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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 2020


(CVE 1780206)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA PENTECOSTAL CAMINO A LA SALVACIÓN DE FONASA 5
(Extracto)
Enzo Emilio Repetto Lues, abogado, Notario Suplente de la titular de Valparaíso, doña María Ester Astorga Lagos, con oficio en calle Cochrane N° 830 y 836, de Valparaíso, certifico que con fecha 10 de mayo de 2019, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de Constitución de la "Iglesia Pentecostal Camino a la Salvación de Fonasa 5", con domicilio en calle Los Quillayes Parcela 45, sector Fonasa 5, Playa Ancha Valparaíso, en Repertorio N° 885-2019, y rectificada por escritura de fecha 6 de septiembre de 2019, en Repertorio N° 1699-2019, ambas de esta misma Notaria, inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia N° 5003, de fecha 25 de julio de 2019. b) Constituyentes: Víctor Ulloa Capurro, Astrid Díaz Delgado, Nancy Pérez Guzmán, Camila Silva Bravo, Nevenka Ulloa Díaz, Laura Rojas Reyes, Gabriel Hernández Plata, Walezcka Ulloa Díaz, Rose Ortiz Ceballos, Andrea Rodríguez Coloma, Jorge Reyes Soto, Cecilia Ulloa Capurro, Carmen Jeldes Cifuentes, Elsa Reyes Ulloa, Leslie Silva Pérez, Paola Silva Pérez, Elba Guzmán Palacios. Todos ellos mayores de edad. c) Elementos esenciales, fundamentos y principios: Las sagradas escrituras, ya que creemos que la Biblia es la palabra de Dios inspirada divinamente y la proclamación y difusión de ésta; La eterna trinidad, creencia de que Dios es trino, Padre, Hijo y Espíritu Santo; El plan de redención; La salvación por gracia; El arrepentimiento y aceptación de Dios; El nuevo nacimiento; Bautismo y cena del Señor; Bautismo del Espíritu Santo; Segunda venida de Cristo; Gobierno Civil; Juicio Final; El cielo; El infierno; Evangelismo; El diezmo y las ofrendas. d) Órganos de Administración: El Pastor, el Directorio y las Asambleas Generales. 1. El pastor tendrá las siguientes atribuciones y deberes: Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; Presidir las reuniones del Directorio y de las Asambleas Generales de miembros; Convocar a Asambleas Ordinarias o Extraordinarias cuando corresponda de acuerdo a los estatutos; Ejecutar los acuerdos del Directorio; Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general anual de actividades de la Iglesia; Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la Iglesia; Nombrar las comisiones de Trabajo que estime convenientes; Firmar la documentación propia de su cargo y aquellas en que deba representar a la Iglesia; Dar cuenta anualmente en las Asambleas Generales, de la marcha de la Iglesia y del estado financiero de la misma; Las demás atribuciones que determinen estos Estatutos y los reglamentos. 2. El Directorio es un órgano colegiado integrado por siete miembros activos, será presidido por el Pastor, y tendrá las siguientes atribuciones y deberes: Dirigir a la Iglesia y velar por que se cumplan sus Estatutos y las finalidades que la Iglesia persigue; Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; Citar a las Asambleas generales de miembros activos, tanto Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que señalan los estatutos; Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos grupos de trabajo que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de las Asambleas Generales; Cumplir los acuerdos de la Asamblea; Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha de la Iglesia en lo espiritual, como de la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros activos. 3. La Asamblea General es la primera autoridad de la Iglesia y representa al conjunto de sus integrantes. Se compone por la totalidad de los miembros de la Iglesia. Habrá Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. En la Asamblea General Ordinaria: Se presentará el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior y se procederá a las elecciones determinadas en los Estatutos, además, podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses sociales, a excepción de los que corresponden exclusivamente a las Asambleas Generales Extraordinarias. Corresponde exclusivamente a la Asamblea General Extraordinaria: De las reformas de los estatutos de la Iglesia; De la disolución de la Iglesia; De las reclamaciones presentadas en contra de los miembros del Directorio para hacer efectivas las responsabilidades que por ley o los Estatutos les correspondan; De las adquisiciones, hipotecas y rentas de los bienes de la Iglesia. Valparaíso, 27 de abril de 2020.




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