuente de enseñanza, aprendizaje, corrección y guía de salvación para todos los hombres; c.- La Trinidad de Dios, Padre, Hijo y Espíritu Santo, cree en un solo Dios que es espíritu, creador y conservador de todas las cosas, así visible como invisible; d.- En el nacimiento virginal de Jesús, que Jesús es el unigénito hijo de Dios, que murió en la cruz y resucitó al tercer día para perdón de pecados de todo el mundo por su sangre; e.- Que reconoce a la familia o matrimonio compuesta por un hombre y una mujer, que hayan nacido en esa condición como núcleo central de la sociedad; f.- Que la mujer es ayuda idónea, por lo tanto puede y debe ser parte del servicio religioso y colaborar con su esposo en la administración de la congregación; g.- Los infantes solo serán presentados ante la congregación, al cumplir los quince años, si lo deciden pueden ser bautizados por inmersión; h.- Y todos los demás principios de fe inspiradores de las sagradas escrituras, órganos de administración, sus atribuciones y número de miembros que lo componen. Directorio compuesto por cinco miembros, amplias facultades enumeradas en el Título IV el Directorio, de los estatutos, Existe un presidente, un vice presidente, un secretario, un Tesorero y un Director, cuyas facultades y nombramiento constan en las cláusulas del articulo décimo octavo al vigésimo noveno.- Santiago, 8 de abril de 2020.




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