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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1754933 2020


(CVE 1754933)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MINISTERIO INTERNACIONAL EVANGELÍSTICO EN CRISTO JESúS
(Extracto)
Eduardo Roco Campos, Notario Público titular, Santa Rosa 8850-C, La Granja, Certifico: que con fecha 27 de septiembre de 2019, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de constitución y aprobación de estatutos de la entidad religiosa de derecho público denominada Ministerio Internacional Evangelístico en Cristo Jesús, asignándole el Repertorio N° 594/2019, y escritura de complementación de los estatutos, de fecha 21 de enero de 2020, ante esta misma Notaría, asignándole Repertorio N° 045/2020. Nombre y domicilio entidad religiosa: Ministerio Internacional Evangelístico en Cristo Jesús, domiciliada en Pasaje Ingeniero Reinaldo Montt N°477, sitio 7, manzana B, Comuna de Maipú, Región Metropolitana, República de Chile, sin perjuicio de las demás filiales, templos o misiones que puedan establecerse en el país o en el extranjero. Inscrita en el Registro Público de Personas Jurídicas, Entidades Religiosas, del Ministerio de Justicia N° 5.100, de fecha 2 de octubre de 2019. Constituyentes: Presidente Obispo: Gabriel Antonio Gómez Riquelme; Vicepresidente: Daniel Antonio Gómez Riquelme; Secretario: Elías Nicolás Gómez Vidal; Tesorero: María Emilia Cáceres Caipichun; Director: José Luis Urra Cayunao; Director: Darío Portillo Palma; Director: Verónica Cecilia Vidal Arrepol; Gabriel Alejandro Gómez Vidal; Paulina de las Mercedes Gómez Huerta; José Manuel Villacorta León; Francisca Tamara Gálvez Careaga; Juan Vicente Trureo Aguayo; Margaret Celina Careaga Loncon; Camila Constanza Gálvez Careaga; Rosa Guirriman Aniñir; Myriam del Carmen Landeros Landeros; Ana Beatriz Lincofil Liempi; Noemí Betsabeth Gómez Vidal; María Luisa Gamboa Romo; Margarita Lucía Aninao Cayunao; Felipe Desiderio Urra Aninao; Francisco Javier Sepúlveda Vera. Elementos Esenciales, Fundamentos y Principios: Son Principios o Artículos de Fe del "Ministerio Internacional Evangelístico en Cristo Jesús", en adelante "Ministerio Evangelístico", los siguientes: A) Todas las citas bíblicas mencionadas en estos estatutos que han sido tomadas de la Santa Biblia, Reina Valera 1960, la cual hace parte integrante de estos en sus aspectos doctrinales y teológicos. Somos una Iglesia Cristiana y creemos en las siguientes doctrinas fundamentales: 1. Creemos que Dios es trino: Dios Padre, Dios Hijo y Dios Espíritu Santo (Génesis 1:26; Mateo: 16-17). B) El único Salvador y mediador entre Dios y los hombres es Jesucristo, quien sufrió en su cuerpo por nuestros pecados y por sus llagas fuimos nosotros curados, resucitó y está en el cielo a la diestra del Padre y que vendrá por segunda vez a juzgar a vivos y muertos (1° Timoteo 2:5; Isaías 53:4; Romanos 8:34; 2° Timoteo 4:1). C) Creemos en el Espíritu Santo como único Consolador (Romanos 8:10-11; Juan 14:26). D) Las Sagradas Escrituras son la única e infalible medio de consulta para el hombre de Dios y guían al devenir diario. Creemos en el estudio sistemático de la Palabra de Dios y reconocemos que necesitamos la iluminación del Espíritu Santo para entenderla correctamente. E) Que la Iglesia es la institución creada por Dios para hacer discípulos. F) Que la Iglesia del Señor Jesucristo está conformada por las iglesias locales de todo el mundo a través de la historia. G) Creemos y afirmamos que el evangelio bíblico es el mensaje perdurable de Dios a nuestro mundo y resolvemos defenderlo, vivirlo y proclamarlo. H) Creemos y afirmamos que Dios ha confiado a toda la Iglesia y a cada uno de sus miembros la tarea de dar a conocer a Cristo por el mundo. I) Creemos y afirmamos que los que proclaman el evangelio deben ejemplificarlo viviendo en santidad y amor, de otra manera nuestro testimonio carecerá de credibilidad. J) Creemos y afirmamos que Cristo vive, porque vivió y resucitó. Creemos en la resurrección de todos los muertos. Creemos en la segunda venida de Cristo y en la implantación eterna del reino de Dios para todos los redimidos. K) La Iglesia tiene por finalidad proclamar y difundir la palabra del Señor Jesucristo, como se encuentra en las Sagradas Escrituras, con el fin de que todos los seres humanos la conozcan y poniéndola en práctica, alcancen la vida eterna. L) Creemos en el matrimonio como una institución creada por Dios entre un hombre y una mujer (Él, respondió, les dijo: ¿No habéis leído que el que los hizo al principio, varón y hembra los hizo, y dijo: Por esto el hombre dejará padre y madre, y se unirá a su mujer, y los dos serán una sola carne? Así que, no son ya más dos, sino una sola carne; por tanto, lo que Dios juntó, no lo separe el hombre. Mateo Cap. 19, Vers. 4-6). El Ministerio tendrá como objeto: a) Predicar el Evangelio del Reino de Dios, según las enseñanzas de Jesucristo y con la dirección del Espíritu Santo, pudiendo utilizar para estos efectos templos, misiones, locales u otros lugares de predicación, públicos y privados, tanto en Chile como en el extranjero; b) Fundar y mantener establecimientos educacionales de enseñanzas pre-básica, básica, media y superior; y c) Efectuar toda clase de obras de extensión cultural, social y espiritual en beneficio de la comunidad en general. Para el cumplimiento de estos fines podrá publicar y difundir literatura cristiana, por escrito o empleando cualquier medio audiovisual. Órganos de administración, atribuciones y número miembros: En el ámbito administrativo, el Ministerio Internacional Evangelístico en Cristo Jesús, será regido por un Directorio compuesto por 7 miembros: Presidente, Vicepresidente, Secretario General, Tesorero y 3 Directores. Los directores prestarán sus servicios de forma gratuita y durarán 1 año en sus cargos, con excepción del Obispo. El Directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: Uno) Administrar los bienes de la Iglesia; Dos) Cumplir los acuerdos de las Conferencias Generales; Tres) Rendir cuenta por escrito ante la Conferencia General Ordinaria correspondiente, de la inversión de los fondos y de la marcha de la Iglesia durante el período en que ejerza sus funciones; además de lo establecido en conformidad a los Estatutos contenida en Párrafo Tercero. Corresponde al Obispo representar judicial y extrajudicial a la Iglesia, en conformidad a los Estatutos, contenida en Artículo 41 y siguientes del Párrafo Tercero.- Santiago, 13 de abril de 2020.




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